La OMI decide el año 2024 para el SMSSM modernizado
«Nuevos cursos modelo para abordar las necesidades de formación de la gente de mar.»
«A partir de la sesión NCSR 5 en febrero de 2018, se prevé un total de cuatro sesiones para completar el trabajo, con el apoyo de otros subcomités, por ejemplo, con respecto al desarrollo de nuevos cursos modelo para abordar las necesidades de formación de la gente de mar.»
El Comité de Seguridad Marítima (MSC) de la OMI aprobó un plan de modernización para el Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos (GMDSS), que salva cientos de vidas de gente de mar cada año, en su reciente sesión de junio (MSC 98).
El plan requerirá enmiendas integrales a los Capítulos III y IV del Convenio Solas, junto con enmiendas relacionadas y consiguientes a otros instrumentos existentes de la OMI.
Sin embargo, el comité decidió extender la implementación de estos cambios del Solas hasta 2024.
Decidió que 2022 sería un año objetivo realista para completar el trabajo de modernización y para la adopción formal del proyecto de enmiendas.
La entrada efectiva en vigor se produciría en 2024, sujeto al cumplimiento del procedimiento de modificación tácita del Solas.
El GMDSS se adoptó en 1988 y se implementó plenamente en 1999. Inmarsat sigue siendo el único proveedor de servicios GMDSS reconocido por la OMI hasta la fecha.
Sin embargo, se espera que la solicitud de reconocimiento de Iridium como proveedor adicional reciba la aprobación formal en el MSC 99 en mayo de 2018.
El comité basará su decisión en la evaluación técnica final de la capacidad de Iridium como proveedor de servicios móviles por satélite realizada por la Organización Internacional de Satélites Móviles (IMSO). Inmarsat también ha solicitado obtener la aprobación formal del GMDSS en sus servicios FleetBroadband y espera obtenerla en MSC 99, según el vicepresidente senior de seguridad de Inmarsat Maritime, Peter Broadhurst.
Reconociendo la necesidad de sustituir las referencias existentes del Convenio Solas a Inmarsat por la referencia genérica “servicio móvil por satélite reconocido”, el MSC 98 acordó una definición del término a los efectos del Capítulo IV del Convenio Solas.
Esta definición también es necesaria para evitar inconsistencias con las regulaciones de radio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), que otorga un significado diferente al término.
Otras decisiones sobre comunicaciones de seguridad tomadas en el MSC 98 incluyen la adopción formal de una nueva resolución del MSC que recomienda normas genéricas de rendimiento para cada estación terrena de barco que opere en un servicio móvil por satélite reconocido por la OMI para su uso en el SMSSM.
La resolución distingue entre un servicio móvil satelital reconocido antes de enero de 2021 y uno que se reconoce después de ese momento.
También permite un período de transición para mantener la funcionalidad actual del equipo. Inmarsat C y Fleet 77 están designados como sistemas y servicios heredados según la Sección 7 de la Resolución 1001(25) de la Asamblea de la OMI, que cubre los criterios y requisitos para el suministro de sistemas de comunicaciones móviles por satélite en el SMSSM.
El MSC 98 también aprobó proyectos de texto para enmiendas al capítulo IV del Convenio Solas, junto con certificados de equipo revisados para incorporar la referencia genérica «servicio móvil por satélite reconocido» con el fin de abordar el uso futuro previsto de los servicios móviles por satélite para el SMSSM.
Se espera su adopción formal en el MSC 99, que también decidirá su fecha de entrada en vigor.
Mientras tanto, la enorme tarea de actualizar el GMDSS recaerá principalmente en el subcomité de seguridad de la navegación, comunicaciones y búsqueda y salvamento (NCSR) de la OMI.
A partir de la sesión NCSR 5 en febrero de 2018, se prevé un total de cuatro sesiones para completar el trabajo, con el apoyo de otros subcomités, por ejemplo, con respecto al desarrollo de nuevos cursos modelo para abordar las necesidades de formación de la gente de mar.
La revisión está impulsada por la urgente necesidad de adaptar el SMSSM al uso de sistemas de comunicaciones modernos y descartar los requisitos de transporte de sistemas obsoletos que los barcos ya no utilizan para cumplir con los requisitos funcionales del SMSSM.
También existe una necesidad imperiosa de armonizar las disposiciones de la OMI con las regulaciones de radiocomunicaciones de la UIT.
El SMSSM modernizado presagiará la introducción de comunicaciones terrestres que utilizan tecnologías digitales para recibir información sobre seguridad marítima. Proporcionará capacidades de búsqueda y rescate mejoradas y más confiables al incluir el sistema meosar Cospas-Sarsat.
Se están examinando nuevos requisitos para el transporte de dispositivos de localización de búsqueda y salvamento en botes y balsas salvavidas.
Los buques existentes podrán seguir utilizando sus sistemas de comunicaciones existentes, de conformidad con el principio de derechos adquiridos habitual.
La revisión también tendrá en cuenta el trabajo de la OMI relacionado con los avances en la navegación electrónica, ya que tienen implicaciones para las comunicaciones tanto por radio como por satélite.
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