Autor: admin (Página 187 de 354)

La CIAIM lo dejo todo muy claro en sus Conclusiones del naufragio del Novo Jundiña.

Pocos héroes y muchos villanos.

Naufragio pesquero Novo Jundiña.

El mal encaminamiento de la Alerta de Socorro ralentizó el rescate.

Nuestro Grupo, considera como » factor contribuyente de riesgo para la seguridad de la Vida Humana en la Mar » el presunto mal encaminamiento de la Alerta de Socorro emitida desde el pesquero Novo Jundiña.

Fue Valentia Radio ( Irlanda ) quien recibió el Mayday, en 2.182 Khz a las 2100UTC/2200 hora española que lo transfirió a las 2206 hora española al CNCS de Madrid y este a su vez al CZCS de Finiesterre.

La mala práxis del mando del buque pesquero puso en riesgo a su tripulación.

Desde 2013, la Red de Estaciones Costeras, no mantiene escucha permanente en la frecuencia de socorro de 2.182 Khz ( sistema analógico/voz ) debiendo todos los buques en la mar, activar sus Alertas de Socorro en la Llamada Selectiva Digital, sistema que no fue utilizado por el Novo Jundiña.

El sistema analógico – ralentiza – el rescate mientras que el sistema digital – minimiza – los tiempos de respuesta al recibirse de forma inmediata en los Centros de Cormunicaciones Radiomarítimas ( Radio Costeras/CCR ).

Se confirma que la Alerta de Socorro no fue recibida en la costa gallega pero si en Irlanda con el consabido riesgo de la falta de propagación y dificultades de comunicación de la frecuencia de 2.182 Khz.

Urge la aplicación de medidas correctoras a través de la Comisión de Investigación de Siniestros Marítimos que está obligada a activar una Alerta Rápida al sector pesquero, administraciones marítimas, centros de formación, etc … advirtiendo del estricto cumplimiento del Reglamento de Radiocomunicaciones.

Nuestro Grupo, al amparo del Subcomite de Navegación, Radiocomunicaciones y Búsqueda y Salvamento de la Organización Marítima Internacional, hace pública la falta de familiarización de los buques de pesca y náutica de recreo tal y como se recoge en el Dictamen/2015 de la Comisión de Investigación de Siniestros Marítimos.

Nuevamente se demuestra la falta de familiarización del mando de un buque pesquero con la gestión del Sistema Mundial de Socorro.

Aun reconociendo el rigor profesional de la tripulación del Helicóptero de Salvamento, insta, a la Cooperativa de Armadores de Vigo, a que muestre su disconformidad con la eficacia del Sistema Mundial de Socorro a la vez que ruega exijan un esclarecimiento – sin demora – del encaminamiento de las comunicaciones del Novo Jundiña en aras a evitar males mayores en futuros siniestros marítimos.

Nuestras valoraciones, serán comunicadas a la Comisión de Investigación de Siniestros Marítimos ( CIAIM ) dada su obligación de cumplir con lo establecido en el Real Decreto que garantiza la elaboración de informes precisos acerca de las investigaciones de seguridad marítima, así como de propuestas de medidas correctoras en un plazo no superior a dos meses.

Puesto que SASEMAR y en su caso la Dirección General de la Marina Mercante, tienen el obligado cumplimiento de informar de inmediato y por vía telemática, a la Comisión Permanente de la CIAIM, de todos los accidentes e incidentes marítimos sujetos al ámbito de aplicación de este Real Decreto de los que tuviese conocimiento, bien directamente o a través de otras Administraciones públicas o como resultado del deber de informar a las autoridades marítimas que recae, en virtud de la normativa vigente, a los navieros, propietarios y capitanes de buques, urge la activación de un Criterio de Alta Prioridad para la correcta gestión de los Subsistemas y Métodos del Sistema Mundial de Socorro.

Habida cuenta de que desde el momento en que la Comisión de Investigación
( CIAIM ) es informada – de forma inmediata – de los informes de siniestros marítimos por parte de SASEMAR y DGMM está en condiciones de emitir una Alerta Rápida.

La Comisión de Investigación ( CIAIM ) Dentro de las causas a investigar, contempla, las acciones, omisiones, eventos o condiciones existentes o preexistentes o una combinación de todo ello, que conduce al accidente o incidente.

La investigación de un accidente o incidente marítimo es un proceso llevado a cabo con el propósito de prevenir los accidentes, el cual incluye la recopilación de información y su análisis, la adopción de conclusiones, así como la determinación de las circunstancias, las causas y los factores contribuyentes y, en su caso, la formulación de recomendaciones sobre seguridad.

Presuntos héroes con pies de barro.

Así estamos en Galicia.

Grupo de Expertos no Gubernamentales Sistema Mundial de Socorro

Nota de Prensa

Buque Toconao (pellets).

Criterios de alta prioridad

Guia EMSA sobre la Aplicación informática Europea Safe Sea Net (SSN) para dar cumplimiento a la Directiva Europea comunicación y difusión de información de seguridad marítima en los Estados Europeos..

Portugal, informó a España el día 8 de diciembre de la caída de containers a la Mar.

Informó porque lo exige la normativa internacional a través del Sistema SafeSeaNet ( SSN).

Ademas, hay constancia de interactuaciones posteriores los días 13 y 20 de diciembre.

Un buen ejemplo, es que el barco fue alejado el día 8 de diciembre del DST de Fisterre.

Hay constancia de que el 8 dic los Capitanes Marítimos de la Ribera del Mar recibieron el informe de Alerta/Emergencia desde SASEMAR Finisterre y no ordenaron, en calidad de Autoridades Marítimas locales a SASEMAR Finisterre que exigiese inmediatamente conocer contenido detallado mercancía contenedor así como el traslado del aviso de Emergencia inmediato de la emergencia marítima (perdía contenedores en el mar) a la Xunta de Galicia .( Gardacostas )

Sasemar, no difundió esa información a la Xunta para que esta pudiese planificar una toma de decisiones adecuada y valorar adecuadamente el riesgo para el medioambiente costero.

Tampoco lo hizo ni valoró SASEMAR porque no envió ningún medio marítimo o aéreo
para hacer un seguimiento de los contenedores a la deriva en la mar hacia la Costa Gallega ni del estado ni condiciones de seguridad marítima del buque Toconao.

Queda así constancia, de que la Administración Marítima del Gobierno (SASEMAR y la propia Dirección Gral. De la Marina Mercante), NO actuó con diligencia ni conforme a la normativa internacional contemplada y recogida en distintas directivas europeas (BOE) y el Protocolo de la Agencia Europea de Seguridad Marítima respecto a los procedimientos y actuaciones provocadas por containers y episodios contaminantes con productos nocivos.

Esta locura informativa y la manipulación política, flaco favor hacen al esclarecimiento de los hechos.

Justificación

  1. Incident reports related to ships has lost its cargo overboard (Article 17.1(d) of the VTMIS Directive) – Incident type LOST AND FOUND OBJECTS

This message reports the loss (by the ship which has lost cargo) or the observation (by another ship or observer) of e.g. drifting containers or packaged goods

. A coastal station holding such information shall notify it to SSN following the national procedure.

This incident report should be distributed to those Member States possibly
affected by the drifting items (e.g. expected drift, distance to shore, cargo inside, etc.).

It has to be noted that this Guidelines for exchanging Incident Reports through SSN
SSN-IR-Guidelines / Version: 2.2 / Date: 02-07-2020 Page 30 of 65 type of incident might be considered as a shipping safety related incident (as per section 1 of the Annex if a possible collision with the drifting objects is considered.

It could also be considered as an environmental issue if the lost/drifting object contains dangerous or polluting goods.

The Incident Report form that may be used is shown in Appendix 4.

En La Coruña a 15 de enero de 2024

Fdo

Antón Salgado/Luis Milian

Coordinadores

Presuntos héroes con pies de barro.

Así estamos en Galicia.

Grupo de Expertos no Gubernamentales Sistema Mundial de Socorro

Nota de Prensa

Buque Toconao (pellets).

Criterios de alta prioridad

Guia EMSA sobre la Aplicación informática Europea Safe Sea Net (SSN) para dar cumplimiento a la Directiva Europea comunicación y difusión de información de seguridad marítima en los Estados Europeos..

Portugal, informó a España el día 8 de diciembre de la caída de containers a la Mar.

Informó porque lo exige la normativa internacional a través del Sistema SafeSeaNet ( SSN).

Ademas, hay constancia de interactuaciones posteriores los días 13 y 20 de diciembre.

Un buen ejemplo, es que el barco fue alejado el día 8 de diciembre del DST de Fisterre.

Hay constancia de que el 8 dic los Capitanes Marítimos de la Ribera del Mar recibieron el informe de Alerta/Emergencia desde SASEMAR Finisterre y no ordenaron, en calidad de Autoridades Marítimas locales a SASEMAR Finisterre que exigiese inmediatamente conocer contenido detallado mercancía contenedor así como el traslado del aviso de Emergencia inmediato de la emergencia marítima (perdía contenedores en el mar) a la Xunta de Galicia .( Gardacostas )

Sasemar, no difundió esa información a la Xunta para que esta pudiese planificar una toma de decisiones adecuada y valorar adecuadamente el riesgo para el medioambiente costero.

Tampoco lo hizo ni valoró SASEMAR porque no envió ningún medio marítimo o aéreo
para hacer un seguimiento de los contenedores a la deriva en la mar hacia la Costa Gallega ni del estado ni condiciones de seguridad marítima del buque Toconao.

Queda así constancia, de que la Administración Marítima del Gobierno (SASEMAR y la propia Dirección Gral. De la Marina Mercante), NO actuó con diligencia ni conforme a la normativa internacional contemplada y recogida en distintas directivas europeas (BOE) y el Protocolo de la Agencia Europea de Seguridad Marítima respecto a los procedimientos y actuaciones provocadas por containers y episodios contaminantes con productos nocivos.

Esta locura informativa y la manipulación política, flaco favor hacen al esclarecimiento de los hechos.

Justificación

  1. Incident reports related to ships has lost its cargo overboard (Article 17.1(d) of the VTMIS Directive) – Incident type LOST AND FOUND OBJECTS

This message reports the loss (by the ship which has lost cargo) or the observation (by another ship or observer) of e.g. drifting containers or packaged goods

. A coastal station holding such information shall notify it to SSN following the national procedure.

This incident report should be distributed to those Member States possibly
affected by the drifting items (e.g. expected drift, distance to shore, cargo inside, etc.).

It has to be noted that this Guidelines for exchanging Incident Reports through SSN
SSN-IR-Guidelines / Version: 2.2 / Date: 02-07-2020 Page 30 of 65 type of incident might be considered as a shipping safety related incident (as per section 1 of the Annex if a possible collision with the drifting objects is considered.

It could also be considered as an environmental issue if the lost/drifting object contains dangerous or polluting goods.

The Incident Report form that may be used is shown in Appendix 4.

En La Coruña a 15 de enero de 2024

Fdo

Antón Salgado/Luis Milian

Coordinadores

La contaminación por pellets, en boca del Conselleiro do Mar de la Xunta de Galicia, ha llegado a las costas de Asturias y Cantabria.

Resulta altamente preocupante que el director general de la Marina Mercante, como autoridad competente, no haya comparecido en publico para explicar las distintas «situaciones» contempladas en el Plan Marítimo Nacional y el Plan Estatal de Protección de la Ribera (SNR).

El Sistema Nacional de Respuesta (SNR) deja en evidencia a todos aquellos que se han pronunciado respecto al episodio contaminante de productos nocivos.


 Resulta altamente preocupante que el director general de la Marina Mercante, como autoridad competente, no haya comparecido en publico para explicar las distintas «situaciones» contempladas en el Plan Marítimo Nacional y el Plan Estatal de Protección de la Ribera (SNR).


La evolución del episodio contaminante se encuentra en -situacion 3 –

JUSTIFICACION


Situación 3: se producirá cuando tenga lugar un episodio de contaminación marina de gran magnitud o peligrosidad, caracterizado por alguna de las siguientes circunstancias:


i) Que la contaminación afecte o pueda afectar a la costa de varias comunidades autónomas.


ii) Que la contaminación pueda afectar a las aguas o a la costa de Estados limítrofes.


iii) Que la contaminación se produzca en aguas bajo soberanía de los Estados limítrofes, pero que pueda poner en peligro, por su peligrosidad, extensión y proximidad geográfica, las aguas marítimas sobre las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, o las costas españolas.

iv) Que, estando en peligro la seguridad de personas y bienes, la emergencia sea declarada de interés nacional por el Ministro del Interior, según lo establecido en la Norma Básica de Protección Civil, aprobada por el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril.


En esta situación de emergencia se activarán el Plan Marítimo Nacional y el Plan Estatal de Protección de la Ribera del Mar contra la contaminación, además de los planes territoriales de las comunidades autónomas o de las ciudades de Ceuta y Melilla afectadas, así como, en su caso, los planes interiores marítimos y los planes locales correspondientes.


En La Coruña, 6 de enero de 2024


Fdo


Antón Salgado 

Héroes ?

Quién afirma disparate tal ?

Grandes profesionales son las tripulaciones de helicópteros y tripulaciones buques rescate.

Nada ni nadie más.

La CIAIM en sus Recomendaciones y Conclusiones desmiente lo manifestado.

Incidencias recientes.

Asuntos pellets.

Portugal dejó constancia de la mala praxis en la gestión del CZCS Fisterra y CNCS Madrid además de constatar «la vacilada y puenteo» a la Xunta de Galicia respecto a sus/las competencias territoriales dentro del Sistema Nacional de Respuesta/SNR.

Villa de Pitanxo.

Sasemar Galicia y Madrid, tienen las claves para «desenmascarar» a los auténticos responsables de la omisión del Socorro a los naufragos.

No se han manifestado.

Por el contrario CIAIM lo ha dejado bien claro.

Si hablamos del Senefand Uno o del Dinish etc…etc…nos encontramos en una situación contradictoria.

Jamás puede ser eficaz un salvamento con los protocolos actuales y consolidados.

Distintas Resoluciones del NCSR/Omi así lo demuestran.

Vergüenza ajena es lo que sentimos y manifestamos ante tan disparatada entrevista.

Presuntos héroes con pies de barro.

La Dirección General de la Marina Mercante concluye exitosamente el proceso de auditoría OMI.

Hoy culminó el proceso de auditoría de la Organización Marítima Internacional (OMI), un avance significativo para fortalecer la transparencia y promover la mejora continua en nuestra institución. Este proceso refuerza nuestro compromiso con la excelencia y la seguridad en la administración marítima.

Agradecemos profundamente a cada miembro del equipo y a todos los colaboradores por su dedicación y profesionalismo durante cada etapa de la auditoría. Este logro es resultado del esfuerzo colectivo y subraya nuestra misión de mantener altos estándares de operación en beneficio del sector marítimo y de todos los usuarios de nuestros servicios.

Fuente:marinamercante.gob

Lanzamiento de la Guía «Derechos de la Gente de Mar»: Un Recurso Fundamental para los Marinos Hondureños.

La Dirección General de la Marina Mercante celebró el pasado 29 de octubre el lanzamiento oficial de la guía «Derechos de la Gente de Mar», una herramienta fundamental para la protección y el conocimiento de los derechos de quienes desempeñan labores en el sector marítimo. El evento tuvo lugar en las instalaciones de la Marina Mercante, en Tegucigalpa, y contó con la presencia de representantes de distintas instituciones y sectores vinculados a la actividad marítima, reafirmando el compromiso de la Marina Mercante con el bienestar y la seguridad de la gente de mar.

Durante el evento, los asistentes pudieron conocer más sobre el contenido de la guía, que aborda temas clave para informar y empoderar a los trabajadores del mar en el ejercicio de sus derechos laborales y de seguridad. Esta publicación, fruto de la colaboración de varios departamentos de la Marina Mercante, se suma a las acciones para mejorar las condiciones laborales y fomentar el cumplimiento de los estándares internacionales en el sector.

Compartimos con ustedes algunas fotografías del evento, donde se puede apreciar el ambiente de compromiso y entusiasmo por el avance de los derechos en nuestra comunidad marítima.

Fuente:marinamercante.gob

Las fuertes mareas causan que un velero encalle en la playa de Antequera

Las fuertes mareas de estos días han jugado una mala pasada a un velero, que ha sido arrastrado hasta la playa de Antequera, en la zona de Anaga, tal como se ve en la fotografía de Alberto Valdivieso, captada ayer mismo por la tarde. Y es que no hay que fiarse lo más mínimo de las corrientes y el oleaje bravo de estas fechas por cuanto arrastran todo lo que encuentran a su paso, a falta de conocer si el barco encallado sufrió algún problema a bordo que lo dejó a merced de las mareas.

Se completan 100 auditorías bajo el marco del Plan de auditorías de los Estados Miembros de la OMI.

Cien de los 175 Estados Miembros de la OMI y tres Miembros Asociados han sido auditados ya en el marco del Plan de auditorías de los Estados Miembros de la OMI (IMSAS). El hito se alcanzó en marzo de 2023. Las auditorías siguen extendiéndose con 23 auditorías programadas para 2023 y 25 para 2024. Está previsto que el primer ciclo de auditorías concluya en 2025.

El Plan pasó a ser obligatorio en enero de 2016 y abarca una serie de importantes tratados de la OMI relativos a la seguridad, la protección marítima y la formación de la gente de mar. Las auditorías son coordinadas por la sección de Auditoría de los Estados Miembros del Departamento de auditoría de los Estados Miembros y apoyo a la implantación, en la Secretaría de la OMI. Los equipos de auditoría están formados por funcionarios cualificados, nombrados auditores por los Estados Miembros de la OMI, y por oficiales de auditoría de la Secretaría de la OMI, en caso necesario. Mediante la implantación del plan, la Auditoría de los Estados Miembros promueve la implantación y cumplimiento constante y eficaz de los instrumentos obligatorios de la OMI, lo que ayuda a los Estados Miembros a mejorar sus capacidades y el cumplimiento de las prescripciones de los instrumentos en los que son Parte.

Tatjana Krilic, Jefa interina del Departamento de auditoría de los Estados Miembros y apoyo a la implantación de la OMI, declaró: «Nos complace alcanzar este importante hito. Estamos agradecidos con los Estados Miembros por mostrar su compromiso con las auditorías, mediante la preparación de sus propias auditorías y el nombramiento de funcionarios cualificados y su disponibilidad para las auditorías de otros Estados Miembros».

Los resultados de las auditorías realizadas hasta la fecha han desempeñado un papel importante a la hora de identificar y abordar los ámbitos en los que los Estados Miembros pueden mejorar su características de funcionamiento. El proceso de auditoría permite a los Estados Miembros implantar las medidas correctoras identificadas por la auditoría. Además, las auditorías proporcionan información sobre las enseñanzas extraídas que pueden compartirse con todos los Estados Miembros, y el análisis de las auditorías permite a la OMI identificar áreas para futuras labores de reglamentación y asistencia técnica. El último compendio de informes resumidos de auditoría está disponible aquí.

La OMI sigue trabajando para mejorar aún más la administración del Plan basándose en la experiencia adquirida desde 2016. El Grupo de trabajo mixto sobre las auditorías de los Estados Miembros examina las cuestiones relacionadas con el Plan de auditorías y formula las observaciones al Consejo de la OMI. El Grupo de trabajo mixto sobre las auditorías de los Estados Miembros se reunirá en la sede de la OMI del 11 al 13 de octubre de 2023.

Más información sobre el Plan de auditorías de los Estados Miembros de la OMI aquí.

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