Portugal es Europa.

Pesqueros con tripulaciones extranjeras.

Todo est谩 perfectamente 芦dise帽ado禄.

Justificaci贸n

Desde el naufragio de los pesqueros O麓Bahia, Siempre Casina, Enrique el Morico y otros, no s贸lo existen muchos m谩s medios e innovaciones tecnol贸gicas, sino tambien un cambio considerable en la capacidad de gesti贸n.

En el a帽o 2005, por iniciativa del diputado Francisco Rodr铆guez, del Grupo Mixto/BNG, compareci贸 en el Congreso de los Diputados el secretario general de Transportes, Fernando Palao Taboada, para informar sobre las causas del naufragio del pesquero O’Bah铆a.

En esta comparecencia quedaron muy claras las causas del naufragio del pesquero y por medio de la Comisi贸n Permanente de Investigaci贸n de Siniestros Mar铆timos se hicieron las siguientes recomendaciones:

Primera: Realizaci贸n de una campa帽a de concienciaci贸n dirigida a los patronos de buques de pesca sobre los peligros de navegaci贸n con mar de popa o de aleta, incidiendo especialmente en los factores externos que originan situaciones de reducci贸n de la estabilidad, de aumento de la escora y de acometidas de grandes olas. La campa帽a deber铆a tratar sobre las decisiones a tomar para reducir el riesgo en dichas condiciones de la mar, siendo deseable la confecci贸n de diagramas polares, particularizados para cada buque, que contemplen las zonas cr铆ticas de su navegaci贸n, en funci贸n de las caracter铆sticas de las olas y de su direcci贸n, y el rumbo, la velocidad y la eslora del buque.

Segunda: Realizaci贸n de una campa帽a de concienciaci贸n dirigida a los patronos y tripulantes de buques de pesca sobre los riesgos de mantener abiertas durante la navegaci贸n puertas de acceso a la acomodaci贸n y portillos del casco.

Tercera: Realizaci贸n de inspecciones a bordo, fuera de programa, sobre la disposici贸n y estado de los imbornales, groeras o falucheras para desalojo del agua embarcada en cubierta y que las condiciones de carga y estiba a bordo satisfagan los criterios de estabilidad establecidos.

El Real Decreto 2062/1999, de 30 de diciembre ( BOE de 21 de enero de 2001 ), por el que se regula el nivel m铆nimo de formaci贸n en profesiones mar铆timas, habilita en su disposici贸n final sobre formaci贸n al personal de los buques pesqueros, especialmente en materia de lucha contra incendios, salvamento, supervivencia, prevenci贸n de accidentes y comunicaciones.

El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el art铆culo 5 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevenci贸n, tiene entre sus cometidos el relativo a la elaboraci贸n de gu铆as destinadas a la evaluaci贸n y prevenci贸n de los riesgos laborales.

Para garantizar el control de estos riesgos y para llevar a cabo una pol铆tica preventiva ad hoc, la UE, mediante la Directiva 93/103/CE de 23 de septiembre, establece las disposiciones m铆nimas de seguridad y salud en el trabajo a bordo de los buques de pesca.

Esta Directiva ha sido transpuesta al ordenamiento jur铆dico espa帽ol a trav茅s del Real Decreto 1216/1997, de 18 de julio, que establece las disposiciones m铆nimas de seguridad y salud en el trabajo a bordo de los buques de pesca nuevos y existentes.

En las gu铆as destinadas a la evaluaci贸n y prevenci贸n de los riesgos laborales, queda meridianamente claro que, los armadores adoptar谩n las medidas necesarias para que:

芦Los buques sean utilizados sin poner en peligro la seguridad y la salud de los trabajadores, en particular en las condiciones meteorol贸gicas previsibles, sin perjuicio de la responsabilidad del capit谩n禄.

Visto lo cual es inconcebible que todav铆a nadie haya reparado t茅cnicamente en una navegaci贸n sujeta a riesgos imprevisibles, susceptibles de ser abortados y anunciados en el Congreso de los Diputados.

El objetivo de la investigaci贸n de todo siniestro mar铆timo es prevenir siniestros an谩logos en el futuro.

La gesti贸n de la seguridad contempla posibles conocimientos t茅cnicos insuficientes o bien carecer de los conocimientos generales necesarios para realizar el trabajo a bordo, debido a falta de experiencia y/o formaci贸n.

Por ejemplo, navegaci贸n, buenas pr谩cticas marineras, sistemas de propulsi贸n, manipulaci贸n de la carga, comunicaciones o meteorolog铆a.

Esperamos y deseamos que la Comisi贸n de Investigaci贸n de Siniestros Mar铆timos deje bien clara la influencia o incidencia de la interpretaci贸n de la meteorolog铆a en el caso que nos ocupa y sobre la Prevenci贸n de Riesgos Laborales.