La navegación portuguesa continúa limitada en una zona del embalse de Alqueva. La prohibición afecta al turismo

Fragata Almirante Juan de Borbón / Ministerio de Defensa
España mantiene desde hace años restricciones a la navegación de embarcaciones portuguesas en una zona del embalse de Alqueva situada frente a Olivenza. Estas limitaciones implican estrictas condiciones de acceso y la imposición de sanciones económicas a los buques portugueses que operan en ese tramo.
La base legal de la prohibición se remonta a enero de 2010, cuando el Boletín Oficial del Estado publicó una normativa que vetaba la navegación de embarcaciones portuguesas en la parte del embalse que España considera bajo su jurisdicción. Desde entonces, los barcos que navegan o atracan en esa zona se exponen a multas.
A pesar de años de contactos y negociaciones, el conflicto sigue sin resolverse, aunque se confía en que el Programa Especial para los Embalses de Alqueva y Pedrógão permita adaptar la protección ambiental a los usos actuales.
Desde ese mismo año los ciudadanos portugueses solo pueden atracar en muelles españoles si cuentan con una licencia de navegación específica, registran la embarcación ante las autoridades de Extremadura y abonan una tasa. Esta situación contrasta con la de los ciudadanos españoles, que pueden navegar por el embalse en territorio portugués con la documentación de su país.
Un conflicto enquistado
El asunto fue planteado por Portugal en 2012 ante la Comisión de Aplicación y Desarrollo del Convenio de Cooperación, encargada de gestionar las cuencas fluviales compartidas. La delegación portuguesa defendió la libre navegación en aguas fronterizas y denunció las multas impuestas a barcos turísticos. España justificó las restricciones por el temor a la propagación de especies invasoras, como el jacinto de agua o el mejillón cebra.
A pesar de años de contactos y negociaciones, el conflicto sigue sin resolverse, aunque se confía en que el Programa Especial para los Embalses de Alqueva y Pedrógão permita adaptar la protección ambiental a los usos actuales.
Desde ese mismo año los ciudadanos portugueses solo pueden atracar en muelles españoles si cuentan con una licencia de navegación específica, registran la embarcación ante las autoridades de Extremadura y abonan una tasa. Esta situación contrasta con la de los ciudadanos españoles, que pueden navegar por el embalse en territorio portugués con la documentación de su país.
Un conflicto enquistado
El asunto fue planteado por Portugal en 2012 ante la Comisión de Aplicación y Desarrollo del Convenio de Cooperación, encargada de gestionar las cuencas fluviales compartidas. La delegación portuguesa defendió la libre navegación en aguas fronterizas y denunció las multas impuestas a barcos turísticos. España justificó las restricciones por el temor a la propagación de especies invasoras, como el jacinto de agua o el mejillón cebra.
La falta de acuerdo ha tenido consecuencias prácticas para el turismo fluvial. Empresas portuguesas denuncian que la prohibición sigue aplicándose y que sus clientes son sancionados al amarrar en localidades españolas como Cheles, siguiendo instrucciones de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Fuente:as.com
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