NOTA DE PRENSA
Naufragios, muertos y desaparecidos.
Sin controles desde 2006
El Comité de Seguridad Marítima de OMI deja a España en muy mal lugar.
Fomento y Verificación de la familiarización permanente de los operadores del Sistema Mundial de Socorro que prestan servicio a bordo.
En su [81º periodo de sesiones (10 a 19 de mayo de 2006)], el Comité de Seguridad Marítima, atendiendo a las propuestas formuladas por el Subcomité de Normas de Formación y Guardia en su 37º periodo de sesiones, aprobó las recomendaciones sobre el fomento y la verificación de la familiarización permanente de los operadores del Sistema Mundial de Socorro que prestan servicio a bordo.
Se invitaba entonces a los Gobiernos Miembros a poner las recomendaciones adjuntas en conocimiento de todas las partes interesadas, a fin de que las tuvieran en cuenta y tomaran las medidas que estimasen oportunas.
Quedó constancia de la preocupación de la Organización Marítima Internacional, por el hecho de que muchos operadores del Sistema Mundial de Socorro a bordo de los buques carecían de familiarización respecto del funcionamiento operacional en cuanto a las comunicaciones de socorro, urgencia y seguridad, así como sobre elementos técnicos básicos, esenciales para la seguridad de la vida humana en el mar.
Teniendo presente aquella inquietud, se formularon las siguientes recomendaciones de cara al futuro:
El sistema de gestión de la seguridad del buque debería garantizar que todo el personal al cual se pueda pedir que haga funcionar el equipo del Sistema Mundial de Socorro se familiarice y reciba formación específica sobre el buque al incorporarse al mismo, y posteriormente a intervalos adecuados.
La familiarización, ejercicios y formación a bordo respecto del equipo del Sistema Mundial de Socorro deben permitir que los operadores del SMSSM demuestren su familiarización en todo momento.
Esta familiarización debe verificarse durante las inspecciones en ejercicio de la supervisión por el Estado de abanderamiento o por el Estado rector del puerto.
Si tales verificaciones arrojan resultados negativos, la Compañía o Casa Armadora, debe adoptar las medidas oportunas con arreglo a las prescripciones de la Administración del Estado de abanderamiento.
Sirva también como ejemplo, que el Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional, en su [83º periodo de sesiones (3 a 12 de octubre de 2007)], consciente de la importancia de reducir al mínimo los retrasos en la respuesta de búsqueda y salvamento a los alertas de socorro alentó a los Estados Miembros a que satisfagan las obligaciones que les corresponden en virtud del Convenio Internacional de Búsqueda y Salvamento y otros instrumentos internacionales.
Para ello, aprobó las orientaciones preparadas por el Subcomité de Radiocomunicaciones y de Búsqueda y Salvamento (COMSAR), en su 11º periodo de sesiones.
El propósito de las referidas orientaciones era/es reducir al mínimo los retrasos en la respuesta de búsqueda y salvamento a los alertas de socorro, y en particular, a los alertas de socorro recibidos por el sistema COSPAS-SARSAT.
Se recordó a los Estados las obligaciones que les corresponden en virtud del Convenio SAR y otros instrumentos internacionales pertinentes.
En virtud de estos instrumentos, se seleccionaron algunos extractos de dichos documentos a modo de indicación como medio para comprender mejor las obligaciones de los Estados y cómo estas obligaciones pueden cumplirse de manera individual o en cooperación con otros Estados.
En estos extractos se contemplan las regiones de búsqueda y salvamento que se establecen para asegurar :
a.- el suministro de una infraestructura de comunicaciones adecuada.
b.- un encaminamiento de las alertas de socorro eficiente.
c.- una coordinación operacional apropiada para apoyar eficazmente los servicios de búsqueda y salvamento.
España, cuenta con todos los sistemas para cumplir con estas obligaciones, pero por distintas circunstancias, no se cumplen.
En La Coruña a 24 de octubre de 2024
Fdo
Antón Salgado/Luis Milian
Coordinadores
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