El tribunal obliga al patrón del pesquero a pagarle a las mujeres un recargo de un 50% en sus pensiones

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dado la razón a cuatro de las viudas de los ocho pescadores fallecidos en el naufragio del pesquero barbateño NuevoPepitaAurora, ocurrido en septiembre de 2007. El tribunal andaluz ha ratificado en parte la sentencia dictada en 2011 por el Juzgado de lo Social número 3 de Cádiz y ha condenado al patrón del barco, José Vega, a abonar un recargo de un 50% en las pensiones de estas viudas.

Al igual que ocurriera en primera instancia, la nueva sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, también destaca la falta de medidas de seguridad y el sobrepeso que llevaba el Nuevo Pepita Aurora el día que se produjo la tragedia, un dato que ha sido muy bien valorado por el abogado de estas cuatro viudas, Ramón Dávila, que considera que este fallo judicial es «importante» porque confirma «cómo ocurrieron los hechos». Por ello anticipa que esta sentencia «tendrá influencia» en el proceso penal que se mantiene abierto en un Juzgado de Algeciras.

En septiembre de 2011, el Juzgado de lo Social de Cádiz número 3 admitió la demanda de estas cuatro viudas y condenó a la empresa Nuevo Pepita Aurora S.L. al pago de un recargo del 50% sobre sus prestaciones de viudedad y orfandad dadas las graves faltas de medidas de seguridad que influyeron en el desenlace del accidente. La diferencia es que esa primera sentencia sólo aplicaba la condena a la sociedad, que, según el abogado de las demandantes, fue liquidada por los socios sin hacer frente a sus responsabilidades legales. Ahora, por el contrario, el TSJA amplía la responsabilidad al armador y patrón del barco, José Vega, aceptando así el recurso presentado por las viudas contra la sentencia dictada en primera instancia.

El TSJA señala que en realidad la empresa era una sociedad familiar en la que José Vega, patrón y armador del barco, arrendó la nave a la sociedad Nuevo Pepita Aurora S.L., formada por sus padres y que tenía como administradora única a su hermana. Por ello aplica la denominada doctrinadelvelo y acredita con ella la interrelación de bienes, derechos y obligaciones de las personas físicas y jurídicas relacionadas con la sociedad que, según dice, se constituyó con una apariencia jurídica en fraude de ley para eludir responsabilidades al auténtico titular del barco. Por ello revoca en parte la sentencia anterior y carga en el patrón toda la responsabilidad de los recargos en las prestaciones.

El abogado de las viudas reconoce que la nueva sentencia no abre muchas posibilidades reales de que Vega pueda abonar estas cantidades dada su situación económica pero adelanta que sus clientes insistirán en su derecho a obtener este recargo en sus prestaciones de viudedad (que rondan los 700 euros) y de orfandad de sus hijos (de casi 150 euros). Y añade que la sentencia tiene carácter retroactivo por lo que su cobro sería desde 2007, el año en que se produjo el naufragio.

Fuente:europasur.es