En España, existe el Reglamento de Radiocomunicaciones 2006.
Se daba y da por hecho que las denegaciones de auxilio y omisiones de Socorro por «desatención» en las escuchas DSC están recogidas en el RR UIT.
La pregunta
Tipo de sanción para buques pesqueros en el área del Villa de Pitanxo que «no escucharon» el Distress Alert ?
Quién o quienes son los responsables de aplicar las sanciones ?
Ha sido eficaz el «Mayday Relay Selectivo ?
Está «trampa» anula la eficacia de la Alerta de Socorro en DSC ?
A qué hora activo el Patrón el Distress Alert ?
Tiempo que transcurrió hasta la activación del Mayday Relay Selectivo ?
Diferencia horaria ?
Influencia en la recuperación de naufragos ?
Será de aplicación el Código Penal?

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