Apunta que carece de análisis, en tanto se limita a «copiar» las conclusiones de la Comisión de Investigación
Nores ha negado obras ilegales a bordo o que no se hicieran simulacros

La representación legal de Juan Enrique Padín, Pesquerías Nores Marín y José Antonio Nores Ortega ha apuntado que el auto del juez instructor del caso Villa de Pitanxo «se limita a copiar las conclusiones de la Ciaim [la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos] sin un mayor análisis», reproche que también dirige al Ministerio Fiscal.
A preguntas de FARO respecto al pronunciamiento del magistrado Ismael Moreno, fuentes del despacho AMYA Abogados han abundado que esa falta de análisis es lo que ha propiciado que este auto «arrastre todos los errores» de la Comisión de Investigación «que ya hemos puesto de manifiesto».
En particular, la armadora ya había asegurado que existen «pruebas contundentes de expertos, tanto de la Administración pública como de empresas privadas, que inspeccionaron el buque previamente a su salida y constataron la inexistencia de obra ilegal alguna». También ha negado que en el Villa de Pitanxo no se hiciesen los preceptivos ejercicios de emergencia.
Fuente:farodevigo.es
Cada acusado por el Villa de Pitanxo afronta peticiones de 12 años de cárcel

La Audiencia Nacional propone juzgar a dos directivos de la armadora y al patrón por 21 homicidios imprudentes graves y otro contra los derechos del trabajador.
El naufragio con 21 muertos del Villa de Pitanxo —el 15 de febrero del 2022 a 250 millas de Terranova (Canadá)— sentará en el banquillo de los acusados al administrador de Pesquerías Nores Marín, José Antonio Nores Rodríguez; a su hijo, director de flota, José Antonio Nores Ortega, y al patrón del barco y superviviente del hundimiento, Juan Enrique Padín, por 21 delitos de homicidio por imprudencia grave y por otro contra los derechos de los trabajadores. Como responsable civil subsidiario, el instructor señala a la mercantil Pesquerías Nores Marín y a la aseguradora como responsable civil directo.
La decisión del instructor, Ismael Moreno, titular del Juzgado Central número 2 de la Audiencia Nacional, se conoció ayer a través de un auto firmado siete días después de que la Fiscalía solicitase el final de la instrucción, a la vez que atribuía a los tres imputados toda la responsabilidad sobre lo ocurrido basándose en los informes periciales y testimonios recogidos en la causa. Moreno resolvió su auto dos días antes del cuarto aniversario de la tragedia, con las familias ultimando el homenaje que cada año brindan a los muertos en este pesquero y del mar en todo el mundo.
Los directivos de la familia Nores y Padín se enfrentan por separado a peticiones abultadas de penas de cárcel. Según los delitos propuestos por el instructor de la causa penal, serán juzgados individualmente por 21 homicidios por imprudencia grave (uno por cada muerto en el naufragio). El artículo concreto del Código Penal es el 142 bis, que recoge que las penas de cárcel solo podrían elevarse en un o dos grados; por lo que la pena máxima para cada uno sería de nueve años. Además, serán juzgados también por un delito contra los derechos de los trabajadores, que implica una pena máxima de 3 años. En total, la pena máxima que podrá solicitar la Fiscalía se fija en 12 años entre rejas.
En su resolución, el magistrado hace un relato de la travesía del barco y de su hundimiento y señala diferentes factores que contribuyeron a que se produjera la inundación y hundimiento del buque, como la sobrecarga no controlada, la falta de medidas de precaución ante la posibilidad de realizar una virada en condiciones meteorológicas muy adversas, o la decisión del capitán de continuar el giro con mal tiempo, en lugar de tomar otras alternativas más seguras.
Además, apunta que el capitán dio la orden de abandonar el barco demasiado tarde, al no ser consciente de la gravedad de la situación, y que impidió una salida más ordenada que hubiera podido ser exitosa. «Cuando la dio, las posibilidades de salvarse eran muy reducidas», afirma Moreno.
También indica como otro factor determinante el hecho de que solo existiera una escalera desde cubierta hasta los puntos designados para embarcar en las balsas y que, además, era inaccesible cuando se ordenó el abandono.
El auto apunta a la falta de familiarización de la tripulación con los medios de salvamento, los procedimientos de abandono y los riesgos específicos de navegación en aguas frías. Así, recuerda que el Villa de Pitanxo no estaba autorizado a navegar en zonas de formación de hielo y sus tripulantes no tenían conocimiento sobre los riesgos de hipotermia.
De los 21 fallecidos, 12 no aparecieron y los demás murieron por ahogamiento o hipotermia. Otros tres, entre ellos el patrón, fueron rescatados vivos en una de las balsas. Moreno menciona en su resolución que los trajes de inmersión tampoco habían sido revisados conforme a la normativa, por lo que es probable que no estuvieran en condiciones. El auto alude también a que las condiciones físicas de los tripulantes no eran las mejores, pues el capitán había informado que al menos 8 tenían covid. El juez da 10 días a la Fiscalía y a las acusaciones particulares para presentar su escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa.
Las familias, a través de la portavoz María de Pazo, hicieron una valoración positiva del auto de Moreno, aunque precisan que todavía lo están estudiando sus abogados, con los que se reunirán la semana que viene para conocer los pormenores. No obstante, hacen ver que «va en la línea de lo que esperábamos y es coherente con las pruebas que se han ido recabando». De Pazo destacó que el auto se haya conocido en vísperas del cuarto aniversario de la tragedia y espera que sea una especie de premonición «de esa justicia y dignificación» que quieren para las víctimas.
Un juicio contra armadores sin precedentes en España
No hay constancia de un juicio en España que sentase en el banquillo de los acusados a los armadores de un barco hundido con tantos muertos en el naufragio. La propia instrucción de la causa fue aportando luz a una investigación penal igualmente sin precedentes, pues implicó el envío de una expedición a latitudes tan lejanas como Terranova, en Canadá, para inspeccionar el pecio. A mayores, el magistrado ha completado la instrucción sin demoras, resolviendo los enquistamientos que iban surgiendo con requerimientos a las partes implicadas para solucionarlos lo antes posible. Prueba de ello es que su auto para llevar a juicio a los tres imputados se finalizó y entregó a las partes solo siete días después de que la Fiscalía solicitase finalizar la causa.
Lo próximo relevante que se espera es el escrito de calificación de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que debe confirmar si considera, igual que el magistrado, que los homicidios por imprudencia fueron graves, o si los interpreta de otra manera, como motivados con dolo eventual. Este delito acarrea, por cada muerte, hasta 15 años entre rejas. Además, faltan también los escritos de conclusiones del resto de partes: defensas y acusaciones particulares.
Sobre la previsión para celebrar el juicio, también resulta prematuro estimar en qué fechas se señalará. El 2026 apenas ha empezado, y de no haber contratiempos y si la Fiscalía concluye su escrito de calificación en poco tiempo, podría juzgarse a finales de este año. Aunque lo más probable es que la vista se celebre en el 2027. Será un juicio a medio camino entre lo pericial, por el peso de los informes técnicos, y testifical, con la carga emocional que implicará oír en sala a los supervivientes y a quienes les salvaron de la muerte.
Fuente:lavozdegalicia.es
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