Cuando peligre la seguridad de la vida humana, deben seguirse las disposiciones del Convenio de Búsqueda y Salvamento (SAR).
Directrices relativas a los lugares de refugio para los buques necesitados de asistencia
El Subcomité consideró una propuesta de revisión de las Directrices relativas a los lugares de refugio para los buques necesitados de asistencia, que se adoptaron en 2003 (resolución A.949 (23)) para proporcionar orientación cuando un buque esté necesitado de asistencia, pero no peligre la seguridad de la vida humana. Cuando peligre la seguridad de la vida humana, deben seguirse las disposiciones del Convenio de Búsqueda y Salvamento (SAR).
Después de las discusiones iniciales en un grupo de trabajo, se estableció un grupo de trabajo por correspondencia para seguir elaborando el proyecto del texto y considerar qué asuntos deberían ser señalados a la atención del Comité jurídico y el Comité de protección de medio marino para que lo examinaran y contribuyeran a su elaboración.
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