Vamos a ver.
El Informe Preliminar ya fue publicado por CIAIM en su web allá por 2022.
Queda claro ?
Se trata de un borrador entregado a las partes con el compromiso de la preceptiva confidencialidad, como así se recoge en el Estatuto Jurídico de la Comisión.
Se vuelve a citar los nombres de los dos Peritos Judiciales cuando está terminantemente prohibido.
Se vuelven a hacer interpretaciones y valoraciones sobre el «error humano» del Patrón cuando en realidad el Código de Prácticas Recomendadas para la Investigación de Siniestros Marítimos es «taxativo».
Siempre habla de causas probables.
Es decir poco o nada se puede demostrar ni con las imágenes de los videos del robot que demuestran todo lo contrario de lo manifestado o más bien denunciado por una de las partes.
No hubo embarre.
Lo que si se contempla en los videos es o son las compuertas del guardacalor de la máquina abiertas.
Apopado el pesquero, el agua inundó la Sala de máquinas y se produjo la parada del motor principal, la escora y el naufragio.
Nuevamente los «voceiros» incurren en el recurrente error de la supuesta mala praxis en el abandono de buque.
El Patrón activo el Distress Alert en DSC y los barcos en sus cercanías no recibieron el SOS.
Y eso, señores nuestros, es un delito de omisión del Socorro y denegación de auxilio.
El SOS fue recibido por la Radio Costera (CCR) de La Coruña que de inmediato paso a observar las frecuencias analógicas tratando de contactar con el Patrón y/o los pesqueros
que debieron recibir la alarma DSC.
Todo ello significa que el Patrón del Villa de Pitanxo cumplió con el protocolo establecido realizando un abandono de buque «de libro».
A ver si se enteran.
Las causas probables del naufragio, jamás, se podrán demostrar.
Los registros de la navegación electrónica y GMDSS, si, y ahí está el secreto.
Pero, se colige, por lo publicado, que interesa más la cuestión técnica del naufragio que la minimizacion de los tiempos de respuesta en la recogida de naufragos.
El Informe Preliminar de CIAIM, donde se recoge la ralentización del salvamento es concluyente.
Por lo demás, es una perdida de tiempo tratar de explicar los conceptos IAMSAR y RR 06 de España a periodistas o presuntos Expertos de no se sabe que cosa.
El tiempo dará o quitará razones.

Chile
Lo deja todo muy claro.
Los Informes CIAIM inadmisibles en sumarios judiciales.
España
Que está fallando ?

Villa de Pitanxo.
En que quedamos…
El Informe CIAIM puede reclamarse desde un Juzgado y aplicar sanciones penales ?




Todo ello después de que la Audiencia Nacional ampliase seis meses más la instrucción del hundimiento del Pitanxo ante la falta de dicho documento. Un documento que no busca establecer legalidades ni responsabilidades sobre lo ocurrido, sino investigar las causas y mejorar la seguridad marítima para que algo así no vuelva a suceder.
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