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Grupo de expertos no gubernamentales del sistema mundial de socorro

Obvian el Tráfico de Socorro.

Obvian el Mayday Relay Selectivo.

Obvian la Llama a Grupos.

Obvian la ralentización del rescate consecuencias de las escuchas cerradas de los «presuntos salvadores».

Obvian la denegación de auxilio y omisión del Socorro.

Obvian el «pretendido» protocolo de embarres recomendado en 2010 por CIAIM.

Todo ello significa que por bien que lo haga la Ciaim poco o nada se puede mejorar si administradores y administrados pasan de todo.

Justificación

«Ciaim»

Sus Informes Transversales, Recomendaciones y Conclusiones : matrícula de Honor»

El que manifieste lo contrario, poco o nada entiende de esto.

Ciaim : nuestro incondicional apoyo.

Villa de Pitanxo.

Este Grupo exigio – sin demora- una explicación pública al Ministro de Transportes ante el flagrante incumplimiento de la custodia del Informe Final de la investigación del Villa de Pitanxo.

El Informe Final – se infiere- fue entregado a las partes interesadas para que en el plazo de 30 días presentaran sus oportunas observaciones al objeto de una posible revisión del Informe.

El Código de Prácticas Recomendadas para la Investigación de Siniestros Marítimos, publicado en el BOE, exige confidencialidad y prohíbe taxativamente su publicación y/o difusión.

Lejos de acatar lo obvio, no solo se ha dado difusión sino también «fuego cruzado» de valoraciones, conclusiones y descalificaciones que distan mucho de las Resoluciones del Organización Internacional del Trabajo (OIT) en lo que respecta al trato justo a la gente Mar.

Por otra parte, conviene recordar que el Informe Transversal de la Ciaim del año 2014, en su Estudio y Recomendaciones sobre la estabilidad, embarres y faenar en/con condiciones meteorológicas adversas, exime del término «negligencia» a los mandos de los buques pesqueros, en todo momento, habla de precauciones y responsabilidades ante vidas y bienes.

Por el contrario, en el Informe del Sistema Mundial de Socorro (GMDSS) si recoge los términos – negligencia y mala praxis- recomendando sanciones ejemplares para los infractores.

El Informe Final de de los Peritos Judiciales, deja en una indefensión absoluta al mando del buque pesquero que realizó un abandono de buque «de manual» tal y como se comprueba en los registros electrónicos del GMDSS.

Voces, aparentemente expertas, cuestionan la metodología utilizada en este abandono de buque, olvidando las condiciones meteorológicas adversas, escora, bloqueo emocional etc.

Cuestionan también «la soledad «de una las balsas, sin supervivientes y el desgarro presentado en la de los tres supervivientes.

Este Grupo, está en condiciones de demostrar, por otros naufragios, que el campo de antenas de la magistral, con la escora, pudo dañar las balsas y barrer de su interior a los náufragos.

Cúmplase el ordenamiento juridico, juzguese al Patrón con plenas garantías y apliquense las sanciones ejemplares oportunas a los 9 barcos que mantuvieron las escuchas de Socorro cerradas incurriendo en denegación de auxilio a los náufragos del Pitanxo.

«Ciaim»

Sus Informes Transversales, Recomendaciones y Conclusiones : matrícula de Honor.

El que manifieste lo contrario, poco o nada entiende de esto.

Villa de Pitanxo

«No es vinculante»

Eso leemos en los medios tras la rueda de prensa de la parte denunciante.

Es decir, las Recomendaciones y Conclusiones «preceptivas» dentro del Ordenamiento Jurídico, no interesan a una de las partes.

Razones ?

Que investigaron los dos peritos judiciales a bordo del Artabro ,?

Evidentemente, el fondo marino y el pecio.

Mientras que la CIAIM extraerá conclusiones globales donde queda demostrada la impecable actuación del Patrón en la activación del Distress Alert y el abandono de buque, los peritos judiciales «solo» extraen valoraciones «probables» del comportamiento del Patrón.

Con un añadido.

Tomando como referencia los naufragios de los pesqueros Dorneda y Arosa y las conclusiones CIAIM, haciendo una comparativa con las imágenes de los vídeos del buque Artabro, nos encontraremos con las coincidencias exactas que conducen al esclarecimiento del naufragio.

El Pitanxo se «apopo» sin riesgo de inundación.

Al meterse de popa, sin riesgo, el tren de olas inundó la sala de máquinas por el guardacalor y el pesquero se hundió.

No hay más.

Una cosa es el juzgado y otra muy diferente lo legalmente establecido y además contemplado en los informes transversales publicados por CIAIM en su

informe provisional.

VILLA DE PITANXO: Comisión de Investigación (CIAIM)

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Sabemos que la CIAIM (Comisión de Investigación de Accidentes e Incidente Marítimos) no entra en el caso actual, salvo para obtener conclusiones y enseñanzas que permitan reducir el riesgo de accidentes marítimos futuros.
Trata de establecer las causas y circunstancias que directa o indirectamente hayan podido influir en el accidente y en su caso efectuará las recomendaciones de seguridad que crean oportunas, pero no puede ni debe de prejuzgar en ningún caso la decisión que pueda recaer en vía judicial ni persigue evaluación de responsabilidades ni puede determinar culpabilidades.

Si sumamos a ello que para emitir su informe final intervienen representantes de Colegios Oficiales de Marinos, Ingenieros Navales, AETINAPE , Sindicatos, etc. que podrían ser «juez y parte» podemos afirmar que sirve de poco lo que hayan observado con el «robotito» enviado al fondo a fotografiar al Villa de Pitanxo.
Es evidente que la tripulación no estaba preparada adecuadamente para la emergencia a pesar de estar en posesión de los títulos y Certificados requeridos por la normativa legal dado, que afirman no haber ejecutado ejercicios de emergencia tras la salida del buque de Vigo (El Convenio Internacional de Pesca de Torremolinos lo obliga).
No se asignaron los trajes de inmersión al inicio de la campaña o del viaje-Las tallas necesitan ajustarse a cada persona para resultar efectivos y según la versión del superviviente que no portaba traje de supervivencia, ante la duda se fue directo al Puente del buque, sin traje de inmersión alguno.

Sabemos que la CIAIM (Comisión de Investigación de Accidentes e Incidente Marítimos) no entra en el caso actual, salvo para obtener conclusiones y enseñanzas que permitan reducir el riesgo de accidentes marítimos futuros.
Trata de establecer las causas y circunstancias que directa o indirectamente hayan podido influir en el accidente y en su caso efectuará las recomendaciones de seguridad que crean oportunas, pero no puede ni debe de prejuzgar en ningún caso la decisión que pueda recaer en vía judicial ni persigue evaluación de responsabilidades ni puede determinar culpabilidades.

Si sumamos a ello que para emitir su informe final intervienen representantes de Colegios Oficiales de Marinos, Ingenieros Navales, AETINAPE , Sindicatos, etc. que podrían ser «juez y parte» podemos afirmar que sirve de poco lo que hayan observado con el «robotito» enviado al fondo a fotografiar al Villa de Pitanxo.
Es evidente que la tripulación no estaba preparada adecuadamente para la emergencia a pesar de estar en posesión de los títulos y Certificados requeridos por la normativa legal dado, que afirman no haber ejecutado ejercicios de emergencia tras la salida del buque de Vigo (El Convenio Internacional de Pesca de Torremolinos lo obliga).
No se asignaron los trajes de inmersión al inicio de la campaña o del viaje-Las tallas necesitan ajustarse a cada persona para resultar efectivos y según la versión del superviviente que no portaba traje de supervivencia, ante la duda se fue directo al Puente del buque, sin traje de inmersión alguno.

 El «robotito» enviado a fotografiar al pecio hundido, tiene muy difícil aportar información completa que afecta a la seguridad y que contribuyó al accidente, como por ejemplo:
a) Puertas interiores que comunican espacios en sala de Máquinas (si estaban estancos o no así como en el parque de pesca y de este con entrepuente, estado de las falucheras (desagües de Cubierta, abiertas, cerradas ) etc.
b) Condición de calados del buque (si estaba o no sobrecalado).
c) No dispararse las alarmas y las alertas de alto nivel de agua.

 Posiblemente, existan eventos que afectan a la seguridad del buque que pudieron o no contribuir o ser causa del accidente, como son las posibles discrepancias en los planos, aprobación del proyecto con planos discordantes, dado que el Villa de Pitanxo es exactamente el mismo buque que el Monte Galiñeiro (hundido en la misma zona en el año 2009 y si existieron errores de construcción que afectaban a la seguridad del buque) y desconocemos hasta qué punto de existir, han contribuido al accidente en el Villa de Pitanxo.

 Las recomendaciones dadas en su día por la CIAIM no nos resultaron satisfactorias ni efectivas, dado que, de haberlo hecho bien, el Villa de Pitanxo no estaría hundido y de estarlo sabríamos con exactitud lo acontecido.
De haber ejecutado un ejercicio de Contra Incendios y Abandono de buque previo al despacho del Puerto de Vigo, sabríamos que la tripulación conocía su puesto y portaba el equipo adecuado propio durante la emergencia previa al hundimiento.

De haber implementado el VDR (Caja Negra) tendríamos los datos exactos de la maquinaria y equipos operativos actuando en el buque durante las horas previas, durante y tras el hundimiento y las conversaciones Puente /Máquinas que permiten saber con exactitud lo acontecido. Asimismo, nos mantendría informados emitiendo una señal durante varios días de la posición exacta del equipo protegido del VDR (Caja Negra) que garantiza en caso de hundimiento que será localizado sin dificultad.

Por lo tanto, además de ser un error de la CIAIM (Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos) no haberlo contemplado, es razón suficiente para solicitar la destitución fulminante de los altos Cargos de la Dirección General de Pesca y Marina Mercante, que ocupan plaza en el momento de los hechos.
Es fácil culpar al Capitán/Patrón Sr. Padín del suceso por parte del otro superviviente, que con su sobrino son los únicos que se han salvado, pero existen varias razones tanto por el mal estado de las balsas salvavidas, como por el modo en que el buque ha escorado y hundido como para creer que es muy precipitado culpar al Sr. Padín sin contemplar los demás eventos que rodean al accidente y que con imparcialidad y alejados del sentimentalismo que generan las víctimas, se debe de observar para poder ser justos tanto con el Patrón del buque, como con los demás implicados (Armador, Autoridad Marítima y DGMM así como con las víctimas y supervivientes del accidente).

Fuente:21noticias.com

Marinos mercantes recurren los nombramientos de la comisión que investiga los siniestros marítimos

El colegio profesional pone en tela de juicio la falta de independencia del organismo.

El Colegio de Oficiales de la Marina Mercante (Comme) ha presentado un recurso de reposición contra la decisión del Ministerio de Transportes de nombrar como miembros de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (Ciaim) a personas que dependen laboralmente de una naviera que, además, ha protagonizado varios siniestros que han sido objeto de investigación por accidentes.

Esto, a decir del colegio profesional, pone en tela de juicio la falta de independencia del organismo, que se renovó el pasado mes de enero. 

Independencia

Los marinos mercantes resaltan «la importancia de que comisiones de este tipo estén formadas por profesionales con suficiente conocimiento en la materia y sin ningún tipo de dependencia laboral». Apuestan, asimismo, por que estén formadas por «profesionales con independencia total, tal y como indica la normativa europea y española».

Según explican, han recibido respuesta del Ministerio de Transporte, Agenda Urbana y Movilidad, al que está adscrito la Ciaim. Una contestación que les ha sorprendido: «El ministro nombra a los miembros de esta comisión de forma discrecional», les señalan desde el ministerio.

Con esto se admite que «no se tienen en cuenta el currículo ni la experiencia profesional, sino que el criterio es puramente personal por parte del propio ministro», asegura el presidente del Comme, que ha trasladado la contestación tanto a la UE y a la EMSA (Agencia Europea de Seguridad Marítima) para que verifique la legalidad del nombramiento.

También lamentan que el Gobierno no haya tratado siquiera de respetar la paridad, pues «habiendo una candidata elegible, y muchas mujeres con conocimiento y experiencia en el sector, se ha nombrado de forma discrecional a un inspector de una empresa naviera».

Fuente:lavozdegalicia.es

«Numerus clausus»

En la tramitación de este real decreto se ha dado audiencia a los agentes sociales tales como el Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos (COIN) y el Colegio Oficial de la Marina Mercante (COMME).
Real Decreto 800/2011, de 10 de junio, por el que se regula la investigación de los accidentes e incidentes marítimos y la Comisión permanente de investigación de accidentes e incidentes marítimos.
Publicado en:
La Comisión permanente de investigación de accidentes e incidentes marítimos se halla regulada por el Real Decreto 862/2008, de 23 de mayo, por el que se regula la investigación de los accidentes e incidentes marítimos y la Comisión permanente de investigación de accidentes e incidentes marítimos.

La Directiva 2009/18/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, por la que se establecen los principios fundamentales que rigen la investigación de accidentes en el sector del transporte marítimo y se modifican las Directivas 1999/35/CE del Consejo, de 29 de abril de 1999, sobre un régimen de reconocimientos obligatorio para garantizar la seguridad en la explotación de servicios regulares de transbordadores de carga rodada y naves de pasaje de gran velocidad y 2002/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2002, relativa al establecimiento de un sistema comunitario de seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo,introduce una serie de cambios, en particular, referentes a la independencia de la Comisión y a la colaboración y asistencia mutua entre Estados miembros en las actividades de investigación, que suponen una importante modificación del régimen jurídico de la Comisión.

A fin de proceder a una adecuada transposición de la norma comunitaria, ésta se hace a través de dos instrumentos normativos, uno de rango formal de ley, incluyendo preceptos de la Directiva en la Ley 33/2010, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios en los puertos de interés general.

Los demás aspectos de la Directiva se transponen en este real decreto que pretende dotar de más agilidad a la Comisión y mayor rigor en su funcionamiento, toda vez que la entrada en vigor de la regla 6 del Capítulo XI-1 del anexo del Convenio Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (SOLAS, 1974/1978) ha provocado un cambio importante en cuanto a que lo que era una mera recomendación ha pasado a ser de obligado cumplimiento, y en consecuencia, cada Administración investigará los siniestros y sucesos marítimos de conformidad con lo dispuesto en el citado Convenio y en las disposiciones complementarias del Código de normas internacionales y prácticas recomendadas para la investigación de los aspectos de seguridad de siniestros y sucesos marítimos (Código de Investigación de Siniestros), adoptado mediante la resolución MSC.255(84), adoptada el 16 de mayo de 2008, del Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional.

Por otra parte, se incluye en el ámbito de aplicación de este real decreto la investigación de los buques de pesca con eslora inferior a quince metros. Esta inclusión, no prevista por la Directiva, pero tampoco prohibida por cuanto no es una Directiva armonizadora, se justifica por la gran incidencia de accidentes en buques del sector pesquero, los cuales están siendo objeto de investigación de acuerdo con la normativa en vigor. En consecuencia, no parece razonable excluir a este sector del ámbito de aplicación del real decreto por cuanto se estaría descuidando la seguridad de un sector importante de nuestra flota pesquera, conculcando de ese modo el objetivo fundamental que se persigue con esta norma.

En la tramitación de este real decreto se ha dado audiencia a los agentes sociales tales como el Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos (COIN) y el Colegio Oficial de la Marina Mercante (COMME).

En su virtud, a propuesta del Ministro de Fomento, con la aprobación previa del Ministro de Política Territorial y Administración Pública, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de junio de 2011.

Tribunales.-Patrón del Nuevo Pepita se declarará insolvente y viudas piden responsabilidad patrimonial al Estado

El abogado del patrón del ‘Nuevo Pepita Aurora’ ha expresado su satisfacción ante el hecho de que su patrocinado «no pisará la cárcel» tras llegar las partes a una conformidad sobre la pena de año y medio de cárcel impuesta. En cuanto a las indemnizaciones, avanza que el patrimonio del acusado no es suficiente para cubrir la cuantía total y se declarará insolvente. Por su parte, el abogado de las viudas, Ramón Dávila, ha informado del inicio de otro procedimiento para pedir responsabilidad patrimonial al Estado.

El abogado del patrón del ‘Nuevo Pepita Aurora’ ha expresado su satisfacción ante el hecho de que su patrocinado «no pisará la cárcel» tras llegar las partes a una conformidad sobre la pena de año y medio de cárcel impuesta. En cuanto a las indemnizaciones, avanza que el patrimonio del acusado no es suficiente para cubrir la cuantía total y se declarará insolvente. Por su parte, el abogado de las viudas, Ramón Dávila, ha informado del inicio de otro procedimiento para pedir responsabilidad patrimonial al Estado.

En declaraciones a los medios a la salida del Juzgado de lo Penal número 2 de Algeciras (Cádiz), Gómez Grosso ha detallado que ahora se iniciará el proceso para pagar las indemnizaciones «hasta donde llegue con lo que tiene embargado», añadiendo que «si se declara insolvente se suspenderá definitivamente», cosa que ha asegurado que va a ocurrir porque el patrimonio del patrón es insuficiente para cubrir la cuantía fijada de 150.000 euros a cada familia de los fallecidos y de 35.000 euros a los supervivientes.

El abogado del único imputado en la causa ha indicado que están «satisfechos» ante el hecho de que «no pisarán la prisión» pese a la «pena gravísima» que solicitaban las partes inicialmente, que cabe recordar que era de cuatro años de cárcel la Fiscalía y cercanas a los 20 años de prisión las acusaciones particular y popular.

Por su parte, Dávila también ha expresado satisfacción en la medida de que «se ha reconocido la responsabilidad penal y civil del acusado».

Según ha detallado, este lunes se ha dictado sentencia verbal y la titular del juzgado tiene que redactar ahora los hechos probados en la medida en que se ha reducido la pena solicitada en base a que «todos reconocemos que, con el tiempo transcurrido en el procedimiento —ocho años—, ha habido una dilación indebida», una atenuante cualificada con la que se reducirían en dos grados las penas.

Así, el resultado final sería «más o menos el mismo» al que se ha llegado en la conformidad, siendo un año y medio de cárcel «lo máximo que se podía aplicar». En cuanto a las indemnizaciones, ha indicado que ahora tendrán que iniciar el procedimiento de embargos y, además, para conseguir la ejecución.

Nuevas acciones

Dávila ha comentado que están satisfechos en la medida que «se termina una etapa de este drama para que podamos continuar otras acciones que probablemente sean más efectivas».

Se ha referido concretamente a «la responsabilidad patrimonial del Estado como consecuencia del mal funcionamiento de los servicios públicos, tanto de la Marina Mercante como de otros servicios que fallaron en todo el proceso, como el rescate del barco, como el propio control de las inspecciones» que, a su juicio, «no se hicieron correctamente». El abogado ha explicado que todo ello se determinará en otro procedimiento que ya tienen iniciado.

También ha atendido a los medios José Crespo, uno de los supervivientes del naufragio, quien ha asegurado que él no quiere que el patrón del pesquero vaya a la cárcel.

Crespo ha referido que J.V. evitó que la tragedia fuera mayor, pues, por ejemplo, era consciente de que él «no sabía nadar» y se quitó su salvavidas para lanzárselo a él y a otra persona, con lo que «por ahí nos hemos salvado dos también» y «podría haber habido más ahogados» de no ser por su intervención.

Cabe recordar que el pesquero barbateño naufragó el 5 de septiembre de 2007 cuando regresaba de faenar en aguas de Larache (Marruechos) con una tripulación de 16 personas, con un balance de ocho supervivientes, cinco fallecidos y tres marineros que continúan desaparecidos.

El patrón ha aceptado las indemnizaciones fijadas en materia de responsabilidad civil y los 18 meses de cárcel como pena por los ocho delitos de homicidio imprudente, siete de lesiones imprudentes y un delito contra los derechos de los trabajadores. Al final, las partes han acordado la suspensión de la condena.

Fuente:20minutos.es

El patrón del ‘Nuevo Pepita Aurora’ se declarará insolvente

Las viudas de los marineros fallecidos piden responsabilidad patrimonial al Estado

Campo de Gibraltar

El patrón del ‘Nuevo Pepita Aurora’ se declarará insolvente

Las viudas de los marineros fallecidos piden responsabilidad patrimonial al Estado

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Autor en Viva El Puerto
  • Campo de Gibraltar

Publicado: 05/10/2015 ·

17:52

Actualizado: 05/10/2015 · 17:52

El abogado del patrón del ‘Nuevo Pepita Aurora’ ha expresado su satisfacción ante el hecho de que su patrocinado «no pisará la cárcel» tras llegar las partes a una conformidad sobre la pena de año y medio de cárcel impuesta. En cuanto a las indemnizaciones, avanza que el patrimonio del acusado no es suficiente para cubrir la cuantía total y se declarará insolvente. Por su parte, el abogado de las viudas, Ramón Dávila, ha informado del inicio de otro procedimiento para pedir responsabilidad patrimonial al Estado.

En declaraciones a los medios a la salida del Juzgado de lo Penal número 2 de Algeciras, Gómez Grosso ha detallado que ahora se iniciará el proceso para pagar las indemnizaciones «hasta donde llegue con lo que tiene embargado», añadiendo que «si se declara insolvente se suspenderá definitivamente», cosa que ha asegurado que va a ocurrir porque el patrimonio del patrón es insuficiente para cubrir la cuantía fijada de 150.000 euros a cada familia de los fallecidos y de 35.000 euros a los supervivientes.

El abogado del único imputado en la causa ha indicado que están «satisfechos» ante el hecho de que «no pisarán la prisión» pese a la «pena gravísima» que solicitaban las partes inicialmente, que cabe recordar que era de cuatro años de cárcel la Fiscalía y cercanas a los 20 años de prisión las acusaciones particular y popular.

Por su parte, Dávila también ha expresado satisfacción en la medida de que «se ha reconocido la responsabilidad penal y civil del acusado».

Según ha detallado, este lunes se ha dictado sentencia verbal y la titular del juzgado tiene que redactar ahora los hechos probados en la medida en que se ha reducido la pena solicitada en base a que «todos reconocemos que, con el tiempo transcurrido en el procedimiento –ocho años–, ha habido una dilación indebida», una atenuante cualificada con la que se reducirían en dos grados las penas.

Así, el resultado final sería «más o menos el mismo» al que se ha llegado en la conformidad, siendo un año y medio de cárcel «lo máximo que se podía aplicar». En cuanto a las indemnizaciones, ha indicado que ahora tendrán que iniciar el procedimiento de embargos y, además, para conseguir la ejecución.

Nuevas acciones
Dávila ha comentado que están satisfechos en la medida que «se termina una etapa de este drama para que podamos continuar otras acciones que probablemente sean más efectivas».

Se ha referido concretamente a «la responsabilidad patrimonial del Estado como consecuencia del mal funcionamiento de los servicios públicos, tanto de la Marina Mercante como de otros servicios que fallaron en todo el proceso, como el rescate del barco, como el propio control de las inspecciones» que, a su juicio, «no se hicieron correctamente». El abogado ha explicado que todo ello se determinará en otro procedimiento que ya tienen iniciado.

Campo de Gibraltar

El patrón del ‘Nuevo Pepita Aurora’ se declarará insolvente

Las viudas de los marineros fallecidos piden responsabilidad patrimonial al Estado

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Autor en Viva El Puerto
  • Campo de Gibraltar

Publicado: 05/10/2015 ·

17:52

Actualizado: 05/10/2015 · 17:52

El abogado del patrón del ‘Nuevo Pepita Aurora’ ha expresado su satisfacción ante el hecho de que su patrocinado «no pisará la cárcel» tras llegar las partes a una conformidad sobre la pena de año y medio de cárcel impuesta. En cuanto a las indemnizaciones, avanza que el patrimonio del acusado no es suficiente para cubrir la cuantía total y se declarará insolvente. Por su parte, el abogado de las viudas, Ramón Dávila, ha informado del inicio de otro procedimiento para pedir responsabilidad patrimonial al Estado.

En declaraciones a los medios a la salida del Juzgado de lo Penal número 2 de Algeciras, Gómez Grosso ha detallado que ahora se iniciará el proceso para pagar las indemnizaciones «hasta donde llegue con lo que tiene embargado», añadiendo que «si se declara insolvente se suspenderá definitivamente», cosa que ha asegurado que va a ocurrir porque el patrimonio del patrón es insuficiente para cubrir la cuantía fijada de 150.000 euros a cada familia de los fallecidos y de 35.000 euros a los supervivientes.

El abogado del único imputado en la causa ha indicado que están «satisfechos» ante el hecho de que «no pisarán la prisión» pese a la «pena gravísima» que solicitaban las partes inicialmente, que cabe recordar que era de cuatro años de cárcel la Fiscalía y cercanas a los 20 años de prisión las acusaciones particular y popular.

Por su parte, Dávila también ha expresado satisfacción en la medida de que «se ha reconocido la responsabilidad penal y civil del acusado».

Según ha detallado, este lunes se ha dictado sentencia verbal y la titular del juzgado tiene que redactar ahora los hechos probados en la medida en que se ha reducido la pena solicitada en base a que «todos reconocemos que, con el tiempo transcurrido en el procedimiento –ocho años–, ha habido una dilación indebida», una atenuante cualificada con la que se reducirían en dos grados las penas.

Así, el resultado final sería «más o menos el mismo» al que se ha llegado en la conformidad, siendo un año y medio de cárcel «lo máximo que se podía aplicar». En cuanto a las indemnizaciones, ha indicado que ahora tendrán que iniciar el procedimiento de embargos y, además, para conseguir la ejecución.

Nuevas acciones
Dávila ha comentado que están satisfechos en la medida que «se termina una etapa de este drama para que podamos continuar otras acciones que probablemente sean más efectivas».

Se ha referido concretamente a «la responsabilidad patrimonial del Estado como consecuencia del mal funcionamiento de los servicios públicos, tanto de la Marina Mercante como de otros servicios que fallaron en todo el proceso, como el rescate del barco, como el propio control de las inspecciones» que, a su juicio, «no se hicieron correctamente». El abogado ha explicado que todo ello se determinará en otro procedimiento que ya tienen iniciado.

También ha atendido a los medios José Crespo, uno de los supervivientes del naufragio, quien ha asegurado que él no quiere que el patrón del pesquero vaya a la cárcel.

Crespo ha referido que J.V. evitó que la tragedia fuera mayor, pues, por ejemplo, era consciente de que él «no sabía nadar» y se quitó su salvavidas para lanzárselo a él y a otra persona, con lo que «por ahí nos hemos salvado dos también» y «podría haber habido más ahogados» de no ser por su intervención.

Cabe recordar que el pesquero barbateño naufragó el 5 de septiembre de 2007 cuando regresaba de faenar en aguas de Larache (Marruechos) con una tripulación de 16 personas, con un balance de ocho supervivientes, cinco fallecidos y tres marineros que continúan desaparecidos.

Campo de Gibraltar

El patrón del ‘Nuevo Pepita Aurora’ se declarará insolvente

Las viudas de los marineros fallecidos piden responsabilidad patrimonial al Estado

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Autor en Viva El Puerto
  • Campo de Gibraltar

Publicado: 05/10/2015 ·

17:52

Actualizado: 05/10/2015 · 17:52

El abogado del patrón del ‘Nuevo Pepita Aurora’ ha expresado su satisfacción ante el hecho de que su patrocinado «no pisará la cárcel» tras llegar las partes a una conformidad sobre la pena de año y medio de cárcel impuesta. En cuanto a las indemnizaciones, avanza que el patrimonio del acusado no es suficiente para cubrir la cuantía total y se declarará insolvente. Por su parte, el abogado de las viudas, Ramón Dávila, ha informado del inicio de otro procedimiento para pedir responsabilidad patrimonial al Estado.

En declaraciones a los medios a la salida del Juzgado de lo Penal número 2 de Algeciras, Gómez Grosso ha detallado que ahora se iniciará el proceso para pagar las indemnizaciones «hasta donde llegue con lo que tiene embargado», añadiendo que «si se declara insolvente se suspenderá definitivamente», cosa que ha asegurado que va a ocurrir porque el patrimonio del patrón es insuficiente para cubrir la cuantía fijada de 150.000 euros a cada familia de los fallecidos y de 35.000 euros a los supervivientes.

El abogado del único imputado en la causa ha indicado que están «satisfechos» ante el hecho de que «no pisarán la prisión» pese a la «pena gravísima» que solicitaban las partes inicialmente, que cabe recordar que era de cuatro años de cárcel la Fiscalía y cercanas a los 20 años de prisión las acusaciones particular y popular.

Por su parte, Dávila también ha expresado satisfacción en la medida de que «se ha reconocido la responsabilidad penal y civil del acusado».

Según ha detallado, este lunes se ha dictado sentencia verbal y la titular del juzgado tiene que redactar ahora los hechos probados en la medida en que se ha reducido la pena solicitada en base a que «todos reconocemos que, con el tiempo transcurrido en el procedimiento –ocho años–, ha habido una dilación indebida», una atenuante cualificada con la que se reducirían en dos grados las penas.

Así, el resultado final sería «más o menos el mismo» al que se ha llegado en la conformidad, siendo un año y medio de cárcel «lo máximo que se podía aplicar». En cuanto a las indemnizaciones, ha indicado que ahora tendrán que iniciar el procedimiento de embargos y, además, para conseguir la ejecución.

Nuevas acciones
Dávila ha comentado que están satisfechos en la medida que «se termina una etapa de este drama para que podamos continuar otras acciones que probablemente sean más efectivas».

Se ha referido concretamente a «la responsabilidad patrimonial del Estado como consecuencia del mal funcionamiento de los servicios públicos, tanto de la Marina Mercante como de otros servicios que fallaron en todo el proceso, como el rescate del barco, como el propio control de las inspecciones» que, a su juicio, «no se hicieron correctamente». El abogado ha explicado que todo ello se determinará en otro procedimiento que ya tienen iniciado.

También ha atendido a los medios José Crespo, uno de los supervivientes del naufragio, quien ha asegurado que él no quiere que el patrón del pesquero vaya a la cárcel.

Crespo ha referido que J.V. evitó que la tragedia fuera mayor, pues, por ejemplo, era consciente de que él «no sabía nadar» y se quitó su salvavidas para lanzárselo a él y a otra persona, con lo que «por ahí nos hemos salvado dos también» y «podría haber habido más ahogados» de no ser por su intervención.

Cabe recordar que el pesquero barbateño naufragó el 5 de septiembre de 2007 cuando regresaba de faenar en aguas de Larache (Marruechos) con una tripulación de 16 personas, con un balance de ocho supervivientes, cinco fallecidos y tres marineros que continúan desaparecidos.

El patrón ha aceptado las indemnizaciones fijadas en materia de responsabilidad civil y los 18 meses de cárcel como pena por los ocho delitos de homicidio imprudente, siete de lesiones imprudentes y un delito contra los derechos de los trabajadores. Al final, las partes han acordado la suspensión de la condena.

Fuente:vivaelpuerto.es

LOS CUERPOS DE TRES TRIPULANTES SIGUEN EN EL MAR

Fomento bloquea los pagos a los familiares de los náufragos del Pepita Aurora

Han pasado cuatro meses y un día del naufragio del Nueva Pepita Aurora en aguas de Barbate y el informe preceptivo del Ministerio de Fomento aún no ha sido presentado por lo que todas las actuaciones judiciales y las indemnizaciones a las familias están paralizadas. En aquel naufragio murieron 8 personas de las que 3 siguen estando desaparecidas. No se conocen actuaciones de Manuel Chaves para exigir la emisión del informe.

LD (Pedro de Tena) Un temporal de levante hizo naufragar al pesquero, que se hundió. Como consecuencia, hubo con cinco fallecidos, tres desaparecidos y ocho supervivientes.

El barco, sumergido a 0,8 millas al sur de Punta Gracia después de naufragar cuando regresaba de faenar de Larache (Marruecos), no ha sido rescatado aún por las autoridades del Ministerio de Fomento. Tampoco han sido rescatados los cuerpos de los tres marineros desaparecidos, que o bien pudieran estar aún en el seno del barco siniestrado o prendidos de las redes de pesca que llevaba. – Seguir leyendo: https://www.libertaddigital.com/sociedad/fomento-bloquea-los-pagos-a-los-familiares-de-los-naufragos-del-pepita-aurora-1276321018/

Ramón Dávila, titular del bufete que lleva el caso a dos de las familias afectadas, ha dicho a Libertad Digital que el informe del Ministerio de Fomento, cuya regidora es Magdalena Álvarez, no ha sido presentado. Es más, su bufete ha presentado dos escritos de reclamación que no sólo no han sido respondidos: «Es que ni siquiera se han molestado en facilitarnos un acuse de recibo».

Los familiares de los marineros, a dos de los cuales representa el bufete de Dávila, sólo han podido cobrar las indemnizaciones derivadas de la situación laboral, en calidad de accidente de trabajo, pero no las posibles cantidades a que tuvieran derecho derivadas de sentencia firme en el juicio que se sigue por estos hechos.

Las actuaciones judiciales están paralizadas, debido al incumplimiento de la normativa por parte del Ministerio de Fomento que tiene como preceptivo emitir un informe en caso de hundimiento.

En concreto, las Capitanías Marítimas y los Distritos Marítimos tienen entre sus funciones las de «supervisión de las investigaciones en caso de siniestros marítimos o episodios de contaminación » y el «el informe preceptivo y de carácter vinculante a las Autoridades Portuarias en los casos de hundimiento de buques, operaciones de reflotamiento o desguace de buques y obras de dragado, cuando tengan lugar en aguas portuarias», como puede comprobarse en el propio Ministerio de Fomento .

El descontento de los familiares se centra asimismo en  todo el proceso de salvamento, porque no tuvieron información alguna sobre lo que hicieron los servicios de salvamento, lo que les hace dudar seriamente de la actuación de estos servicios.

Los familiares representados por el ya mencionado bufete de abogados piden públicamente al Ministerio de Fomento que concluya rápidamente el informe sobre las causas del siniestro e informe a los familiares sobre dichas causas y sobre el acceso al buque y zonas cercanas para la búsqueda de los cadáveres de los marineros cuyos cuerpos no han sido todavía encontrados.

Sin ese informe, por ejemplo, no es posible concluir las pruebas periciales que tratan de examinar si entre este siniestro y dos acaecidos en Galicia con el mismo tipo de barco, «gemelos» como se conoce en el argot,  guardan alguna relación. Todo está empantanado. Y si es cierto que el presidente Chaves asistió a las honras fúnebres de los marineros muertos y desaparecidos, nada se sabe de si ha impulsado o impulsa gestiones urgentes para imprimir celeridad y responsabilidad al ministerio de Magdalena Álvarez.»

Fuente:libertaddigital.com

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