¿Quién debe dirigir la Autoridad Marítima?
por Tribuna12 enero, 2026
La figura del Capitán Marítimo ocupa una posición central dentro del sistema de seguridad y control del tráfico marítimo. Se trata de un cargo con responsabilidades directas sobre la seguridad de la navegación, la prevención de la contaminación marina, la aplicación de los convenios internacionales y la gestión operativa del tráfico en los puertos. Por ello, el perfil profesional de quienes ocupan estas funciones no es una cuestión menor, sino un elemento clave del modelo marítimo de un país.
- Navegación y maniobra en aguas restringidas

Juan Moreno Gutiérrez, jefe de máquinas de la Marina Mercante
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El caso español: una excepción en el entorno europeo
En la mayoría de países de la Unión Europea y del ámbito anglosajón, los cargos equivalentes a Capitán Marítimo, Harbour Master o director of Maritime Safety suelen estar ocupados mayoritariamente por marinos con experiencia profesional en navegación, complementados por equipos técnicos donde la ingeniería naval desempeña un papel esencial.
Francia: la autoridad marítima se apoya fundamentalmente en oficiales de la marina mercante o de la marine nationale, con sólida experiencia operativa.
Italia: el Corpo delle Capitanerie di Porto está integrado por oficiales con formación marítima y competencias operativas claramente definidas.
Reino Unido: los Harbour Masters y cargos equivalentes proceden mayoritariamente del ámbito náutico-profesional, con amplio conocimiento del tráfico y la navegación.
Estados Unidos: la US Coast Guard combina perfiles operativos con técnicos, pero las funciones de control del tráfico y seguridad recaen en personal con experiencia directa en operaciones marítimas.
España, sin embargo, ha desarrollado un modelo en el que los ingenieros navales ocupan de forma habitual cargos de Capitán Marítimo, configurando una excepción dentro del entorno comparado.
Tutela administrativa y coherencia institucional
A esta singularidad funcional se añade un elemento adicional que merece reflexión desde el punto de vista administrativo. En España, la marina mercante y sus profesionales dependen orgánicamente del Ministerio de Transportes, que ejerce la tutela sobre la formación, certificación y ejercicio profesional de los marinos mercantes. Por el contrario, la ingeniería naval se enmarca tradicionalmente en el ámbito del Ministerio de Industria, al estar vinculada a la actividad industrial, la construcción naval y la ingeniería de sistemas.
Desde esta perspectiva, resulta llamativo que cargos operativos de autoridad marítima (directamente relacionados con la seguridad de la navegación, el tráfico marítimo y la aplicación de convenios internacionales) sean ocupados de forma habitual por profesionales pertenecientes a un ámbito administrativo distinto al del colectivo profesional tutelado por el propio ministerio competente en marina mercante.
Esta situación no cuestiona la capacidad técnica de los ingenieros navales, pero sí plantea una cuestión de coherencia institucional. En la mayoría de sectores regulados, los ministerios tienden a estructurar sus órganos operativos en torno a los perfiles profesionales que forman, regulan y supervisan, reforzando así la continuidad entre formación, ejercicio profesional y responsabilidad administrativa.
La práctica internacional muestra que la autoridad marítima se apoya en perfiles con experiencia operativa directa en navegación y tráfico, mientras que los perfiles técnicos especializados actúan como soporte esencial en ámbitos normativos, de inspección y de seguridad técnica. Avanzar hacia un modelo de este tipo permitiría alinear de forma más coherente la tutela administrativa, las competencias profesionales y las funciones reales de la autoridad marítima.
Tutela administrativa y coherencia institucional
A esta singularidad funcional se añade un elemento adicional que merece reflexión desde el punto de vista administrativo. En España, la marina mercante y sus profesionales dependen orgánicamente del Ministerio de Transportes, que ejerce la tutela sobre la formación, certificación y ejercicio profesional de los marinos mercantes. Por el contrario, la ingeniería naval se enmarca tradicionalmente en el ámbito del Ministerio de Industria, al estar vinculada a la actividad industrial, la construcción naval y la ingeniería de sistemas.
Desde esta perspectiva, resulta llamativo que cargos operativos de autoridad marítima (directamente relacionados con la seguridad de la navegación, el tráfico marítimo y la aplicación de convenios internacionales) sean ocupados de forma habitual por profesionales pertenecientes a un ámbito administrativo distinto al del colectivo profesional tutelado por el propio ministerio competente en marina mercante.
Esta situación no cuestiona la capacidad técnica de los ingenieros navales, pero sí plantea una cuestión de coherencia institucional. En la mayoría de sectores regulados, los ministerios tienden a estructurar sus órganos operativos en torno a los perfiles profesionales que forman, regulan y supervisan, reforzando así la continuidad entre formación, ejercicio profesional y responsabilidad administrativa.
La práctica internacional muestra que la autoridad marítima se apoya en perfiles con experiencia operativa directa en navegación y tráfico, mientras que los perfiles técnicos especializados actúan como soporte esencial en ámbitos normativos, de inspección y de seguridad técnica. Avanzar hacia un modelo de este tipo permitiría alinear de forma más coherente la tutela administrativa, las competencias profesionales y las funciones reales de la autoridad marítima.
Hacia un modelo complementario y alineado con Europa
La reflexión no debería plantearse en términos de confrontación entre colectivos, sino de complementariedad funcional. La seguridad marítima moderna exige tanto:
- Conocimiento operativo de la navegación y del tráfico marítimo
omo dominio técnico de la ingeniería naval, la normativa y la inspección
Un modelo equilibrado podría reservar los cargos de dirección operativa de Capitanías Marítimas a profesionales con competencias STCW y experiencia en navegación, mientras que la ingeniería naval seguiría desempeñando un papel clave en áreas técnicas, normativas, de inspección y de diseño regulatorio.
Este enfoque permitiría a España alinearse con las mejores prácticas internacionales, reforzar la credibilidad del sistema marítimo y aprovechar plenamente el capital humano de ambos colectivos.
Conclusión
La cuestión de quién debe ocupar los cargos de Capitán Marítimo no es una discusión corporativa, sino una reflexión sobre eficiencia institucional, coherencia formativa y alineación con los estándares internacionales. En un sector tan regulado y global como el marítimo, la correspondencia entre competencias adquiridas, experiencia profesional y responsabilidades administrativas resulta esencial.
Abrir este debate desde una perspectiva técnica y comparada puede contribuir a fortalecer el sistema marítimo español y a situarlo en plena sintonía con el modelo europeo e internacional de gobernanza marítima.
Juan Moreno Gutiérrez
Jefe de Máquinas de la Marina Mercante
Profesor honorario del departamento de Máquinas y Motores Térmicos acreditado como profesor emérito por la Agencia Andaluza de Evaluación de la calidad) de la Universidad de Cádiz.
Comandante de máquinas de la Armada (RNA) en situación de retiro.
Ex embajador de la OMI
Fuente:naucher.com
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