El Juzgado de Instrucción n.º 5 de Santander sobresee el procedimiento porque los informes técnicos no han concluido con certeza cuál fue la causa del hundimiento que causó la muerte de tres trabajadores.
Santander, 3 de octubre de 2024.-
El Juzgado de Instrucción n.º 5 de Santander ha sobreseído el procedimiento penal iniciado el pasado año por el hundimiento del barco pesquero Vilaboa Uno, en el que murieron tres trabajadores, al no encontrar “indicios suficientes de la comisión de un delito”.
En un auto hoy dado a conocer, la magistrada María Fernanda Figueroa Grau, en funciones de refuerzo del Juzgado de Instrucción n.º 5, concluye que “pese al fatal desenlace de tres fallecidos”, de los informes técnicos elaborados tras el accidente no se desprende “ningún incumplimiento en la normativa legal ni de prevención de riesgos laborales o similar que nos permita entender que nos encontramos ante un delito contra los derechos de los trabajadores”.
Tampoco existen indicios de un posible delito de homicidio por imprudencia, y es que “no puede concluirse de ninguna forma la causa del hundimiento, lo que hace que no se reúnan” los elementos que se exigen para entender que existe una imprudencia punible.
De los informes no se concluye que el hundimiento “fuera por razón de la tolva de desperdicios, que es en su caso la única imprudencia como deber de cuidado que podría encontrarse en los trabajadores”.
Explica, en este sentido, que la causa del hundimiento fue la entrada de agua en el parque de pesca, cuyo origen no se ha podido determinar, como afirman los informes elaborados por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Cantabria y por la Comisión permanente de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (CIAIM).
Así, que el agua entrara por la tolva de desperdicios “es sólo una de las tres hipótesis” que barajan los técnicos, “lo que hace que no pueda determinarse la adecuada relación causal entre el proceder descuidado desatador del riesgo y el daño sobrevenido”.
En definitiva, “aun cuando nos encontremos ante un resultado fatal de fallecimiento de tres trabajadores, no se observa indicios de imprudencia dentro del ámbito penal para poder continuar con el procedimiento”.
“Ninguna de las conclusiones de los técnicos implica que se observe que no hubo la observación de la norma de cuidado, ni tampoco que exista una imprudencia en los trabajadores o el armador por lo que respecta a la tolva de desperdicios, pues ni se concluye que fue la causa del hundimiento, ni hay norma incumplida respecto de ello”, concluye el auto.
“Ninguna de las conclusiones de los técnicos implica que se observe que no hubo la observación de la norma de cuidado, ni tampoco que exista una imprudencia en los trabajadores o el armador por lo que respecta a la tolva de desperdicios, pues ni se concluye que fue la causa del hundimiento, ni hay norma incumplida respecto de ello”, concluye el auto.
“Ninguna de las conclusiones de los técnicos implica que se observe que no hubo la observación de la norma de cuidado, ni tampoco que exista una imprudencia en los trabajadores o el armador por lo que respecta a la tolva de desperdicios, pues ni se concluye que fue la causa del hundimiento, ni hay norma incumplida respecto de ello”, concluye el auto.
Se ha sancionado a los «transgresores» que denegaron el auxilio al SOS del Villa de Pitanxo ?
El Informe Preliminar de Ciaim «identifica» la ralentización en la recuperación de naufragos de dos buques pesqueros en la zona del siniestro.
Es que nadie ha entendido o ha sabido interpretar el GMDSS ?
No interesaba ?
La metodología de la investigación de siniestros marítimos se recoge en el Código de Prácticas Recomendadas para la Investigación de Siniestros Marítimos/Omi y recogida en el Ordenamiento Jurídico de España como Estado Ribereño.
Hay quien extrae «sus» informes de obsoletas leyes y reglamentos sin tener la experiencia ni tan siquiera cualificación marítima contemplada en el Convenio STCW.
Asi va la cosa.
Lo advertimos.
La bajada al pecio, poco o nada iba aportar, salvo, el consiguiente retraso y contradicciones entre los peritos judiciales y la propia Ciaim.
Lamentablemente, el tiempo nos ha dado la razón.
Quisimos «airear» la verdad, pero, no interesaba.
Nos aislaron y bloquearon desde un chat que transmite comunicados a los medios de comunicación.
«Una espera insufrible»…dicen.
Nosotros también decimos.
Una espera provocada por intereses espurios.
Queda claro ?
Stand by otros seis meses.
Pero …
«Conviene recordar que el Informe Transversal de la Ciaim del año 2014, en su Estudio y Recomendaciones sobre la estabilidad, embarres y faenar en/con condiciones meteorológicas adversas, exime del término «negligencia» a los mandos de los buques pesqueros, en todo momento, habla de precauciones y responsabilidades ante vidas y bienes.»
«Por el contrario, en el Informe del Sistema Mundial de Socorro (GMDSS) si recoge los términos – negligencia y mala praxis- recomendando sanciones ejemplares para los infractores.»
Una de las acepciones de la palabra “justicia” según la Real Academia Española es la “idea moral que inclina a dar a cada uno lo que le corresponde o pertenece”. En el ámbito puramente del poder judicial, lo es en aplicación de las leyes y con castigo a quien las incumple. Pero hay un concepto que con frecuencia se escapa del mero valor semántico y es el de la necesidad, casi diríamos que obligación, de ofrecer una respuesta en tiempos coherentes, asumibles. Y eso produce frustración y dolor, además del irreprimible sentimiento de injusticia.
La instrucción de la causa que investiga las eventuales responsabilidades por el naufragio del Villa de Pitanxo —y podríamos añadir infinidad de ejemplos— se alargará como mínimo hasta el cuarto aniversario de la catástrofe, sin que las familias hayan recibido el sosiego de una respuesta judicial, sin que se vean resarcidas al menos parcialmente en su dolor, y sin haber aclarado por qué fallecieron 21 de las 24 personas que iban a bordo del pesquero aquella noche del 15 de febrero de 2022 en aguas de Terranova.
Exigir justicia no presupone abogar por una responsabilidad penal para el capitán del buque o su armadora. En absoluto. Eso corresponde a quien debe impartirla. Pero es vital para conocer la verdad que la investigación de los hechos sea plena, limpia e indiscutiblemente imparcial. Con respeto a las víctimas y a sus familias. Las penosas dilaciones que está acumulando la causa están mellando, quién sabe si definitivamente, la confianza en el procedimiento.
Es vital para conocer la verdad que la investigación de los hechos sea plena, limpia e indiscutiblemente imparcial.
Es muy difícil de aceptar, al menos por lo conocido hasta ahora, que el pleno de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (Ciaim) no haya entregado su informe sobre el naufragio, máxime teniendo en cuenta que ya ha sido sometido a su análisis en al menos siete ocasiones, entre octubre de 2024 y el pasado mes de abril. Qué explicación podrá aportar este organismo, que existe en todos los países ribereños en aplicación de los acuerdos de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (1982), para defender sus conclusiones entre tanto titubeo y continua revisión. Porque esta es la imagen que están dando sus miembros: que no hay claridad en las conclusiones. Y es un hecho de máxima gravedad habida cuenta que el juez instructor de la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, considera “esencial” su incorporación a la causa para cerrar la fase de investigación.
Esta semana hemos conocido una sentencia, la primera, relativa al naufragio del arrastrero congelador. Un fallo indiscutiblemente favorable a la compañía armadora, que habrá de percibir una indemnización superior a los cinco millones de euros de tres aseguradoras por la pérdida del buque y la pesca que llevaba en las bodegas. El fallo se enmarca en un procedimiento civil, no penal, por cuanto no se ha sometido a evaluación en ningún caso por qué se hundió el Pitanxo o si hubo negligencia por parte del capitán o Pesquerías Nores. Lo que se ha dirimido en el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra es si la compañía tenía derecho a ser indemnizada por los bienes —barco y mercancía—que tenía asegurados. La magistrada ha determinado que sí. Y lo ha hecho tras haber instruido un procedimiento complejo, con múltiples testificales y periciales. En este contexto, es legítimo preguntarse por qué hay varias velocidades en un fin, el de la justicia, que ha asestado otra bofetada a las víctimas. Y no por el sentido de la sentencia, sino porque han visto cómo la cuestión monetaria —legítima, pero estrictamente económica— se ha resuelto con mucha mayor diligencia que la de una explicación definitiva para la pérdida de sus padres, hijos, parejas o seres queridos.
Esta primera sentencia dicta que el Villa de Pitanxo no incumplía los requisitos para su navegabilidad porque, entre otras cuestiones, no había sido sancionado por faenar repetidamente en aguas de Terranova tras haberle sido vetada esta área, como difundió la investigación de este periódico. Porque, en efecto, nadie promovió contra la armadora un reproche, siquiera administrativo, por operar en zonas de formación de hielos cuando le fue prohibido en marzo de 2018. Lo que lleva a la imperiosa reformulación, una vez más, de los protocolos para la navegación marítima, la revisión exhaustiva e independiente de nuestros barcos, para verificar que se hacen a la mar en condiciones de seguridad.
Que el traje de inmersión del capitán no había sido revisado jamás en veinte años, desde que lo estrenó, es un hecho indiscutible; no siendo esto, obviamente, la causa del naufragio, y aunque tampoco había engelamiento en la zona la noche del accidente, este tipo de anomalías merecen también un castigo, una rectificación y un resarcimiento. Eso, el exigir a las administraciones que cumplan su cometido y que no traten solo de desmarcarse de la cuestión en un lamentable ejemplo de inhumanidad, también es hacer justicia. Parapetarse detrás de protocolos cogidos con pinzas no es una opción. Y si esos protocolos muestran grietas que dejan en una situación de vulnerabilidad a nuestros marineros, tendrán que cambiarse.
Como también habrá que reforzar si es preciso, y es obvio que lo es, la dotación de investigadores de la propia Ciaim, que cuenta apenas con ocho integrantes y medio centenar de expedientes pendientes. Su homóloga británica, la Maib —la misma que emitió un informe preliminar solo tres meses después del dramático hundimiento del Argos Georgia, en julio del año pasado— acaba de mejorar su capacidad investigadora con más expertos, hasta los 17. En FARO lo hemos reivindicado por activa y por pasiva, por este y por todos los pitanxos pendientes de dilucidarse en sedes judiciales. Es una cuestión de justicia. Ni más ni menos.
El helicóptero los ha rescatado esta madrugada después de que se hundiera el barco en el que estaban pescando
Gandia
El helicóptero de Salvamento Marítimo ha rescatado esta madrugada en aguas de Gandia a tres hombres después de hundirse el barco en el que estaban pescando y los ha trasladado al Hospital La Fe de València.
Según han informado a EFE fuentes de Salvamento Marítimo, a las 2:10 horas de este miércoles se ha recibido una alerta de móvil en el Centro Nacional de Coordinación de Salvamento Marítimo en la que se indicaba que una embarcación se había hundido al noreste de Gandia y había tres personas en el agua.
Del rescate ha sido testigo la embarcación Nova Martina, perteneciente a la Cofradía de Pescadores de Gandia. Ramón Campillo, su patrón, ha detallado que, al parecer, los rescatados navegaban con una embarcación de recreo.
Para el rescate se ha movilizado la salvamar Fénix, embarcación cuya intervención finalmente no ha sido necesaria, y el helicóptero Helimer 223, que es el que ha rescatado a los tres hombres que estaban en el agua.
Los tres hombres estaban pescando cerca de Gandia cuando empezó a entrar agua en la embarcación y se fue a pique, según las mismas fuentes.
Fueron trasladados a un centro hospitalario para su atención, aunque al parecer estaban bien y solo presentaban síntomas de hipotermia.
Auxilian a tres tripulantes de un pesquero tras quedar a la deriva por una avería en el motor
Un portavoz del servicio de rescate marítimo ha informado que recibió un aviso a través del Centro Nacional de Coordinación alertando de una avería en el pesquero Paco
Imagen de un barco pesquero.
alvamento Marítimo ha auxiliado este miércoles a tres tripulantes de un barco pesquero que han quedado a la deriva tras sufrir una avería en el motor cuando se situaban a unas once millas al sureste de la costa de Almería.
Un portavoz del servicio de rescate marítimo ha informado a Europa Press que, alrededor de las 08,37 horas, se recibió un aviso a través del Centro Nacional de Coordinación alertando de una avería en el pesquero ‘Paco y Antonia’, que se encontraba a unas once millas al sureste de la costa de la capital.
Ante la situación, se movilizó a la embarcación Salvamar Spica, que se dirigió al lugar para remolcar el pesquero hasta el puerto pesquero de Almería. La nave y su tripulación llegaron a puerto a las 11,35 horas sin que se hayan registrado incidencias, encontrándose todos a salvo.