Código Polar.
Que ocurrió con la balsa desaparecida del Argos Ocean ?
Llevaba a bordo un Resart ?
Medidas de seguridad para los buques no regidos por el Convenio SOLAS que operen en aguas polares
El Subcomité ultimó la primera serie de proyectos de enmienda al Código polar, junto con las enmiendas conexas al Convenio SOLAS, para incorporar prescripciones nuevas para los buques no regidos por el Convenio SOLAS en relación con la seguridad de la navegación y la planificación del viaje. Las enmiendas serán aplicables a algunos buques no regidos por el Convenio SOLAS, por ejemplo los buques pesqueros de eslora total igual o superior a 24 metros, los yates de recreo de arqueo bruto igual o superior a 300 que no se dediquen al comercio y los buques de carga de arqueo bruto igual o superior a 300 pero inferior a 500.
Las enmiendas tienen por objeto mejorar la seguridad de los buques que operan en las condiciones especiales que presentan las zonas polares, así como la de las personas a bordo.
Se invita al Comité de seguridad marítima (MSC 106 en noviembre de 2022) a aprobar el proyecto de enmiendas al capítulo XIV del Convenio SOLAS y a las partes I-A y I-B del Código polar, para su posterior adopción con miras a su entrada en vigor el 1 de enero de 2026.
El Código Polar de la OMI establece requisitos para garantizar la seguridad de los buques que operan en las duras condiciones de las zonas árticas y antárticas, teniendo especialmente en cuenta las temperaturas extremas, y que los equipos críticos sigan funcionando en esas condiciones.
Medidas nuevas y enmendadas de organización del tráfico marítimo y sistemas de notificación obligatoria para buques
El Subcomité aprobó, para su adopción por el MSC 106:
- enmiendas a los dispositivos de separación del tráfico y medidas correspondientes «Accesos a los puertos de Chornomorsk, de Odesa y de Pivdennyi » (Ucrania);
- derrota recomendada «A la altura de la costa de Shio-No-Misaki» (Japón);
- modificación del dispositivo de separación del tráfico «En el canal de Santa Bárbara»; enmiendas a las zonas a evitar «A la altura de la costa del sur de California»; y el establecimiento de una zona en la que no se permite fondear en la parte meridional de Pulley Ridge a la altura de la costa de Florida (Estados Unidos);
- recomendación sobre la navegación de los buques portacontenedores en los dispositivos de separación del tráfico «A la altura de Vlieland», «Terschelling-Bahía Alemana», «A la altura de Frisia (Friesland)» y «Acceso occidental a la Bahía Alemana» (Dinamarca, Alemania y Países Bajos).
Revisión de las Directrices relativas a los lugares de refugio para los buques necesitados de asistencia
El Subcomité ultimó la revisión de las Directrices relativas a los lugares de refugio para los buques necesitados de asistencia (resolución A.949(23)). El proyecto de resolución revisada de la Asamblea se presentará al MSC, y posteriormente al Comité de protección del medio marino (MEPC) y al Comité jurídico (LEG), para su aprobación, con miras a su adopción por la Asamblea de la OMI, en su trigésimo tercero periodo de sesiones, en 2023.
Las directrices se adoptaron por primera vez en 2003 para orientar en los casos en los que un buque n necesite asistencia pero la seguridad de la vida humana no esté en peligro (cuando seguridad de la vida humana esté en peligro, deben seguirse las disposiciones SAR).
La revisión propuesta reconoce que se han producido diversos avances organizativos, operacionales y tecnológicos en un entorno marítimo mundial que evoluciona rápidamente. La experiencia en la gestión de casos de buques necesitados de asistencia ha ido creciendo en todo el mundo y ha servido de base para la revisión de las directrices.
La finalidad de las Directrices es sentar las bases de un marco operacional para que los Estados ribereños, los capitanes de buques, los armadores y/o los salvadores, así como otras partes interesadas, gestionen las situaciones en las que un buque necesite asistencia y busque un lugar de refugio, y adopten una decisión al respecto.
Entre otros cambios, se ha propuesto una nueva sección sobre la información transmitida por los medios de comunicación y su gestión, y se recomienda que los Estados incluyan en su organización la capacidad (incluida la formación) para gestionar los medios de comunicación y las solicitudes de información en relación con los buques necesitados de asistencia que buscan un lugar de refugio.
Obligatoriedad de llevar clinómetros electrónicos en los buques portacontenedores y los graneleros
El Subcomité ultimó el proyecto de enmiendas al Convenio SOLAS para que sea obligatorio llevar clinómetros electrónicos en los buques portacontenedores y los graneleros y los graneleros de arqueo bruto igual o superior a 3 000. Los clinómetros ofrecen información del buque en situaciones críticas para la estabilidad o la navegación del buque, y permite que la información sobre el periodo de balance y el ángulo de escora real sea utilizada en otros equipos o funciones del buque en los casos en que procede, de modo que sea de utilidad y fiable para el personal marítimo a bordo de los buques o se registre para las investigaciones de sucesos.
El proyecto de enmiendas requiere que los buques portacontenedores y los graneleros de arqueo bruto igual o superior a 3 000, construidos el 1 de enero de 2026 o posteriormente, estarán provistos de un clinómetro electrónico, o de algún otro medio, que permita determinar, mostrar en pantalla y registrar el movimiento de balance del buque.
Finalizada la revisión del Manual NAVTEX
El Subcomité finalizó la revisión del Manual NAVTEX (MSC.1/Circ.1403/Rev.1), que entrará en vigor el 1 de enero de 2023, previa aprobación del MSC 106.
Circulares revisadas tras la modernización del SMSSM
El Subcomité finalizó varios proyectos de circulares MSC y COMSAR en relación con la modernización del SMSSM.
Esto se produce tras la adopción por parte del MSC 105 de una serie de enmiendas para actualizar el SMSSM y permitir el uso futuro de sistemas de comunicación modernos en el SMSSM, al tiempo que se eliminan las prescripciones obsoletas.
Reconocimiento del Sistema de servicio de mensajes BeiDou (BDMSS)
El Subcomité acordó recomendar al MSC 106 el reconocimiento del Sistema de servicio de mensajes BeiDou (BDMSS) como nuevo servicio móvil regional por satélite para su uso en el SMSSM, a condición de que se resuelvan una serie de cuestiones técnicas y operacionales pendientes. Se invitó a la Organización Internacional de Telecomunicaciones Móviles por Satélite (IMSO), encargada de evaluar los aspectos técnicos y operacionales, a presentar un informe al MSC 106 sobre el resultado de una visita prevista a las instalaciones de la BDMSS en China.
Revisión de SIVCE y de las normas de funcionamiento
El Subcomité finalizó una revisión de la SIVCE-Guía de buenas prácticas (MSC.1/Circ.1503/Rev.1) para presentarla al MSC para que los apruebe. El proyecto de directrices actualizadas incluye, en particular, una nueva sección sobre las actualizaciones del SIVCE a bordo.
El Subcomité también finalizó un proyecto de revisión de las Normas de funcionamiento revisadas de los sistemas de información y visualización de cartas electrónicas (SIVCE) (resolución MSC.232(82)), para su adopción por el MSC 106.
Las actualizaciones de las normas de funcionamiento introducen, en particular, la implantación de las nuevas normas de datos de la OHI y las especificaciones de los productos (S-98, S-100 y S-101) con respecto a los equipos ECDIS instalados a partir del 1 de enero de 2029 y, opcionalmente, para los equipos instalados después del 1 de enero de 2026 y antes del 1 de enero de 2029.
Actualizaciones de LRIT
El Subcomité ha ultimado el proyecto de enmiendas las normas de funcionamiento del LRIT (resolución MSC.263(84), enmendada) y las circulares relacionadas, para presentarlas al MSC para su aprobación/adopción.
Proyecto de postura de la OMI sobre la CMR-23
Se finalizó el proyecto de postura de la OMI sobre los puntos pertinentes del orden del día de la CMR-23 de la UITsobre cuestiones relacionadas con los servicios marítimos, para su aprobación por el MSC 106 y su presentación a la Reunión Preparatoria de la Conferencia de la UIT para la CMR-23.
La próxima Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (CMR-23) se celebrará en los Emiratos Árabes Unidos del 20 de noviembre al 15 de diciembre de 2023.
También se aprobaron los proyectos de declaraciones de coordinación con la UIT en materia de radiocomunicaciones marítimas.
Se aprueban las circulares SAR y COMSAR
El Subcomité aprobó una lista revisada de documentos y publicaciones que deberían tener los centros coordinadores de salvamento marítimos o conjuntos directamente al Grupo de trabajo sobre búsqueda y salvamento (que se difundirá como SAR.7/Circ.15) y una circular de COMSAR sobre el procedimiento de encaminamiento de los alertas de socorro.
Dispositivos de radio personales de emergencia
El Subcomité ultimó un proyecto de circular del MSC sobre las Orientaciones sobre la formación y el uso de dispositivos de radio personales de emergencia en situaciones de siniestro con numerosos accidentados, con miras a su aprobación por el MSC 106. Las orientaciones deben incluirse y abordarse, de conformidad con lo dispuesto en el Código internacional de gestión de la seguridad, en el sistema de gestión de la seguridad de los buques que puedan requerir una evacuación con múltiples accidentados.
Fuente:imo.org
Resúmenes y calendario de las reuniones
MSC: Comité de seguridad marítima
MEPC: Comité de protección del medio marino
TC: Comité de cooperación técnica
HTW: Subcomité de factor humano, formación y guardia
III: Subcomité de implantación de los instrumentos de la OMI
NCSR: Subcomité de navegación, comunicaciones y búsqueda y salvamento
PPR: Subcomité de prevención y lucha contra la contaminación
SDC: Subcomité de proyecto y construcción del buque
SSE: Subcomité de sistemas y equipo del buque (SSE)
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