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De la noticia oficial a la alteración de una rutina convertida en «auxilio».
El remolcador «María Pita» permanece a su lado.
El buque pesquero Villa Nores, de la armadora Pesquerías Nores Marín, ha tenido que ser auxiliado en las últimas horas por problemas en el sistema de propulsión, previsiblemente, cuando se encontraba a escasas siete millas de las Cíes.
Con algo más de 66 metros de eslora –-es gemelo del Villa de Pitanxo, pero fue sometido a un alargamiento–, el remolcador María Pita permanece a su lado para realizar los trabajos de asistencia.
El Villa Nores tiene cuota para faenar fletán negro, gallineta, raya y locha en el caladero de NAFO. Se dirigía al muelle de Frigalsa, en Teis, cuando sufrió la avería.
Fuente:farodevigo.es
La gran mayoría de la carga que llevaba en cubierta el «Shang De Wu Yi Shan» acabó en el mar.
El carguero Shang De Wu Yi Shan, que navega bajo bandera de China, perdió la mayor parte de dos grandes grúas pórtico a 58 millas al noroeste de Cabo Ortegal (A Coruña).
El suceso se produjo sobre las 22.40 horas de este viernes cuando el buque se comunicó con Salvamento Marítimo para informar que sufriera un «corrimiento de carga».
De esta forma, Salvamento movilizó al remolcador Alonso de Chaves, que lo escoltó de manera preventiva, la lancha Salvamar Betelgeuse, y el Helimer 401.
La gran mayoría de la carga del buque acabó en el mar y sobre la cubierta «solo quedaban» algunos restos de las dos grandes grúas que zarparon el 1 de diciembre desde el puerto alemán de Bremen en dirección a Tailandia.
El Shang De Wu Yi Shan es un carguero diseñado especialmente para el transporte de grandes estructuras que puede cargar sobre su cubierta gracias a sumergir buena parte de su casco.
Fuente:farodevigo.es
Proveer información requerida….no ocultar información.
Estrecho
Recurrentes abordajes.
La Prensa publica y difunde los comunicados espurios del ministerio de Transportes.
Los Informes Contradictorios de nuestro Grupo han sido silenciados.
Algún día, Dios no lo quiera, tendremos un nuevo episodio contaminante.
Los que avisan…
Maersk Denver, mercante con bandera de EE.UU. al que, según la Comisión Marítima Federal estadounidense, España le negó el atraque en puerto por protestas activistas que alegaban que transportaba armas para Israel.
Al menos tres mercantes estadounidenses han sido privados de «los privilegios de atraque» en puertos españoles alegando que transportaban suministros militares a Israel.
La Comisión Federal Marítima de EE. UU. (FMC) ha abierto una investigación sobre «posibles condiciones desfavorables para la navegación en España» después la denegación de entrada en sus puertos a al menos tres buques estadounidenses por protestas de activistas que alegaban que transportaban suministros militares a Israel. La comisión señaló en un comunicado que ha recibido informes de que el Gobierno de España incide en el comercio exterior de los Estados Unidos al prohibir acceder a sus muelles a determinados buques.
En mayo, el ministro español de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, dijo que la política del Gobierno de España será rechazar cualquier barco que lleve armas a Israel y quiera hacer escala en un puerto español. De acuerdo con la investigación, España negó «los privilegios de atraque al Maersk Denver a principios de noviembre» y el buque se tuvo que desviar a Marruecos. Junto con la información de este hecho, la FMC añadió un enlace a un artículo del The Maritime Executive que indica que la razón del desvío a Marruecos fue «protestas de activistas en España que alegaban que el buque transportaba suministros militares a Israel».
Otro incidente que estudia la comisión es el de un buque al que se le habría «negado los privilegios de atraque en mayo». Con respecto al mercante Marianne Danica, que fue desviado en primavera, el comunicado comparte un artículo de The Guardian que señala las declaraciones de Albares como la razón por la que se le negó el permiso al buque. «En esta etapa inicial de la investigación, la Comisión se centrará en proporcionar una vía para que las partes interesadas, incluido el Gobierno de España y los transportistas comunes a los que se les ha negado la entrada a los puertos españoles, proporcionen información, perspectivas y soluciones propuestas», según el comunicado.
Fuente:lavozdegalicia.es
El servicio de trafico de buques (VTS) es una ayuda a la navegación muy útil en las zonas con gran densidad de tráfico marítimo que contribuye a mejorar la seguridad de éste, así como a proteger el medio ambiente marino. Se basa en una red más o menos amplia de radares, junto con la información tan completa como sea posible sobre la zona (carta electrónica, datos meteorológicos y oceanográficos, características y condiciones en que se encuentran los buques objeto de seguimiento, etc.) y las comunicaciones por voz.
Servicios VTS
Los Servicios de Tráfico Marítimo (VTS) son el producto de señales emitidas por el VTS. Pueden ser dirigidos a buques individuales, a contribuir al proceso de navegación del barco o al tráfico general para organizar el tráfico “prevenir el desarrollo de situaciones peligrosas y permitir el uso de las rutas de navegación”.
Pueden ser proporcionados los siguientes servicios de VTS:
Cooperación de los servicios adjuntos y adyacentes al VTS: Para integrar los efectos de VTS y coordinar la información para recoger, evaluar y distribuir datos.
En relación con los tipos de servicio que ofrecen, debe distinguirse entre los VTS Portuarios , destinados al tráfico que entra y sale de un puerto o instalación portuaria, y los VTS Costeros , destinados al tráfico que pasa por la zona. Los primeros es habitual que cuenten con los cuatro servicios mencionados, o al menos dos de ellos, y los segundos únicamente suelen disponer del servicio de información.
Para todos estos servicios es de gran utilidad la incorporación de los dispositivos ‘Sistemas de Identificación Automática’ (AIS) obligatorio por regulación OMI para todos los buques de más de 300 Tns. de desplazamiento que han debido ser instalados a bordo entre julio del 2002 y el año 2008.
Determinando la necesidad de un sistema VTS
Los principales elementos esenciales de información para la toma de decisiones sobre la necesidad de establecer un sistema VTS o para la revisión de uno existente, pudieran ser:
Para decidir si aplica o no un VTS hay principalmente dos cuestiones fundamentales que deben abordarse por una autoridad competente. Estos son:
Beneficios de un VTS
El propósito de VTS es mejorar la seguridad marítima y la eficiencia de la navegación, la seguridad de la vida en el mar y la protección del medio marino y / o la zona costera adyacente, lugares de trabajo y las instalaciones mar adentro de los posibles efectos adversos del tráfico marítimo en un determinado área. El VTS también juega un papel importante en materia de seguridad.
Los beneficios de implementar un VTS son que permite la identificación y seguimiento de los buques, la planificación estratégica de los movimientos de los buques y suministro de información de navegación y de asistencia a la navegación. Se puede ayudar a reducir el riesgo de contaminación y, en caso de producirse, la coordinación de la lucha contra la contaminación.
Un sistema VTS generalmente es apropiado en áreas que presenten las siguientes características:
Operadores VTS
La persona clave en cualquier operación de VTS es su operador, quien es responsable de establecer y mantener un control de la situación del tráfico marítimo en su área de responsabilidad.
La descripción del trabajo para el operador del VTS debe incluir los fines y objetivos de las actividades operacionales llevadas a cabo por el operador, las tareas y responsabilidades que conlleva, junto con las habilidades y conocimientos necesarios para llevar a cabo el trabajo de manera eficiente y eficaz.
Algunas de las actividades actividades llevadas a cabo por un operador de VTS son:
VTS y SOLAS
Los servicios de Tráfico Marítimo no fueron referidos específicamente en la Convención Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS) de 1974, pero en junio de 1997 el Comité de Seguridad Marítima de la OMI aprobó una nueva regulación del capítulo V (Seguridad de la navegación), que establece cuando un sistema de VTS puede ser implementado.
En Diciembre del 2000 fue revisado y adoptado el capitulo V del SOLAS sobre seguridad en la Navegación y el cual entro en vigor el 01 de Julio del 2002. La regla 12 establece:
1. Los servicios de tráfico de buques (VTS) contribuyen a la seguridad de la vida humana en el mar, la seguridad y eficiencia de la navegación y a la protección del medio marino, las zonas costeras adyacentes, los sitios de trabajo y las instalaciones en alta mar de los posibles efectos adversos del tráfico marítimo.
2. Los Gobiernos Contratantes se comprometen a garantizar la disponibilidad de los servicios de VTS, donde, en su opinión, el volumen de tráfico o el grado de riesgo justifique dichos servicios.
3. Los Gobiernos Contratantes que planificación e implementen servicios de VTS, deberán, siempre que sea posible, seguir las directrices elaboradas por la Organización. El uso de VTS sólo podrán ser obligatorios en las zonas marítimas en las aguas territoriales de un Estado ribereño.
4. Los Gobiernos Contratantes se esforzarán por asegurar la participación y el cumplimiento con las disposiciones de los servicios de tráfico marítimo de buques con derecho a enarbolar su pabellón.
5. Ninguna disposición del presente reglamento o las directrices aprobadas por la Organización perjudicara los derechos y deberes de los gobiernos en virtud del derecho internacional o de los regímenes jurídicos de los estrechos utilizados para la navegación internacional y las vías marítimas archipelágicas.
2 respuestas to “Servicio de Traffico de Buques (VTS)”
Nos presentamos, Marítima Alisea es una empresa Consignataria y Armador de buques que dispone de una amplia experiencia en los servicios de transporte marítimo.
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Saludos.
Somos Maritima Alisea, cubrimos el transporte marítimo de toda la península y Canarias. Estrenamos nueva web y queremos invitaros a que la descubráis:
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Un saludo!
Fuente:marygerencia.com
Estado o Estados responsables de la investigación sobre seguridad marítima: El Estado de abanderamiento o, donde proceda, el Estado o Estados que acuerdan mutuamente responsabilizarse de la realización de la investigación sobre seguridad marítima, de conformidad con el Código OMI para la investigación de accidentes e incidentes marítimos.
Este artículo explora los aspectos clave de las investigaciones de siniestros marítimos, destacando su importancia en la prevención de futuros accidentes y la mejora continua de la seguridad en el mar.
¿POR QUÉ INVESTIGAR LOS SINIESTROS MARÍTIMOS?
Las investigaciones de siniestros marítimos son fundamentales para comprender las causas subyacentes de los accidentes y, en última instancia, prevenir su recurrencia. A través de un análisis exhaustivo de las pruebas y testimonios, se pueden identificar factores como errores humanos, fallas técnicas, condiciones climáticas adversas o deficiencias en los procedimientos de seguridad.
Objetivo Principal: La investigación de siniestros marítimos tiene como objetivo principal identificar las causas de los accidentes y establecer medidas correctivas para evitar su repetición. Esto no solo contribuye a la seguridad de la navegación, sino que también protege el medio ambiente marino de posibles contaminaciones o daños.
RESPONSABILIDAD DE LOS ESTADOS
La norma internacional establece que los Estados de abanderamiento tienen la responsabilidad y obligación de investigar de manera exhaustiva, imparcial y efectiva los siniestros que involucran a los buques que enarbolan su bandera, siguiendo los estándares internacionales establecidos por la OMI. Esta responsabilidad es crucial para identificar las causas del accidente y prevenir futuros incidentes similares.
Dicha norma también establece una responsabilidad clara del Estado de abanderamiento con respecto a su obligación de investigar los siniestros que involucren a los buques que enarbolan su bandera, debiendo ejercer su jurisdiccion, con independencia de la zona marítima en la que se encuentre el buque navegando.
Es importante señalar que las diferencias en los derechos y obligaciones de los Estados de las distintas zonas marítimas no cambian las obligaciones de los Estados de abanderamiento de implantar a bordo de sus buques medidas de seguridad y medidas para prevenir, reducir y controlar la contaminación. Esto establece un marco jurídico claro sobre quién tiene la jurisdicción primaria en función del pabellón del buque.
Los instrumentos de la OMI ayudan a los estados de abanderamiento a cumplir con sus obligaciones actuando conforme a las «reglas y estándares internacionales aplicables, entre ellos se mencionan algunos de los relevantes:
Tambien es importante recordar, que la existencia de zonas marítimas referidas tanto en la CONVEMAR como en la Ley Organica de los Espacios Acuaticos (LOEA), revisten una gran importancia a la hora de determinar la jurisdicción de un Estado ribereño sobre buques extranjeros. En este sentido, las disposiciones generales sobre organización del tráfico marítimo de la OMI deberían interpretarse a la luz de las correspondientes disposiciones de los documentos antes referidos, asi como tambien de las directrices y recomendaciones proporcionadas por la OMI para ayudar a los Estados ribereños a cumplir con sus obligaciones.
Por otra parte, en lo relativo a las responsabilidades de los Estados rectores del puerto tienen la responsabilidad de inspeccionar los buques que llegan a sus puertos para asegurar que cumplen con las normas internacionales de seguridad y protección del medio marino. La OMI establece procedimientos para la inspección de buques y la aplicación de sanciones en caso de incumplimiento de las normas, especificamente la resolucion A.1185(33) Proyecto de procedimientos para la supervisión por el Estado rector del puerto, 2023 es el documento mas relevante.
La condición jurídica de las distintas zonas marítimas también se ha tenido en cuenta en los convenios de la OMI que establecen un régimen de responsabilidad civil e indemnización en los casos de contaminación (Convenio de Responsabilidad Civil 1992, Convenio del Fondo de 1992, Protocolo de 2003 relativo al Fondo Complementario, Convenio SNP de 1996 y Protocolo SNP de 2010, Convenio sobre el Combustible de los Buques, 2001, y Convenio de Nairobi sobre la Remoción de Restos de Naufragio, 2007). En estos convenios, el derecho de los Estados Partes a presentar reclamaciones por daños debidos a contaminación depende del lugar en que se hayan producido estos daños, a saber: en su territorio, el mar territorial o la ZEE.
Mas allá de las claras responsabilidades de los estados especificadas en el punto anterior existen varios mecanismos que garantizan la cooperación internacional en la investigación de accidentes marítimos. A continuación se detallan algunos de ellos:
Convenios de la OMI: La OMI ha desarrollado varios convenios y directrices que regulan la investigación de siniestros marítimos. Estos documentos establecen procedimientos claros que los Estados deben seguir al llevar a cabo una investigación, asegurando que se recojan todos los datos relevantes y se analicen adecuadamente. A continuación se presenta una breve descripción de algunos de ellos:
5. Resoluciones relevantes de la OMI: La OMI ha adoptado algunas resoluciones que son fundamentales para la investigación de siniestros:
También, tanto la CONVEMAR como algunas otras directrices de la OMI hacen referencia a la importancia de los grabadores de datos de viaje (VDR) en las investigaciones de siniestros. Dichas resoluciones establecen estándares de rendimiento y directrices para la recuperación de datos de estos dispositivos, lo cual es crucial para la recopilación de evidencia durante las investigaciones.
Todos los documentos referidos representan un recurso esencial para las administraciones marítimas, ya que establecen un marco claro para la investigación de siniestros. La implementación de estas normativas no solo ayuda a mejorar la seguridad marítima, sino que también contribuye a la protección del medio ambiente marino. Las administraciones deben asegurarse de que sus procedimientos de investigación estén alineados con las directrices de la OMI para fomentar una mayor uniformidad y eficacia en la gestión de siniestros marítimos.
Colaboración Internacional: La investigación de siniestros marítimos a menudo requiere la cooperación entre diferentes Estados y organizaciones. La OMI fomenta la cooperación entre diferentes Estados en la investigación de siniestros. Esto es especialmente importante en casos donde el accidente involucra a buques de diferentes pabellones o afecta a aguas de varios Estados. La colaboración permite compartir información y recursos, lo que mejora la calidad de las investigaciones.
RECOMENDACIONES Y MEJORA CONTINUA
Recomendaciones de Seguridad: Tras la investigación de un siniestro, se espera que los Estados emitan recomendaciones de seguridad basadas en los hallazgos. Estas recomendaciones son fundamentales para mejorar las prácticas operativas y las normativas existentes, contribuyendo así a una navegación más segura.
Seguimiento de las Recomendaciones: Es importante que los Estados no solo emitan recomendaciones, sino que también implementen medidas para dar seguimiento a estas. La OMI supervisa el cumplimiento de estas recomendaciones y promueve la mejora continua en la seguridad de la navegación.
Intercambio de Información: Los Estados deben compartir los resultados de sus investigaciones y las lecciones aprendidas con otros Estados y con la OMI. Este intercambio de información es crucial para la mejora continua de las normas de seguridad marítima y para prevenir futuros incidentes.
Implementación de Medidas: Los Estados deben no solo realizar investigaciones y emitir recomendaciones, sino también implementar medidas para dar seguimiento a estas recomendaciones.
Supervisión por la OMI: La OMI supervisa el cumplimiento de las recomendaciones emitidas por los Estados tras las investigaciones. Esto asegura que las medidas correctivas se implementen de manera efectiva y que se promueva la mejora continua en la seguridad de la navegación.
CONCLUSIONES GENERALES
La investigación de siniestros marítimos es un componente vital para garantizar la seguridad en la navegación y la protección del medio ambiente marino. A partir de los análisis realizados, se pueden sintetizar las siguientes observaciones clave:
En conclusión, el fortalecimiento de las capacidades investigativas y normativas a nivel internacional es esencial para mejorar continuamente la seguridad marítima y proteger el medio ambiente marino. La colaboración efectiva entre naciones, junto con un marco regulatorio robusto proporcionado por la OMI, es clave para abordar los desafíos actuales y futuros en el ámbito marítimo.
Fuente:marygerencia.com
El ‘Shang De Wu Yi Shan’, fondeado en la ría de Ares, con las dos grandes grúas destrozadas
Salvamento Marítimo recibió una llamada de socorro por parte del Shang De Wu Yi Shan, un barco chino que viaja desde Alemania a Tailandia con dos grúas pórtico destinadas a mover contenedores, cuando navegaba frente a las costas gallegas en la pasada noche del viernes al sábado. Inmediatamente, el servicio de rescate envío a dos embarcaciones a la zona: el remolcador Alonso de Chaves y a la Salvamar Betelgeuse.
La Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (Sasemar) explica a El Debate que «prácticos ya ha fondeado el buque» en la ría de Ares, en La Coruña (una zona en la que se refugian los barcos en caso de temporal), para la «inspección del caso». Por el momento se conoce que las dos grandes estructuras que llevaba a bordo han quedado completamente destrozadas.
Estado en el que quedaron las grúas del Shang De Wu Yi Shan
«Nuestro remolcador Alonso de Chaves lo escoltó de manera preventiva, sin que al final hiciera falta su intervención, ya que llegó por sus propios medios sin problema y la Salvamar Betelgeuse colabora en labores de inspección de la Capitanía Marítima», detalla Salvamento.
Sasemar también señala que «el buque solicitó abrigo durante el temporal tras informar que había sufrido un corrimiento de carga, sin especificar más». Ahora se encuentra fondeado en Ares, donde se realizan las labores de inspección para determinar lo ocurrido.
El Shang De Wu Yi Shan partió hace unos días de Bremen, en Alemania, con rumbo a Tailandia con una carga de dos grandes grúas pórtico que sirven para mover contenedores.
Fuente:eldebate.com
Control de Tráfico Marítimo/VTS
Competencias y Responsabilidades
Informar, servicio de asistencia a la navegación y ordenacion del tráfico marítimo.