La empresa pública decidió destituirle como capitán por «pérdida de confianza» después de una sanción de la Inspección.
El Tribunal Supremo ha dado la razón a un trabajador de Salvamento Marítimo que fue degradado desde su puesto de capitán a primer oficial después de haber denunciado problemas de seguridad en los buques de la empresa pública.
En una sentencia del 7 de mayo de la Sala de lo Social a la que ha tenido acceso EL MUNDO, el alto tribunal interpreta que la decisión de la empresa de cesarle como capitán por presunta «pérdida de confianza» se produce realmente como castigo por sus denuncias, de ahí que condenen a la compañía pública a restituirle en su cargo e indemnizarle con 18.000 euros.
El protagonista de la historia lleva desde 1997 trabajando en Salvamento Marítimo con la categoría de primer oficial, hasta que en 2018 fue nombrado capitán de barco de salvamento -el responsable de dar instrucciones a la tripulación, que normalmente consta de 15 personas-. Estas embarcaciones se ocupan de salvar vidas humanas en el mar (por ejemplo, de migrantes cuando caen al agua o se producen accidentes), remolcan buques, se encargan de la seguridad marítima, el control de tráfico marítimo y la lucha contra la contaminación (de hecho, él mismo estuvo destinado en la isla de La Palma con motivo de la erupción del volcán en 2021). En 2015, además, pasó a ser delegado de prevención -representante sindical de CSIF especializado en riesgos laborales-, puesto desde el que presentó a lo largo de 2020 distintos «partes de no conformidad» a la dirección en los que les alertaba de incumplimientos de la normativa de riesgos laborales dentro de la compañía.
En particular, denunciaba que el buque al que estaba asignado (pasan un mes embarcados y uno de vacaciones, de forma alterna) no contaba con un sistema de detección de incendios, ni tampoco ofrecía la posibilidad de soltar al mar un bote de rescate si el buque se quedaba sin energía, ya que el único sistema disponible era un grúa, lo cual incumple la normativa internacional.
«El bote de rescate es un dispositivo de supervivencia. Cualquier dispositivo que esté a bordo de un buque, en un momento de emergencia tiene que poder ser operado al margen de la energía del buque, por ejemplo, una balsa salvavidas o un bote de rescate). Si nos ponemos en una situación extrema tenemos que poder salvarnos, en este caso no era posible porque el bote había que arriarlo con una grúa general que no podía operar sin la planta de potencia, que además estaba en el otro extremo del buque. No era nada parecido a lo que debe ser para cumplir con la normativa», explica el denunciante a este periódico.
Además, como el buque era antiguo no contaba con un sistema de detección de incendios, que en este caso era obligatorio porque la embarcación había sido sometida a importantes reparaciones. «Dado el trabajo que hacemos debía de tener una central de detección de incendios. Todos los buques la tienen, pero este era una excepción porque era el más antiguo de la flota», apunta. El buque tiene más de cuarenta años y hasta ahora no ha sido sustituido por uno nuevo que cumpla la normativa. A estos problemas de seguridad se sumaba que el buque había tenido que ser reparado por contener amianto que había estado en contacto con la tripulación. Aunque la empresa accedió a someter a reconocimientos médicos a los que estaban embarcados en el buque en el momento en que trascendió el problema, no lo permitió para quienes habían trabajado en ese buque en el pasado.
El capitán puso en conocimiento de la empresa todas estas irregularidades pero no recibió ninguna respuesta, a pesar de que según la norma ISO 9001: 2015 de gestión de calidad, «en el momento en que se produce una no conformidad, incluyendo las que se originen por quejas, la organización debe: reaccionar ante la no conformidad y, cuando sea aplicable, tomar acciones para controlarla y corregirla y hacer frente a las consecuencias; evaluar la necesidad de acciones para eliminar las causas de la no conformidad, con el fin de que no vuelva a ocurrir ni ocurra en otra parte; implementar cualquier acción necesaria; revisar la eficacia de cualquier acción correctiva tomada; si fuera necesario, actualizar los riesgos y oportunidades determinados durante la planificación; y si fuera necesario, hacer cambios al sistema de gestión de calidad».
La pasividad de la empresa le llevó, pasado más de un año de ese momento y cuando ya no era delegado de prevención -ya en octubre de 2021- a presentar denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, organismo que acabó por sancionar a la empresa pública. Un mes después, la dirección se puso en contacto con él para anunciarle su destitución como capitán por «pérdida de confianza», sin darle más explicaciones.
Al interpretar que se trataba de una degradación en castigo por sus denuncias, el trabajador inició un proceso judicial contra la compañía. El primer fallo, del Juzgado de lo Social número 6 de La Coruña, dio la razón a la compañía, pero en respuesta al recurso del trabajador el Tribunal Superior de Justicia de Galicia acabó condenando a la empresa a reponerlo en el puesto de capitán y al abono de una indemnización de 18.000 euros. Un veredicto que ahora ha sido ratificado por el Tribunal Supremo.
«Evidentemente fue una represalia, porque normalmente cuando te nombran capitán ya lo eres para siempre. El único capitán que cesaron de los 36 que hay en la flota fui yo. Era más que obvio, así que dos años y medio después he obtenido una sentencia favorable. La empresa está condenada a reponerme en el puesto y a pagarme una indemnización», celebra.
Fuente:amp.elmundo.es
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