El jueves 12 de diciembre del 2024 a las 10.00 horas, la división Civil de la Corte de Apelación de Inglaterra y Gales hacía publico el fallo de apelación de la sentencia de la Corte Superior de Justicia en relación con el accidente del MT Prestige (A Coruña, noviembre del 2002).
El documento, de 66 páginas, es complejo y refleja el difícil encaje procesal y material de dos sistemas legales tan diferentes como el anglosajón y el continental. Para realizar un breve análisis del mismo nos remitimos estrictamente al denominado principio pay to be paid, es decir «pagar para ser pagado». El texto en sus párrafos 235 y 267 recoge clara y expresamente que la sentencia de la justicia española no debería ser ejecutada frente a la aseguradora que protege e indemniza de responsabilidades (una figura jurídica que se moldea bajo el nombre Club P&I y que se podría comparar como una mutua aseguradora) por haber vulnerado la cláusula pay to be paid. Manifiesta la sentencia que los juzgados españoles no aplicaron el citado principio, y obligaron a la compañía que aseguró a incurrir en costes para su defensa y mitigación de su riesgo.
El denominado Club P&I es habitualmente entendido en España como un seguro de responsabilidad, pero realmente es un seguro de indemnización. El asegurado debería realizar el pago de sus responsabilidades antes incluso de involucrar al asegurador. Por lo tanto, el citado club asume el pago de aquellas cantidades de las cuales el asegurado hubiera resultado responsable y siempre que el asegurado, efectivamente, las hubiera abonado. Es muy habitual que en las reglas (cláusulas generales) de todos los clubes de P&I, se recoja una referencia del tipo «a menos que el Consejo en su discreción pueda decidir algo diferente, es condición previa que para que un asegurado pueda tener derecho a recobrar del club cualquier coste, gasto o consecuencia de responsabilidad, que [los costes] hubieran sido abonados previamente por el asegurado». Son muchos los precedentes judiciales en los juzgados y tribunales de Inglaterra que ya desde finales del siglo XIX recogen la referencia a este precepto. Pero fue la famosa sentencia Fanti-Padre Island de 1989, la que no deja ninguna duda al respecto de la aplicación de la citada regla.
En el caso que desafortunadamente nos ocupa no consta que el miembro del club o asegurado, Mare Shipping Inc (armadores) ni Universe Maritime Ltd (como managers o gestores) hubieran abonado cantidad alguna al Reino de España, por lo cual su aseguradora, London P&I Club, no estaría obligada a hacerlo. La sentencia acoge esta tesis en toda su extensión. Independientemente de formular referencia a muchas otras consideraciones jurídicas, alguna de las cuales incluso son favorables a la posición del Reino de España, la valoración de la aplicación de este principio supone causa suficiente para que no se produzca la obligación del pago de indemnización alguna. En todo caso, la sentencia podría tener un último recurso que entendemos difícilmente variaría la trascendental aplicación de la citada regla pay to be paid.
Fuente:lavozdegalicia.es
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