Mes: octubre 2025 (Página 4 de 14)

CIAIM

Menos consejos y más direcciones.

Grupo de expertos no gubernamentales del sistema mundial de Socorro

Naufragio pesquero Argos Georgia.

julio 20, 2025

«Saber nadar y…más cosas»…

Decíamos ayer…

Grupo de expertos no gubernamentales del sistema mundial de socorro

Congresos y Seminarios

junio 8, 2025

Seguridad Marítima y Seguridad de la Vida Humana en la Mar.

Selección de «ponentes idóneos» y anunciados logros para «el puto amo».

Medallas, condecoraciones, bandas (no de música), smokings, fracs, reconocimientos «números clausus» con asistencia de los acostumbrados aduladores a modo de autoridades y presuntas representaciones marítimas…

Así va todo…

A los muertos y desaparecidos y sus familias…que «les den bertorella»..

Querían una «mano de obleas»…

Decíamos…

El alto costo de esta nueva campaña, se podría evitar con la emisión de Avisos a los Navegantes/Navigational Warnings/NX, a través de los Centros de Radiocomunicaciones Marítimas/Radio Costeras/CCR, recordanto a los buques pesqueros la obligatoriedad del uso del chlaceco salvavidas en cubierta.

Ante la iniciativa de la Directora General de Trabajo de la Xunta de Galicia de fomentar el uso del chaleco salvavidas y prevenir accidentes laborales en el sector pesquero, distribuyendo más de once mil documentos de material informativo en concellos, cofradías, centros de salud, casas de cultura,lonjas y farmacias, además de 18 cursos prácticos de formación en actuación en caso de accidente y utilización correcta del chaleco salvavidas y otros medios de protección y salvamento con el solapamiento de los Planes Vixía, Aboia y otros, esta Plataforme muestra su disconformidad al amparo de las siguientes valoraciones.

La potenciación de la Seguridad de la Vida Humana en la Mar fue aprobada en el Congreso de los Diputados tras la Subcomisión de Investigación del Prestige.

Los conceptos respecto a la utilización de los chalecos salvavidas fueron también aprobados en el Congreso de los Diputados una vez investigados los siniestros de los pesqueros Siempre Casina, O´Bahía y Nuevo Pilín.

A raiz de estas iniciativas el Instituto Social de la Marina realizó una costosa campaña llamada » Amárrate a la Vida » por distintos puertos pesqueros españoles, resultando un fiasco por la falta de asistencia.

Las valoraciones de distintos inspectores internacionales que participaron como ponentes en Congresos y Conferencias españolas – concluyen – con la denuncia del desprecio de la cultura de la seguridad marítima.

Los chalecos salvavidas forman parte de una cadena de Subsistemas y Métodos del Sistema Mundial de Socorro.

A pesar de las recurrentes denuncias del Grupo de Expertos No Gubernamentales del Sistema Mundial de Socorro, nada se ha hecho por investigar, aprender o corregir las deficiencias o irregularidades detectadas o cometidas.

La Comisión de Investigación de Siniestros Marítimos, dependiente del Ministerio de Fomento, lejos de activar la preceptiva Alerta Rápida para advertir a la flota pesquera los riesgos asumidos por la minusvaloración del chaleco salvavidas, continua con su consabida autocomplacencia como consecuencia de su mal entendida independencia funcional y de que parte de sus respresentantes del Cuadro Orgánico forman parte de la cadena de formación recibiendo cuantiosas subvenciones para impartirla.

La formación marítima pesquera, en lo que respecta al Sistema Mundial de Socorro, se contempla en cuatro certificados,

Para la obtención de cualquiera de estos cuatro certificados, la normativa internacional – exige – ser apto o no apto.

Las estadísticas obtenidas, demuestran que todos los asistentes a estos cursos de formación resultan ser aptos, salvo rara excepción.

El idioma inglés, es de obligado cumplimiento en esta formación y a pesar de ello, se desprecia en los cursos.

España, como Estado Miembro de la Organización Marítima Internacional, tiene la obligación de verificar el grado de familiarización de los usuarios en el manejo del Sistema Mundial de Socorro, dentro de la modernización y actualización que se está llevand a cabo durante el período 2013-2017.

Nada se está haciendo.

La formación la necesitan los que la exigen.

Volvemos a recordar el documento elaborado por el Grupo de Trabajo por Correspondencia de Suecia en la OMI, sobre Formación de Seguridad Marítima y Cuestiones para el Futuro, en donde se destaca que la formación sobre seguridad marítima que se imparte a la gente de la mar y sus gestores en las Administraciones Marítimas terrenas, está principalmente constituida por tres componentes básicos:

a.- Los siniestros y accidentes marítimos, son el factor que desencadena el impulso hacia nuevos requisitos de competencia y formación.

b.- La constitución de acuerdos internacionales, en el marco de la OMI, constituye una plataforma para la formación en las áreas puestas de manifiesto por los siniestros y accidentes marítimos.

c.- La formación en sí y el modo de implantarla, se ven fuertemente influenciados por las decisiones tomadas por las Administraciones Marítimas nacionales.

Fdo

Anton Salgado/Luis Milian

Coordinadores

CIAIM

Pero de que coño hablan ustedes ?

Grupo de expertos no gubernamentales del sistema mundial de socorro.

Naufragio Tafra 3

septiembre 19, 2025

Las Recomendaciones de la CIAIM, van destinadas a Armadores, cofradías, administraciones, capitanías, DGMM y muchos más actores directos sumidos en la siniestralidad marítima.

Cual ha sido/es la respuesta ?

No hubo, ni hay, ni habrá respuesta.

Es decir, lo anunciado por Mr. Brand, inspector de seguridad irlandés en el Primer Seminario de Seguridad en el sector pesquero celebrado en Vigo en 2001, que fue concluyente.

«El sector pesquero desprecia la cultura de la seguridad».

Punto y final.

Que nadie se queje.

Los pesqueros en función de su zona de navegacion, van dotados de todas las tecnologías para evitar muertos y desaparecidos en la mar.

Para finalizar.

La Ciaim en su Informe Preliminar del Villa de Pitanxo, demuestra que los dos pesqueros rescatadores, Playa de Menduiña 2 y Novo Virgem da Barca, tenían las escuchas de Socorro cerradas/desatendidas y en consecuencia tuvieron que ser alertados por teléfono satelital con la consiguiente ralentización en el rescate de naufragos.

Y otra de las grandes incógnitas.

Transpondedores Sart.

Jamás se utilizan.

Justificación

Un colapso que afecta a vidas y bienes.

Se ha manifestado preocupación por el hecho de que muchos operadores del SMSSM a bordo de los buques carecen de familiarización respecto del funcionamiento operacional en cuanto a las comunicaciones de socorro, urgencia y seguridad, así como sobre elementos técnicos básicos, esenciales para la seguridad de la vida humana en el mar.

ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL
OMI

SUBCOMITÉ DE NORMAS DE
FORMACIÓN Y GUARDIA

37º periodo de sesiones

Punto 18 del orden del día

STW 37/18

7 febrero 2006

INFORME PARA EL COMITÉ DE SEGURIDAD MARÍTIMA

12 REVALIDACIÓN DEL TÍTULO DE OPERADOR DEL SMSSM

12.1 El Subcomité recordó que el MSC 78 había tomado nota de la inquietud del COMSAR 8 con respecto al desempeño de los titulares de certificados de operadores del SMSSM a bordo de los buques, y había pedido al Subcomité que examinara más detalladamente los aspectos de revalidación, con arreglo a lo dispuesto actualmente en el Código de Formación (MSC 78/26,
párrafo 16.30).

12.2 El Subcomité también recordó que el STW 36 había observado que la solicitud del COMSAR 8, así como las estadísticas facilitadas por Noruega y la información sobre casos concretos aportada por Alemania y el Reino Unido, hacen pensar que la actuación de los titulares de certificados de operadores del SMSSM se considera un problema, y había invitado a los Gobiernos Miembros y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a presentar los resultados de los estudios disponibles y sus propuestas para abordar esta cuestión, y en particular comprobar si la metodología de revalidación utilizada por los Estados Miembros es eficaz.

12.3 El Subcomité recordó además que el STW 36 había invitado al Comité a añadir un nuevo punto a su programa de trabajo, sobre «Actuación de las personas en posesión del título de operador de radio del SMSSM» e incluirlo en el orden del día del STW 37.

12.4 El Subcomité observó que el COMSAR 9 había tomado nota de esta solicitud del STW 36 y había invitado al Comité a cambiar el título por «Revalidación del título de operador del SMSSM».

El MSC 80 había sancionado las recomendaciones tanto del STW 36 como del
COMSAR 9, había añadido el correspondiente nuevo punto del programa de trabajo, cuyo plazo de ultimación es 2007, y lo había incluido en el orden del día del STW 37.

12.5 La ISF (STW 37/12) opinó que no era necesario cambiar el procedimiento de revalidación del certificado del SMSSM, y que la formación continua a través de la utilización normal del equipo y de los ejercicios a bordo era la forma más acertada de garantizar que se mantiene la competencia.

12.6 La India (STW 37/12/1) opinó que, habida cuenta de las deliberaciones del STW 33 y del STW 36, no convenía proponer que se vuelva a someter a nuevo examen a los titulares de certificados del SMSSM en el ámbito del Convenio de Formación, ya que tales certificados se expiden en virtud del Reglamento de Radiocomunicaciones.

Para abordar el problema, teniendo presente que las Administraciones marítimas expiden refrendos en virtud del Convenio de Formación de los certificados del SMSSM, la India propone impartir un breve curso de repaso
como condición para revalidar el refrendo en virtud del Convenio de Formación, que abarcaría los aspectos operacionales del equipo del SMSSM utilizado a bordo, y en particular el uso de nuevas tecnologías, tales como Fleet 77, Mini-M, SIA, SIA a larga distancia, SSA, RDT, etc.

12.7 Noruega (STW 37/12/2) informó al Subcomité de que sus estudios sobre las radiocomunicaciones habían puesto de manifiesto que los titulares de certificados de radiooperador del SMSSM no estaba lo suficientemente familiarizados con los aspectos técnicos y operacionales de los procedimientos de socorro y seguridad del equipo radioeléctrico instalado a bordo del buque en que prestan servicio.

De estos estudios se desprendía que el mantenimiento de las fuentes de energía de reserva no se había realizado correctamente, lo que había dado lugar a un funcionamiento defectuoso de la instalación radioeléctrica.

Además, muchos operadores carecían de los conocimientos necesarios para evitar que se transmitan falsos alertas de socorro.

Noruega señaló que en el cuadro A-IV/2 del Código de Formación se establecen las distintas competencias que deben reunir los operadores del SMSSM, incluidas las comunicaciones de búsqueda y salvamento y en situaciones de emergencia.

Durante el periodo de validez del certificado, que es de cinco años, la mayor parte de los radiooperadores adquieren una experiencia mínima o muy limitada sobre comunicaciones de búsqueda y salvamento y de emergencia.

Por ello, Noruega opina que las opciones numeradas en la sección A-I/11 del Código de Formación no bastan para adquirir suficiente competencia en las comunicaciones de búsqueda y salvamento y de emergencia.

Noruega considera que la manera más sencilla y eficaz de determinar si un radiooperador sigue teniendo las competencias necesarias en todos los tipos de radiocomunicaciones es efectuar un pequeño examen cada cinco años.

12.8 La delegación del Reino Unido opinó que un examen limitado no era una respuesta adecuada a los problemas identificados por Noruega. A su juicio, era esencial que los radiooperadores estén completamente familiarizados con el equipo instalado a bordo según una exigencia establecida con arreglo al sistema de gestión de la seguridad del buque, e impuesto por una rigurosa supervisión ejercida por el Estado rector del puerto.

12.9 La delegación de Ucrania informó al Subcomité que, su país ya estaba impartiendo cursos de repaso y de actualización a los radiooperadores antes de revalidar los certificados y propuso que tal revalidación fuera obligatoria cada cinco años.

12.10 La delegación de los Estados Unidos se mostró de acuerdo con el planteamiento de Noruega y apoyó la propuesta de elaborar cursos de repaso, tras opinar que sería necesario estudiar más detalladamente el contenido de tales cursos.

12.11 Muchas delegaciones apoyaron el punto de vista del Reino Unido y señalaron que la carencia de competencias básicas identificada por Noruega podría subsanarse si la gente de mar estuviera adecuadamente familiarizada con el equipo instalado a bordo, de conformidad con lo dispuesto en el Código IGS y si se llevara a cabo una rigurosa supervisión por el Estado rector del puerto.

También señalaron que, en consecuencia, no era necesario enmendar el Convenio de Formación.

En este contexto, propusieron publicar una circular MSC sobre la familiarización de la gente de mar con el equipo instalado a bordo.

12.12 La delegación de la República de Corea, tras manifestar su acuerdo con la propuesta sobre un breve curso de repaso presentada por la India, manifestó su preocupación por cuanto las medidas propuestas por Noruega exigirían que los radiooperadores también se sometan a un examen cada cinco años, lo que les impondría de una carga innecesaria.

Como alternativa, propuso que se elaborara una circular MSC en la que se inste a cada Administración a revisar su sistema actual de formación y titulación en el marco del SMSSM, a fin de garantizar su eficacia y para que durante los próximos cinco años los inspectores del estado de abanderamiento y del Estado rector del puerto lleven a cabo una intensa campaña respecto de los radio operadores del SMSSM y que únicamente aquellos respecto de los cuales se determine que carecen de las necesarias competencias estén obligados a seguir un cursillo de repaso o a someterse a un nuevo examen aprobado, con arreglo a lo que decida la Administración.

12.13 La delegación de Alemania, con el apoyo de muchas otras, opinó que, para garantizar que la gente de mar está familiarizada con el equipo de a bordo, resultaba urgente normalizar el equipo del SMSSM instalado a bordo de los buques, junto con los procedimientos operacionales.

En este contexto, también señaló que convendría informar de estas cuestiones a la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (CMR) prevista para 2007.

12.14 El observador de la CIOSL declaró que el curso de formación propuesto supondría una carga para la gente de mar, ya que tendría que realizarlo durante los periodos de vacaciones normales.

Por ello apoyó la propuesta de que la familiarización con el equipo se haga a bordo.

12.15 La delegación del Japón no apoyó la propuesta de Noruega, pues el STW 33 ya había acordado que no era necesario enmendar el Convenio, y porque se crearía una discrepancia con respecto a los requisitos aplicables al personal de las secciones de puente y de máquinas.

Además, en su opinión, no era necesaria ninguna prescripción obligatoria respecto de la renovación de certificados.

12.16 El Subcomité estuvo de acuerdo en que había un problema real de carencia de competencias entre los operadores del SMSSM, y que la solución a largo plazo sería la normalización del equipo y los procedimientos operacionales.

En este contexto, el Subcomité acordó invitar al COMSAR 10 a que refleje esta opinión en una declaración de coordinación de la OMI a la CMR 2007.

Como solución inmediata, el Subcomité optó por preparar una circular MSC sobre el fomento y la verificación de la familiarización permanente de los operadores del SMSSM a bordo de los buques, que figura en el anexo 4, e invitó al Comité a que la apruebe.

12.17 El Subcomité acordó pedir al Comité que suprima este punto de su programa de trabajo (véase el punto 15 del orden del día), ya que la labor a este respecto había concluido.

ANEXO 4

PROYECTO DE CIRCULAR MSC

FOMENTO Y VERIFICACIÓN DE LA FAMILIARIZACIÓN PERMANENTE DE LOS OPERADORES DEL SMSSM QUE PRESTAN SERVICIO A BORDO

1 En su [81º periodo de sesiones (10 a 19 de mayo de 2006)], el Comité de Seguridad Marítima, atendiendo a las propuestas formuladas por el Subcomité de Normas de Formación y Guardia en su 37º periodo de sesiones, aprobó las recomendaciones sobre el fomento y la verificación de la familiarización permanente de los operadores del SMSSM que prestan servicio a bordo, que figuran en el anexo.

2 Se invita a los Gobiernos Miembros a poner las recomendaciones adjuntas en
conocimiento de todas las partes interesadas, a fin de que las tengan en cuenta y tomen las medidas que estimen oportunas.

ANEXO 4
Página 2

ANEXO
FOMENTO Y VERIFICACIÓN DE LA FAMILIARIZACIÓN PERMANENTE DE LOS OPERADORES DEL SMSSM QUE PRESTAN SERVICIO A BORDO

1 Se ha manifestado preocupación por el hecho de que muchos operadores del SMSSM a bordo de los buques carecen de familiarización respecto del funcionamiento operacional en cuanto a las comunicaciones de socorro, urgencia y seguridad, así como sobre elementos técnicos básicos, esenciales para la seguridad de la vida humana en el mar.

2 Teniendo presente esta inquietud, se formulan las siguientes recomendaciones:

.1 el sistema de gestión de la seguridad del buque debe garantizar que todo el
personal al cual se pueda pedir que haga funcionar el equipo del SMSSM se
familiarice y reciba formación específica sobre el buque al incorporarse al mismo, y posteriormente a intervalos adecuados;

.2 la familiarización, ejercicios y formación a bordo respecto del equipo del SMSSM deben permitir que los operadores del SMSSM demuestren su familiarización en todo momento;

.3 esta familiarización debe verificarse durante las inspecciones en ejercicio de la supervisión por el Estado de abanderamiento o por el Estado rector del puerto; y

.4 si tales verificaciones arrojan resultados negativos, la Compañía debe adoptar las medidas oportunas con arreglo a las prescripciones de la Administración del Estado de abanderamiento

Los técnicos recomiendan a la armadora del Villa de Pitanxo que examine el trabajo de sus patrones

Aconseja también a Marina Mercante que haga revisiones sorpresa para detectar modificaciones no autorizadas en barcos

La Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (Ciaim) emitió en febrero del 2023, al cumplirse un año de la mayor tragedia de un pesquero gallego en 40 años, un primer informe, provisional, sobre las causas del hundimiento del Villa de Pitanxo, el arrastrero congelador de Marín que el Atlántico se tragó frente a Terranova, dejando un reguero de 21 víctimas mortales, 12 de ellas todavía desaparecidas. A diferencia de aquel, el publicado este jueves 23 incorpora conclusiones de por qué se produjo el hundimiento y, sobre todo, recomendaciones de seguridad, necesarias para que no vuelva a repetirse la catástrofe. Los técnicos de la Ciaim apelan a numerosas instancias en este informe. A la armadora para empezar, pero también a la empresa encargada del servicio de prevención Cualtis-Mugatra, Marina Mercante, Secretaría General de Pesca, Asociación de Armadores de Vigo, a la clasificadora Bureau Veritas, al colegio oficial de Ingenieros Navales e, incluso, al de Prácticos de Puerto.

La primera que hace a la armadora, Pesquerías Nores, tiene forma de recriminación, pues aconseja que implante una política de cumplimiento de la normativa de seguridad de sus buques, no en vano el informe es prolijo en los incumplimientos o abiertas irregularidades que había en el barco. En concreto, sugiere que lleve un registro de las reformas realizadas con sus correspondientes autorizaciones, el número de tripulantes embarcados —el armador comunicó en un primer momento a Salvamento Marítimo que iban 22 personas, cuando eran 24 las que iban a bordo—, que documente la realización de ejercicios reglamentarios, que se evite la sobrecarga del buque, que la tripulación se asegure de que se cierran las aberturas y puertas estancas, que se cumplan los horarios de trabajo y descanso a bordo y que se ocupe del mantenimiento de los trajes de inmersión.

https://www.lavozdegalicia.es/noticia/somosmar/2025/10/22/informe-final-villa-pitanxo-demoledor-confirma-negligencia-patron-empresa-armadora/00031761156997119286134.htm

Aconseja asimismo a Pesquerías Nores «que implante un canal de denuncias anónimas para la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas», como estipula la ley y, sobre todo, que evalúe el trabajo de sus patrones: «Que evalúe regularmente el desempeño de sus directivos teniendo en cuenta todos los aspectos de la gestión de sus buques, en la que participen los distintos estamentos involucrados en la gestión del buque (tripulantes, otros directivos de la empresa, contratistas, etcétera) y que establezca la formación necesaria para estos sobre la base de estas evaluaciones».

Tolva de desperdicios

Otro consejo es que elimine la tolva de desperdicios del parque de pesca en los buques en los que este espacio quede por debajo de la cubierta de francobordo y la sustituya por sistemas de almacenamiento y bombeo o por otros similares a los que la empresa ya ha instalado en el Villa Nores, gemelo del Villa de Pitanxo.

Es importante también que establezca un procedimiento de revisión de los trajes de inmersión en todos sus buques, pues los del Villa de Pitanxo no habían sido convenientemente chequeados desde su fabricación. Que informe a los marineros sobre los riesgos asociados a la hipotermia y sus efectos en los buques que faenan en áreas de formación de hielo, como la NAFO o las Malvinas, podría evitar problemas como los que se dieron en el naufragio analizado, por lo que convendría realizar ejercicios en ese sentido. Y ya si revisa y adapta a cada buque en concreto los manuales de formación que ahora tiene genéricos y poco prácticos, asegurándose de que contienen explicaciones sobre cómo actuar en caso de inundación o de vía de agua, serviría para reforzar la seguridad. Y lo mismo al servicio de prevención, que debería reforzar la formación de los tripulantes, instruirlos para trabajar en zona de hielo e, incluso, examinarlos para comprobar si han asimilado las enseñanzas.

Inspecciones intermedias

La Dirección General de la Marina Mercante es destinataria de una larga lista de advertencias. La primera recomendación es que las Capitanías Marítimas refuercen las inspecciones de arrastreros congeladores para facilitar la detección de modificaciones no autorizadas, incluyendo la toma de fotografías del buque para compararlas con los proyectos de construcción y reforma autorizados. Apela a que se ponga especial atención a revisar que no hay tanques de combustible al margen de los del proyecto y advierta a los astilleros que realizar obras de reforma no autorizadas es una infracción administrativa que «pone en riesgo al buque y a su tripulación». Recomienda, además, que se prohíba la instalación de tolvas de desperdicios por debajo de la cubierta de francobordo y sugiere que esa restricción se eleve a la UE e, incluso, a la OMI. Conviene también fijar un protocolo de revisión de los trajes térmicos.

Los técnicos son partidarios de que se exija el uso de radiobalizas personales de emergencia en los chalecos salvavidas de abandono en buques que naveguen en zonas de formación de hielo o con riesgo de aguas frías, dado que eso permitiría la rápida localización y facilitar su pronto rescate. Es más, recomiendan fijar unos límites de viento y olas a partir de los cuales no se debería faenar.

Mientras, Pesca debería articular procedimientos que permitan a las Capitanías Marítimas comprobar si los buques que solicitan despacho para faenar en la NAFO deben llevar observador de pesca, para garantizar que figuran en la lista de tripulantes. El del Villa de Pitanxo no lo estaba. De ahí que la Ciaim recomiende a Arvi recalcar a sus socios que los biólogos a bordo deben figurar en el listado, que les recuerde que deben formarse para trabajar en zona de formación de hielos y que valoren si sugerir que se compren chalecos con radiobalizas incorporadas y prendas suplementarias para dotar los puntos de reunión en el barco.

A Bureau Veritas, los técnicos le sugieren que en sus inspecciones comprueben que no hay más tanques de combustible que los que figuran en el proyecto.

Fuente:lavozdegalicia.es

Tomadura de pelo.

Pero vamos a ver, calamidades nuestras.

Miren, el Patrón, realizó un abandono de buque -de libro-…lo han entendido o se lo repetimos otra vez…

Activo un Distress Alert -de libro- lo han entendido?

Independientemente de las irregularidades que ustedes identificaron, lo que sí queda claro, es que esas Recomendaciones, deberían ustedes dirigirlas a la Xunta de Galicia por hacer un reconocimiento público – a unos héroes – que denegaron el auxilio a sus compañeros del Pitanxo al mantener las escuchas de Socorro cerradas.

Si, si, nos referimos al Playa de Menduiña Dos.

Lo recuerdan?

Hombre y ya metidos en harina, recomiendense así mismos algo que mejore sus habilidades en el GMDSS.

Resulta abracadabrante su desconocimiento del RR 2006 para zona 4, respecto a los Subsistemas y Metodos del GMDSS.

Oigan, que olvidaron ustedes el Resart, coño.

Recomendaciones ?

Señalen ustedes, si tienen cojones, a los distintos directores generales de la marina mercante que «se cagaron y plegaron» ante las exigencias de las cofradías respecto al mantenimiento a bordo de botiquines y balsas
Solas.

Hablamos del Protocolo de Embarres ?

Como se puede exigir a un Patrón responsabilidades sin existir el tantas veces reclamado Protocolo de Embarres ?

En definitiva, ustedes son funcionarios del ministerio de transportes del mismo modo que lo son sus superiores.

Independencia, ninguna.

Presiones ?

Todas.

Por cierto, podrían especificar que papel jugó el entonces inspector que levantó los reports del pesquero antes de salir a la mar ?

Parece ser que en la actualidad es el capitán marítimo de Vigo.

No es afirmacion es pregunta.

Y los dos investigadores de Ciaim que pasaron a ser investigadores judiciales de la AN ?

Por favor, menos consejos y más direcciones.

Galicia carece desde hace días de uno de los dos helicópteros de Salvamento Marítimo

Desde el 20 de octubre, según el SLTA, Salvamento Marítimo solo dispone en Galicia del helicóptero con base en A Coruña, el Helimer 401, para «dar una rápida respuesta a las emergencias en que se encuentran vidas en peligro»

Solo auxilia en emergencias el de A Coruña, porque el de Santiago espera una grúa de rescate.

Desde A Coruña y desde Santiago de Compostela operan dos los catorce helicópteros que tiene desplegados Salvamento Marítimo en once bases situadas en el territorio nacional. Con todas estas aeronaves, cuya gestión adjudicó a la multinacional Avincis, Salvamento se propone «dar una rápida respuesta a las emergencias que necesitan una actuación inmediata por las condiciones de gravedad, supervivencia o evacuaciones médicas». Desde el lunes, la de Santiago está parada porque le falta una grúa de rescate, con lo cual, solo puede auxiliar con la de A Coruña a tripulantes de cualquier embarcación cuyas vidas corran peligro.

El Sindicato Libre de Trabajadores Aéreos (SLTA) denuncia una carencia que atribuye a Avincis, «propiedad del fondo de inversión británico Ancala Partners, que deja cojo el servicio de rescate aéreo en el mar a los barcos gallegos». Salvamento lo confirma: «El helicóptero asignado a Santiago permanece inoperativo hasta que se le instale una grúa de rescate, cuyo retraso se debe a problemas en la cadena de suministro». Desde este organismo adscrito al Ministerio de Transportes precisan que la aeronave con base en A Coruña «sí se encuentra operativa para atender cualquier emergencia marítima».

También están disponibles otros dos autogiros que gestiona Avincis en Galicia, los del servicio de Gardacostas de Galicia, el Pesca 1 y el Pesca 2, con bases en Vigo y en Viveiro.

Salvamento no concreta desde cuándo está paralizado ni cuándo volverá a prestar servicio el asignado a Santiago. Solo apunta que la grúa que espera «ya está en Europa y será instalada una vez superados los controles aduaneros». El SLTA asegura que esta aeronave «se encuentra en A Coruña, al parecer por no disponer de las dos grúas y, por tanto, por no tener capacidad de rescate». 

«Penalizaciones»

Por 270 millones de euros, en un contrato que Avincis valora en 305, España ha vuelto a adjudicarle a Avincis el servicio aéreo de salvamento marítimo, que además de los helicópteros incluye tres aviones con bases en Santiago, Valencia y Las Palmas. Una situación como la paralización del autogiro de Santiago «está contemplada en el contrato con Avincis, que prevé penalizaciones y ajustes en la facturación en función de los indicadores mensuales de operatividad», explican desde Salvamento.

Desde el 1 de julio, el SLTA ha convocado una huelga indefinida en Avincis en «defensa de unas condiciones laborales dignas en un sector que opera en entornos críticos y de alto riesgo». Un paro invisible para la sociedad porque, al tratarse de medios de emergencias, los servicios mínimos obligan a las tripulaciones a desempeñar su trabajo habitual. No pueden secundar la huelga, pero «la legislación prohíbe la realización de horas extraordinarias, apunta el citado sindicato.

El SLTA culpa a «la política de recortes y precarización impulsada por Ancala Partners» de privar a Galicia de uno de los dos helicópteros de Salvamento Marítimo. Sostiene que «el único objetivo» de ese fondo de inversión sería el de «abaratar costes, precarizando los servicios que presta y las condiciones laborales de los trabajadores».

Salvamento no entra en otras afirmaciones del SLTA, que asegura que Avincis sustituyó el helicóptero de Santiago por «otro de modelo diferente», pero no podría mantenerlo en activo porque «no dispone de suficientes tripulaciones técnicas de vuelo formadas ni habilitadas».

Fuente:lavozdegalicia.es

CIAIM

Informe Final.

Apartado COVID.

Unos lapsus reveladores.

Demuestran :

1

El abuso de autoridad del Patrón.

2

El recurrente desconocimiento de los investigadores y Pleno de la Ciaim.

Justificación

Razones por las que no se cita esta Resolucion ?

Resolución de la Organización Marítima Internacional, A.1160 (32) de 15 de diciembre de 2021 para la gestión del Covid, donde se instaba a los Estados Miembros y autoridades pertinentes a que designaran a la gente de mar «trabajadores esenciales» a fin de facilitar los permisos de tierra y el movimiento transfonterizo seguro y sin impedimentos.

Grupo de Expertos no Gubernamentales del Sistema Mundial de Socorro

Villa de Pitanxo

Cese del Director General de la Marina Mercante

Trabajadores Esenciales

Ante el brutal atropello a los derechos de los trabajadores del pesquero naufragado, este Grupo, recuerda la Resolución de la Organización Marítima Internacional, A.1160 (32) de 15 de diciembre de 2021 para la gestión del Covid, donde se instaba a los Estados Miembros y autoridades pertinentes a que designaran a la gente de mar «trabajadores esenciales» a fin de facilitar los permisos de tierra y el movimiento transfonterizo seguro y sin impedimentos.

Del mismo modo, se considerara la implantación del «Marco recomendado de protocolos del sector» para garantizar la seguridad de los cambios y los viajes de las tripulaciones de los buques durante la pandemia de coronavirus, proporcionando a la gente de mar acceso inmediato a la atención médica facilitando su inmediata evacuación.

Todo ello viene a demostrar la inacción y el pasotismo de las autoridades marítimas españolas que han facilitado un naufragio que jamás debió producirse caso de no haber permitido la salida de Villa de Pitanxo dejándolo en cuarentena o haber intervenido si hubieran tenido noticia del Centro Radiomedico de Madrid de la situación abordo, obligando al mando del buque pesquero a entrar de arribada en el puerto más cercano.

Son muchas las «autoridades» implicadas que deberían ser investigadas por su omisión del socorro.

En La Coruña a 4 de febrero de 2024

Fdo

Antón Salgado/Luis Milian
Coordinadores

👍CIAIM

Informe Final

«Tanques añadidos»

Donde estaban situados ?

Además del Patrón y casa armadora, de quien era la responsabilidad del sobrepeso por exceso de combustible en el pesquero?

Hombre, es más que evidente.

Del personal de maquinas.

Al parecer, el responsable de la máquina, embarco por primera vez en el Pitanxo.

No chequeo sus responsabilidades?

Presento, antes de hacerse a la mar, denuncia en Capitanía?

El personal de maquinas, fue colaborador necesario del Patrón y casa armadora consecuencia del citado sobrepeso de combustible?

Respecto a la salida a la mar.

Antes de salir fue un inspector de capitanía y el barco estaba sobrecalado, a los tres dias volvió a Vigo para reparar y otro inspector de capitanía se presentó a bordo, los prácticos de Marín y Vigo en las maniobras de entrada y salida nada dijeron del sobre los calados.

La pregunta.

Podrán los familiares de las víctimas reclamar responsabilidades patrimoniales al Estado?

18 meses de prisión para el patrón gallego del «Nuevo Pepita Aurora»

Imagen de archivo de las labores de búsqueda de los cinco marineros desaparecidos en el naufragio del pesquero «Nueva Pepita Aurora».

El pesquero naufragó en el 2007 a 14 millas de Barbate llevándose por delante la vida de ocho personas. José Vega acepta indemnizar a cada una de las familias de los fallecidos con 150.000 euros

José Vega, patrón del Nuevo Pepita Aurora, que naufragó hace ocho años en las costas de Barbate (Cádiz) causando la muerte de ocho marineros, ha sido condenado este lunes a 18 meses de prisión y a indemnizar a las familias de los fallecidos con 150.000 euros para cada una de ellas.

La titular del juzgado de lo penal número 2 de Algeciras (Cádiz) ha dictado esta sentencia, que incluye también indemnizaciones de 35.000 euros para cada uno de los siete tripulantes que sobrevivieron a la tragedia, después de que todas las partes alcanzaran un acuerdo de conformidad, lo que ha evitado el juicio que iba a iniciarse esta misma mañana y que tenía previsto durar cuatro días.

De esta forma, un proceso judicial que ha durado ocho años, desde que el 5 de septiembre del 2007 el pesquero se hundiera en medio de un temporal cuando regresaba de faenar en Marruecos, se ha resuelto con una sentencia de conformidad en una vista que ha durado apenas unos minutos.

A ella, además de José Vega, que fue uno de los supervivientes, han acudido las viudas, hijos y familiares de los ocho marineros muertos en aquella tragedia, tres de los cuales desaparecieron en la mar y sus cuerpos nunca han sido recuperados, y los supervivientes.

«Queremos saber qué pasó y por qué, para que esto no vuelva a ocurrir», explicaba al inicio del juicio Loli Caravaca, una de la viudas.

Con la sentencia, José Vega acepta ser responsable de ocho homicidios imprudentes, siete delitos de lesiones imprudentes y uno contra la seguridad del trabajo, por los que el fiscal pedía en un principio cuatro años de prisión para él y las acusaciones particulares hasta veinte años de cárcel.

No se han visto reducidas las cantidades que el fiscal pedía para él como indemnizaciones para las viudas y para los supervivientes por una tragedia que, según las acusaciones, tuvo sus principales causas en las «gravísimas e irresponsables» conductas del patrón del pesquero.

Según su investigación el barco no pudo afrontar el temporal, cuando navegaba a 14 millas de Barbate, por un exceso de peso y porque tenía taponados los salideros de agua.

La jueza ha accedido a la petición del abogado del patrón, Jesús Gómez Grosso, y ha suspendido su ingreso en prisión bajo dos condiciones: que en el plazo de dos años no cometa otro delito y que haga frente a las responsabilidades económicas que ha contraído con las indemnizaciones, a no ser que se decrete y se acredite su situación de insolvencia.

A preguntas del juez, el patrón, que siempre ha pedido su absolución, ha dicho que acepta el acuerdo y la condena «por consejo de mi familia, de mis amigos y de mi abogado».

Uno de los supervivientes, José Crespo, recordaba hoy que el barco volcó «en tres segundos» y que él, como el resto de los supervivientes, no ha podido volver a la mar y tiene declarada la incapacidad laboral.

Para él, el patrón del barco «no se merece» ir a la cárcel, pero sí afrontar el daño que el accidente ha causado.

Ramón Dávila, abogado de algunas de las viudas, ha considerado que este juicio es «sólo un paso», pues el caso continúa vivo por otras vías, ya que han pedido la responsabilidad patrimonial del Estado.

Como el abogado que defiende a José Vega, este letrado cree que en este juicio «probablemente» se tendrían que haber sentado en el banquillo de los acusados responsables de los astilleros y de las administraciones públicas porque hubo fallos que supuestamente deberían haberse detectado antes de que el «Nuevo Pepita Aurora» se hiciera a la mar para no volver.

Fuente:lavozdegalicia.es

Grupo de expertos no gubernamentales del sistema mundial de socorro.

Villa de Pitanxo.

Informe Final de la Ciaim.

Es que tiene cojones la cosa.

Hoy, un medio de comunicación escrito, en su acostumbrado análisis del asunto marítimo y dentro de su acostumbrada ignorancia, hace referencia a las Recomendaciones de la CIAIM respecto a las Radio Balizas Personales.

La pregunta.

Para que coño sirve una Radio Baliza Personal si nadie recibe su alerta ?

Respuesta.

Las Recomendaciones de Ciaim, demuestran su profundo desconocimiento del RR 2006 o dicho de otra manera, no tienen ni puta idea de lo que hablan y recomiendan.

Sorprende la recomendación de botes cubiertos.

Esta fue una propuesta del manipulador de costumbre, aquel que exigía la misma seguridad para los buques pesqueros a semejanza de los mercantes.

Donde se estibarian?

«Coleguilla» además de insolente eres una ignorante.

Te reconocerán el Pulitzer ?

Quizás algún que otro reconocimiento?

La tinta de calamar es más que evidente.

«Pequeños detalles».

NOTA DE PRENSA

Pesquero Galerna : hombre al agua

El Área de Radiocomunicaciones de la Dirección General de la Marina Mercnate debería aclarar de una vez por todas qué ocurre con las radio balizas personales y su ámbito de aplicación y obligatoriedad

El Reglamento de Radicomunicacione de España contempla los chalecos salvavidas con radio baliza personal.

Fija una serie de pautas a seguir a bordo de los buques y cubiertas de buques pesqueros que al parecer o no los utilizan o bien son ineficaces.

El Área de Radiocomunicaciones de la Dirección General de la Marina
Mercante, es el departamento que homologó y homologa estos equipos.

Son muchas la quejas y denuncias de que estos equipos fueron o son ineficaces lo mismo que los equipos portátiles de VHF.

Demasiadas son las preguntas que se nos ocurren pero no somos nosotros los indicados y mucho menos los responsables de investigar por qué un hombre cae a la mar y su puente de gobierno no recibe la señal de alerta de socorro del chaleco salvavidas.

¿ Lo llevan realmente puesto los marineros que faenan en cubierta ?
¿ Lo llevaba el marinero del pesquero Galerna ?
¿ Estaba conectado el receptor en el puente de gobierno ?

Un simpre repaso al Artículo 22 del Real Decreto 1185/2006 y lo comprobaremos :

Las radiobalizas personales deben cumplir las siguientes disposiciones:
a. Las radiobalizas personales aplicables a los buques pesqueros que se citan en los artículos 47.4 y 67.2 y 3 han de funcionar únicamente en la frecuencia de 121,5 MHz, deben ir incorporadas al chaleco salvavidas y se activarán automáticamente en caso de caída de un hombre al agua. También podrán activarse de forma manual.
b. En el puente de gobierno de cada buque obligado a disponer de este tipo de radiobalizas se dispondrá de un receptor capaz de detectar las señales emitidas por aquéllas.
c. Adicionalmente, los buques a los que hacen referencia los artículos 40 y 67.2 deben disponer a bordo de un receptor direccional o un radiogoniómetro de VHF, capaces de determinar la orientación de la señal en la frecuencia indicada.
d.
e. Estas radiobalizas habrán de estar siempre a bordo del buque al que pertenezcan, en buen estado de funcionamiento y permanentemente dispuestas para ser utilizados por los tripulantes cuando el buque se haga al mar. Si, pese a lo indicado, se procede a la retirada de los equipos cuando el buque se encuentre en puerto, el operador del buque o la persona que ejerza el mando serán los responsables de su custodia y de su traslado a bordo antes de que el buque se haga al mar.
En La Coruña a 24 de abril de 2011

Fdo : Antón Salgado/Luis Milian

Coordinadores

Chalecos reinventados

¿ Quién permite estas homologaciones ?

¿ Qué manifiesta el Area de Radiocomunicaciones de la DGMM ?

¿ Se han aclarado los criterios de Alto Nivel del Reglamento de Radiocomunicaciones ?

¿ Se ha cesado al responsable o responsables de tanta muertes en la mar ?

GRUPO DE EXPERTOS NO GUBERNAMENTALES DEL SISTEMA MUNDIAL DE SOCORRO

Embarcación Fly : caída a la mar de su patrón en As Lobeiras ( Finisterre )

NOTA DE PRENSA
Nuevamente una embarcación de recreo se ha visto inmersa en un trágico y luctuoso accidente.

La embarcación Fly, ha perdido a su patrón por caida al agua, al menos esas son las suposiciones de los que dicen entender de búsqueda y salvamento.

Desde Galicia, todavia pendientes del Dictamen de la Comisión de Investigación de Siniestros Marítimos sobre los naufragios de la embarcaciones Cunchiñas y Furacán, nos preguntamos que tipo de medidas correctoras ha aplicado la Dirección General de la Marina Mercante para acabar de una vez por todas con la altísima siniestralidad de la Náutica de Recreo.

Recientemente, en el Pais Vasco, la embarcación Zirri, perdía en la mar a 3 de sus 5 tripulantes.

Mientras tanto, la Comisión de Investigación de Siniestros Marítimos dejaba señalados a los tripulantes del yate Kelbo, que perdió un hombre en aguas de Baleares en el año 2009, por su lamentable formación a la vez que advertía a Sasemar y a toda la Cadena de Responsabilidades de la ralentización del salvamento como consecuencia de la mala práxis en la aplicación de los protocolos de obligado cumplimiento.

Este Grupo de Expertos ha calificado como de autenticamente sorprendentes los acuerdos de colaboración alcanzados por la administración española con la Náutica de Recreo en el Salón Náutico de Barcelona.

Bajo el lema » menos legislación más formación » se esconde una minusvaloración de las medidas de seguridad que afectan a la vida humana en la mar.

Lo denunciamos y lo mantenemos.

¿ Cómo podría explicar ahora la Dirección General de la Marina Mercante la muerte del patrón de la embarcación Fly ?

¿ Quién homologa el equipamiento radioeléctrico de la Náutica de Recreo ?

¿ Se han denunciado los fallos de las Radio Balizas como en el caso del pesquero Cordero ?

¿ Se han denunciado los equipos portátiles de VHF por su pésima cobertura ?

¿ Se identificaron los fallos de las Radio Balizas Personales de los chalecos salvavidas como en el caso del pesquero Segundo Mar Caspio ?

¿ Qué departamento o área de la Dirección General de la Marina Mercante fue responsable de su homologación ?

¿ La Jefatura del Área de Radiocomunicaciones ?

¿ Se exigen los certificados Long and Short Range Certificate del Sistema Mundial de Socorro para la Náutica de Recreo ?

¿ Qué área de la Dirección General de la Marina Mercante ha permitido que los Subsistemas y Métodos del Sistema Mundial de Socorro se impartan como asignatura para la obtención de los títulos de recreo ?

¿ Nuevamente el Área de Radiocomunicaciones ?

Con el único fin de aclarar públicamente lo acontecido con este trágico y luctuoso accidente marítimo, este Grupo de Expertos, quiere dejar constancia de lo legalmente establecido en la Comisión de Investigación de Siniestros Marítimos y Prácticas Recomendadas por la Organización Marítima Internacional.

En modo alguno se pretende dejar señalado o culpar al patrón de la embarcación Fly, muy al contrario, lo que se persigue es que de una vez por todas la Dirección General de la Marina Mercante sea consciente de que con la recurrente modificación del Reglamento de Radiocomunicaciones ha minusvalorado la implementación del Sistema Mundial de Socorro en la Náutica de Recreo.

El Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, modifica ciertos aspectos que habían sido establecidos precisamente en el Reglamento de
Radiocomunicaciones, dejando sin efecto la obligatoriedad de la instalación de la Llamada Selectiva Digital dentro de las 12 millas.

Esto significa, nada más y nada menos, que cargarse de un plumazo el Sistema Mundial de Socorro en la Náutica de Recreo.

La embarcación Fly, se supone, autorizada para navegar dentro de las 5 millas, estaba sujeta al Artículo 60 del Reglamento de Radiocomunicaciones o Real Decreto 1185/2006 y debería ir provista de una instalación radioeléctrica de VHF, fija o portátil, a partir del 1 de enero de 2007.

Si la instalación era de tipo fijo, debería ser apta para utilizar las técnicas de llamada selectiva digital del Sistema Mundial de Socorro a partir del 1 de enero de 2009.

La Dirección General de la Marina Mercante, debería aclarar sin demora, si la embarcación Fly llevaba a bordo un equipo portatil de VHF estanco o esbaba sujeta a algún tipo exención.

La Dirección General de la Marina Mercante, delegó las competencias del Reglamento de Radiocomunicaciones Marítimas a bordo de los buques civiles españoles en las Capitanías Marítimas, por Resolución del 31 de marzo de 2009.

Esta Resolución modificó el Reglamento de Radiocomunicaciones a la hora de otorgar una exención, teniendo en cuenta el efecto que sobre la seguridad del buque y su tripulación puedan tener las condiciones meteorológicas locales y la cobertura de los servicios de comunicaciones existentes en la zona por la que el buque vaya a navegar, considerando razonable que sean las Capitanías Marítimas, como órganos de la Administración Marítima más próximos al entorno local y conocedores, por lo tanto, de las peculiaridades climatológicas y de la existencia y ubicación de los servicios de comunicaciones, quienes otorguen, por delegación, estas exenciones.

Con anterioridad a la referida Resolución, la Capitanía Marítima de Vigo, dictó una Resolución el 19 de abril de 2007, por la que se fijaban los equipos radioeléctricos que deberían llevar determinadas embarcaciones de pesca local, de pasaje y de recreo que ejercen su actividad en aguas correspondientes a dicha Capitanía Marítima.

La citada Resolución, hacía mención a las condiciones de la ría y muelles y consideraba la conveniencia de «potenciar el uso de equipos de VHF fijos por su mayor fiabilidad y alcance frente a los portátiles, así como el evitar la proliferación de radiobalizas donde no sean estrictamente necesarias por los posibles problemas que generaría su uso indebido o su activación accidental».

Visto todo ello y en aras a mejorar la seguridad de la vida humana en la mar, huelgan más análisis o comentarios.

La Dirección General de la Marina Mercante, debe aclarar sin demora este luctuoso siniestro marítimo a fin de aplicar las medidas correctoras oportunas.

En La Coruña, a 23 de abril de 2011

Fdo : Antón Salgado/Luis Milian

Coirdinadores

Villa de Pitanxo.

Jurisprudencia.

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