
Una de las acepciones de la palabra “justicia” según la Real Academia Española es la “idea moral que inclina a dar a cada uno lo que le corresponde o pertenece”. En el ámbito puramente del poder judicial, lo es en aplicación de las leyes y con castigo a quien las incumple. Pero hay un concepto que con frecuencia se escapa del mero valor semántico y es el de la necesidad, casi diríamos que obligación, de ofrecer una respuesta en tiempos coherentes, asumibles. Y eso produce frustración y dolor, además del irreprimible sentimiento de injusticia.
La instrucción de la causa que investiga las eventuales responsabilidades por el naufragio del Villa de Pitanxo —y podríamos añadir infinidad de ejemplos— se alargará como mínimo hasta el cuarto aniversario de la catástrofe, sin que las familias hayan recibido el sosiego de una respuesta judicial, sin que se vean resarcidas al menos parcialmente en su dolor, y sin haber aclarado por qué fallecieron 21 de las 24 personas que iban a bordo del pesquero aquella noche del 15 de febrero de 2022 en aguas de Terranova.
Exigir justicia no presupone abogar por una responsabilidad penal para el capitán del buque o su armadora. En absoluto. Eso corresponde a quien debe impartirla. Pero es vital para conocer la verdad que la investigación de los hechos sea plena, limpia e indiscutiblemente imparcial. Con respeto a las víctimas y a sus familias. Las penosas dilaciones que está acumulando la causa están mellando, quién sabe si definitivamente, la confianza en el procedimiento.
Es vital para conocer la verdad que la investigación de los hechos sea plena, limpia e indiscutiblemente imparcial.
Es muy difícil de aceptar, al menos por lo conocido hasta ahora, que el pleno de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (Ciaim) no haya entregado su informe sobre el naufragio, máxime teniendo en cuenta que ya ha sido sometido a su análisis en al menos siete ocasiones, entre octubre de 2024 y el pasado mes de abril. Qué explicación podrá aportar este organismo, que existe en todos los países ribereños en aplicación de los acuerdos de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (1982), para defender sus conclusiones entre tanto titubeo y continua revisión. Porque esta es la imagen que están dando sus miembros: que no hay claridad en las conclusiones. Y es un hecho de máxima gravedad habida cuenta que el juez instructor de la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, considera “esencial” su incorporación a la causa para cerrar la fase de investigación.
Esta semana hemos conocido una sentencia, la primera, relativa al naufragio del arrastrero congelador. Un fallo indiscutiblemente favorable a la compañía armadora, que habrá de percibir una indemnización superior a los cinco millones de euros de tres aseguradoras por la pérdida del buque y la pesca que llevaba en las bodegas. El fallo se enmarca en un procedimiento civil, no penal, por cuanto no se ha sometido a evaluación en ningún caso por qué se hundió el Pitanxo o si hubo negligencia por parte del capitán o Pesquerías Nores. Lo que se ha dirimido en el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra es si la compañía tenía derecho a ser indemnizada por los bienes —barco y mercancía—que tenía asegurados. La magistrada ha determinado que sí. Y lo ha hecho tras haber instruido un procedimiento complejo, con múltiples testificales y periciales. En este contexto, es legítimo preguntarse por qué hay varias velocidades en un fin, el de la justicia, que ha asestado otra bofetada a las víctimas. Y no por el sentido de la sentencia, sino porque han visto cómo la cuestión monetaria —legítima, pero estrictamente económica— se ha resuelto con mucha mayor diligencia que la de una explicación definitiva para la pérdida de sus padres, hijos, parejas o seres queridos.
Esta primera sentencia dicta que el Villa de Pitanxo no incumplía los requisitos para su navegabilidad porque, entre otras cuestiones, no había sido sancionado por faenar repetidamente en aguas de Terranova tras haberle sido vetada esta área, como difundió la investigación de este periódico. Porque, en efecto, nadie promovió contra la armadora un reproche, siquiera administrativo, por operar en zonas de formación de hielos cuando le fue prohibido en marzo de 2018. Lo que lleva a la imperiosa reformulación, una vez más, de los protocolos para la navegación marítima, la revisión exhaustiva e independiente de nuestros barcos, para verificar que se hacen a la mar en condiciones de seguridad.
Que el traje de inmersión del capitán no había sido revisado jamás en veinte años, desde que lo estrenó, es un hecho indiscutible; no siendo esto, obviamente, la causa del naufragio, y aunque tampoco había engelamiento en la zona la noche del accidente, este tipo de anomalías merecen también un castigo, una rectificación y un resarcimiento. Eso, el exigir a las administraciones que cumplan su cometido y que no traten solo de desmarcarse de la cuestión en un lamentable ejemplo de inhumanidad, también es hacer justicia. Parapetarse detrás de protocolos cogidos con pinzas no es una opción. Y si esos protocolos muestran grietas que dejan en una situación de vulnerabilidad a nuestros marineros, tendrán que cambiarse.
Como también habrá que reforzar si es preciso, y es obvio que lo es, la dotación de investigadores de la propia Ciaim, que cuenta apenas con ocho integrantes y medio centenar de expedientes pendientes. Su homóloga británica, la Maib —la misma que emitió un informe preliminar solo tres meses después del dramático hundimiento del Argos Georgia, en julio del año pasado— acaba de mejorar su capacidad investigadora con más expertos, hasta los 17. En FARO lo hemos reivindicado por activa y por pasiva, por este y por todos los pitanxos pendientes de dilucidarse en sedes judiciales. Es una cuestión de justicia. Ni más ni menos.
Fuente:farodevigo.es
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