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Salvamento y denegaciones de auxilio.

Capítulo XXI del Convenio SAR, punto 21.1 :

La obligación de los buques de responder a mensajes y señales de socorro de otros buques es una de las tradiciones más antiguas en la mar, estando además consagrada en varios convenios internacionales

GMDSS

DSC

Se recibe en tiempo real.

Distress Alert

Distress Call

Escucha en Canales y frecuencias asociadas.

Epirb

Activación manual o por presión por inmersión.

Siempre será susceptible de un retardo en su recepción por un LUT.

Transpondedor Resart.

Muy eficaz en las balsas salvavidas para el rastreo de náufragos.

Además de otros Subsistemas y Métodos.

Un Decálogo que demuestra la inaplicación del Ordenamiento Jurídico Nacional e Internacional.

Dgmm y Sasemar, deberían corregir con carácter de urgencia una errónea metodología que repercute en los tiempos de respuesta provocando más muertes de las necesarias sobre las gentes de la Mar.

El servicio de atención de emergencias 112, un gravísimo problema para la Seguridad de la Vida Humana en la Mar, que pone trabas y vicios alterando los dictámenes y las respuestas bajo normativas muy estrictas en la respuesta de SOS en la Mar.

Los buques pesqueros, embarcaciones menores y náutica de recreo deben encaminar sus Alertas a través de las Radio Costeras de Excelsis, jamás, al servicio de atención de emergencias 112.

» La difusión de las alertas de socorro es principalmente una función de las telecomunicaciones y no una responsabilidad de los servicios de búsqueda y salvamento, independientemente de la capacidad que hasta el momento hayan tenido las autoridades SAR para que intervengan las autoridades de búsqueda y salvamento «.

España, dispone de un sistema de radiocomunicaciones de última generación y la metodología suficiente para el control de la navegación electrónica.

Pero el volumen de información emanada de los buques y profesionales en la mar, sirve de poco si no se sabe quién necesita esta información porque no se entienden las funciones de las otras personas en la red de respuesta, o no se sabe dar prioridad en la transmisión de información.

La Ley de Emergencias de Galicia – conculca – la normativa internacional por su intromisión en Reglamentos, Manuales y Normativas que no son de su compentencia.

El Real Decreto 1185/2006, Reglamento de Radiocomunicaciones de España, tutela desde entonces a los buques pesqueros y náutica de recreo en cuanto a la metodología del Sistema Mundial de Socorro.

DECÁLOGO

PRIMERO

Subcomité de Radiocomunicaciones, Búsqueda y Salvamento de la Organización Marítima Internacional ( COMSAR ).

Deja bien claro que las Radiocomunicaciones y los Servicios de Búsqueda y Rescate, deberán estar apoyados en la infraestructura existente.

La interacción positiva y la comprensión mutua entre todos los que tienen que trabajar en estrecha colaboración durante un caso grave de emergencia revisten una importancia fundamental a la hora de hacer frente a una emergencia.

El factor humano y la formación pertinente para todas las personas involucradas, son factores claves en este contexto.

La tarea que consiste en garantizar las comunicaciones eficaces es absolutamente crucial para el éxito de la respuesta en una emergencia.

El problema de las comunicaciones inadecuadas en un siniestro, es generalizado y bien reconocido.

Disponer de un sistema de comunicaciones de último modelo y un volumen de información pertinente sirve de poco si no se sabe quién necesita esta información porque no se entienden las funciones de las otras personas en la red de respuesta, o no se sabe dar prioridad en la transmisión de información.

Es necesario un plan de comunicaciones bueno, claro, positivo y eficaz para garantizar el control y la eficacia.

Para ello se precisa:

a.- Reconocer que, de hecho, se ha producido un siniestro.

Se han dado casos en que la respuesta se vio retrasada porque las personas involucradas no supieron reconocer, o simplemente no se creyeron, que se trataba de un siniestro.

b.- Tiempo de supervivencia.

Las personas siniestradas, disponen de un tiempo de supervivencia limitado, debido a la falta de dispositivos salvavidas o al número limitado de éstos, por ejemplo, o a las condiciones en el lugar del siniestro, particularmente el frío, por lo que su salvamento debe organizarse a tiempo.

c.- Información y falta de información.

Habrá una gran cantidad de datos que deberán obtenerse, transmitirse, recibirse, asimilarse, evaluarse y sobre los que habrá que adoptar medidas.

Las personas involucradas, tienen que saber qué información requieren y cual no necesitan, para su propia función en la respuesta, cómo obtenerla, cómo asignarle prioridad y evaluarla y qué hacer con ella.

El Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones ( UIT ) facilita al responsable de la guardia de navegación y de las Radiocomunicaciones, los elementos técnicos y la metodología necesarias, para alertar de una situación de peligro.

El Reglamento, permite a los buques en la mar y a los medios de Salvamento, identificar los cambios efectuados por la Unión Internacional de Telecomunicaciones y la Organización Marítima Internacional con respecto a nuevos procedimientos operacionales de los sistemas y subsistemas en los equipos y técnicas empleadas en el Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima, desde su implementación a la fecha, y aplicar estos cambios en las comunicaciones que puedan afectar a la seguridad de los buques en situaciones de emergencias.

El Convenio SAR de 1979, fue proyectado con el objetivo de facilitar un sistema mundial para responder ante emergencias, mientras que el Sistema Mundial de Socorro, se creó con el objetivo de facilitarle apoyo con unas comunicaciones eficaces e imprescindibles para su éxito.

El Sistema Mundial de Socorro y el Convenio SAR, son importantísimos para la seguridad marítima y están proyectados para garantizar que toda emergencia marítima sea respondida de forma eficaz.

SEGUNDO

La errónea metodología de Sasemar

El Sistema Cospas – Sarsat : la economía frente a la eficacia.

Sus fundamentos y actuaciones :

Cuando una Radio Baliza de 406 MHZ es detectada por el Sistema COSPAS-SARSAT, la información contenida en la base de datos de registro es un complemento al mensaje de datos de alerta.

La información de la base de datos de registro combinada con los datos de posición provenientes de una baliza reducen el tiempo de respuesta y aumentan el éxito de cada búsqueda.

Adicionalmente, la información en la base de datos de registro ha sido una herramienta sumamente valiosa para silenciar las activaciones falsas, SIN GASTAR LOS RECURSOS SAR.

En la mayoría de casos, el Centro Coordinador de Salvamento puede llamar al propietario, o a los números de emergencia principal o secundario, para establecer el paradero conocido de un barco o una aeronave cuyo registro de baliza de 406 MHZ está transmitiendo.

Si el barco no está navegando o la aeronave volando, el propietario puede desactivar las transmisiones inadvertidas de las balizas yendo al barco o a la aeronave y apagando la Radio Baliza.

La información de la base de datos de registro combinada con los datos de posición provenientes de una baliza reducen el tiempo de respuesta y aumentan el éxito de cada búsqueda.

Esto demuestra las contradicciones con los fundamentos de las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones.

Por decirlo más claro, Sasemar, ralentiza los tiempos de respuesta de los salvamentos en lugar de minimizarlos.

Todo ello induce a graves errores de interpretación de distintos tribunales que perjudican los intereses económicos de los familiares de víctimas y desaparecidos en la mar.

TERCERO

El Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional ( MSC ) en su 83ª Sesión, del 3 al 12 de octubre de 2007, reconoció la importancia de minimizar los tiempos de respuesta de los medios de Búsqueda y Salvamento, caso de alerta de socorro.

El MSC, dejó constancia de que los Convenios y Reglamentos, facilitan Recomendaciones y Resoluciones para las Alertas de Socorro, mientras que el Manual IAMSAR para la Búsqueda y Salvamento, es una guía de rango inferior.

La Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones ( CMR 07 ) demuestra el riesgo que supone para la Seguridad de la Vida Humana en la Mar, la Seguridad Marítima y la Lucha Contra la Contaminación, la errónea metodología aplicada hasta ahora por SASEMAR, caso de incidente o accidente en la mar.

En su art. 32.26, deja bien claro que » las estaciones costeras y las estaciones terrenas costeras ( Radio Costeras y Centros Coordinadores de Salvamento ) apropiadas que reciban alertas de socorro o llamadas de socorro harán que éstas se cursen cuanto antes a un centro de coordinación de salvamento.

Además, el acuse de recibo de un alerta de socorro o una llamada de socorro debe realizarse lo antes posible por una estación costera, o por un centro de coordinación de salvamento a través de una estación costera o de una estación terrena costera apropiada.

La CMR 07, en su art. 32.9, puntualiza que :

La transmisión de una alerta de socorro o una llamada de socorro indica que una unidad móvil o persona esta amenazada por un peligro grave e inminente y necesita auxilio inmediato.

En su art. 33.11:

El formato de llamada de urgencia y la señal de urgencia indican que la estación que llama tiene que transmitir un mensaje muy urgente relativo a la seguridad de una unidad móvil o de una persona.

Queda entonces, meridianamente claro que, los tiempos de respuesta para una operación de salvamento se inician cuando un buque en la mar emite una alerta o llamada de socorro.

Es evidente que el servicio de atención 112 no aparece por ningún lado.

CUARTO

La Organización Marítima Internacional ( OMI ) a través de las Resoluciones y Recomendaciones de sus Comités y Subcomnités, resuelve que los Centros de Coordinación de Salvamento de SASEMAR deberán estar bien adiestrados en todos los procesos SAR ( Búsqueda y Rescate ) y plenamente familiarizados con los planes SAR aplicables.

Los Centros de Coordinación de Salvamento deben recoger toda la información acerca de las situaciones de emergencia, desarrollar planes de acción acertados y realizables y agilizar y coordinar los recursos con los cuales llevar a cabo las misiones SAR.

Los planes de operación mantenidos por los Centros de Coordinación, suministrarán información para asistir en estos esfuerzos.

Las guías para las obligaciones de los Centros de Coordinación incluirán :

Obtener y evaluar toda la información de la emergencia.

Determinar el tipo de equipamiento de emergencia que lleva a bordo la embarcación perdida o en peligro y estar informados de las condiciones atmosféricas reinantes.

Si es necesario, asegurarse de los movimientos y posiciones de los buques y alertar a los buques en las áreas de búsqueda para realizar el rescate, extremar la vigilancia y/o mantener escucha radio en las frecuencias apropiadas para facilitar las comunicaciones con las unidades SAR.

Marcar el área de búsqueda y decidir los métodos y unidades a ser utilizadas.

Desarrollar el plan de acción de búsqueda ( y el plan de rescate según sea apropiado ) por ejemplo asignar las áreas de búsqueda.

Destacar las unidades SAR y designar las frecuencias de comunicación en el lugar del siniestro.

Informar al jefe del Centro de Coordinación de Salvamento del plan de acción de búsqueda.

Coordinar la operación con los Centros de Salvamento adyacentes cuando sea apropiado ; planificar instrucciones y toma de informes con el personal SAR ; evaluar toda la información de cualquier vía y modificar el plan de búsqueda cuando sea necesario.

Coordinar la toma de combustible de las aeronaves y, para búsquedas prolongadas, tomar las medidas necesarias para dar descanso al personal SAR.

Organizar el suministro de víveres a los supervivientes.

Mantener en orden cronólogico y veraz los informes actualizados en planos, cuando sea necesario, de todos los procedimientos.

Suministrar informes del progreso.

Recomendar al jefe del Centro Coordinador de Salvamento el abandono o suspensión de la búsqueda ; dar finalizada la labor de las unidades SAR cuando su asistencia ya no es necesaria; notificar a las Autoridades de investigación de los accidentes.

Si es aplicable, notificar al País de registro de la unidad accidentada en razón con los acuerdos establecidos.

Preparar el informe final del resultado de la operación.

QUINTO

Capítulo XXI del Convenio SAR, punto 21.1 :

La obligación de los buques de responder a mensajes y señales de socorro de otros buques es una de las tradiciones más antiguas en la mar, estando además consagrada en varios convenios internacionales.

Regla 15 del Capítulo IV del Convenio SOLAS 1974 :

Cada uno de los Gobiernos Contratantes se obliga a garantizar la adopción de las medidas que exija la vigilancia de costas y el salvamento de personas que se hallen en peligro cerca de las costas, en la mar.

Dichas medidas comprenderán el establecimiento, la utilización y el mantenimiento de las instalaciones de seguridad marítima que se juzguen necesarias y de empleo posible, considerando la densidad del tráfico marítimo y los peligros existentes para la navegación, y proporcionarán en la medida de lo posible, medios para la localización y el salvamento de las citadas personas.

En mayo de 1998, se adoptó un Convenio SAR revisado que entró en vigor por aceptación tácita el 1 de enero de 2000.

En el nuevo texto se exige a las partes, bien individualmente o en colaboración con otros Estados, que establezcan elementos básicos
de los servicios de búsqueda y salvamento y se describe la manera de organizar dichos servicios.

También se estipula que las Partes establezcan centros coordinadores de salvamento que funcionen las 24 horas del día con personal debidamente formado y con conocimientos prácticos del idioma inglés.

Así el nuevo Capítulo 2, dice que » las Partes se asegurarán de que existe la coordinación más estrecha entre los servicios marítimos y aeronáuticos «.

Para ello la Organización Marítima Internacional ( OMI ) y la Organización de Aviación Civil Internacional ( OACI ) elaboraron en conjunto en 1999 el Manual Internacional de Búsqueda y Salvamento Aeronáutico y Marítimo ( Manual IAMSAR ).

Este Manual sustituye a los manuales anteriores denominados » Manual de Búsqueda y Salvamento para Buques Mercantes ( MERSAR ) y Manual OMI de Búsqueda y Salvamento ( Manual IMOSAR ).

El Capítulo 4 del Convenio revisado, dispone que » las operaciones de búsqueda y salvamento se proseguirán, cuando sea posible, hasta que no quede esperanza razonable de encontrar supervivientes «.

Las obligaciones y procedimientos a seguir por los capitanes de los buques que reciban una señal de socorro de la fuente que sea, vienen establecidos en la Regla 10 del Capítulo V del SOLAS 74 ( 23.2 ).

Además hay otros instrumentos internacionales que recogen esta obligación, tales como :

El Convenio de Bruselas para la unificación de ciertas reglas relativas al auxilio y salvamento en la mar de 1910, la Convención de Ginebra sobre alta mar de 1958 y la Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del Mar de 1982 ( UNCLOS ) que en su artículo 98, establece :

Todo estado exigirá al capitán de un buque que enarbole su pabellón que, siempre que pueda hacerlo sin grave peligro para el buque, su tripulación o sus pasajeros :

a.- Preste servicio a toda persona que se encuentre en peligro de desaparecer en la mar.

b.- Se dirija a toda velocidad posible a prestar auxilio a las personas que estén en peligro, en cuanto sepa que necesitan socorro y siempre que tenga una posibilidad razonable de hacerlo.

SEXTO

REGLAMENTO DE RADIOCOMUNICACIONES
Sección II – Alerta de socorro y llamada de socorro (CMR-07)

32.8 A

La transmisión de una alerta de socorro o una llamada de socorro indica que una unidad móvil o persona está amenazada por un peligro grave e inminente y necesita auxilio inmediato. (CMR-07)

32.14
Una estación o un centro de coordinación de salvamento que reciba una alerta o una llamada o una llamada y un mensaje de socorro iniciará una retransmisión de alerta de socorro costa-barco dirigida, según proceda, a todos los barcos, a un grupo particular de barcos o a un barco determinado, por medio de satélite, por medios terrenales o por ambos.

32.15
La retransmisión la alerta de socorro y de la llamada de socorro contendrá la identificación de la unidad móvil en peligro, su situación y cualquier otra información que pueda facilitar el salvamento.

SÉPTIMO

ENCAMINAMIENTO DE LAS COMUNICACIONES DE SOCORRO

Para tratar de comprender las actuaciones de SASEMAR, avaladas por la DGMM, debemos partir de la Nota que Estados Unidos presentó en el Subcomité de Radiocomunicaciones, Búsqueda y Salvamento, COMSAR 10 de la OMI, donde quedó meridianamente claro, cual debe ser el encaminamiento de las comunicaciones de socorro :

» La difusión de las alertas de socorro es principalmente una función de las telecomunicaciones y no una responsabilidad de los servicios de búsqueda y salvamento, independientemente de la capacidad que hasta el momento hayan tenido las autoridades SAR para que intervengan las autoridades de búsqueda y salvamento «.

Evidentemente, cuando y donde sea necesario, las autoridades de búsqueda y salvamento, continuarán prestando asistencia en el
encaminamiento de las alertas.

OCTAVO

BUSQUEDA Y SALVAMENTO ( SAR ) Y SISTEMA MUNDIAL DE SOCORRO

OBJETIVOS : ORDEN DE PRIORIDADES
El Convenio SAR de 1979, fue proyectado con el objetivo de facilitar un sistema mundial para responder ante emergencias, mientras que el Sistema Mundial de Socorro, se implementó en 1999, con el objetivo de facilitarle apoyo con unas comunicaciones eficaces e imprescindibles para su éxito.

NOVENO

REDUCCION DE LOS TIEMPOS DE RESPUESTA

El Comité de Seguridad Marítima (MSC), en su 83º periodo de sesiones (3 a 12 de octubre de 2007), consciente de la importancia de reducir al mínimo los retrasos en la respuesta de búsqueda y salvamento a los alertas de socorro alentó a los Estados Miembros a que satisfagan las obligaciones que tienen en virtud del Convenio SAR y otros instrumentos internacionales, aprobó las orientaciones preparadas por el Subcomité de Radiocomunicaciones y de Búsqueda y Salvamento (COMSAR) en su 11º periodo de sesiones,

SUBCOMITE DE RADIOCOMUNICACIONES, BUSQUEDA Y SALVAMENTO ( COMSAR 11 ) : LAS ORIENTACIONES

IDENTIFICAR Y APLICAR

La OMI, ha dejado bien claro que, para minimizar los tiempos de respuesta de la búsqueda y salvamento, los responsables de la guardia de navegación en el buques y en los centros de salvamento, deberán saber :

a) Identificar los cambios efectuados por la Unión Internacional de
Telecomunicaciones y la Organización Marítima Internacional con
respecto a nuevos procedimientos operacionales de los sistemas y
subsistemas en los equipos y técnicas empleadas en el sistema mundial
de socorro y seguridad marítima, desde su implementación a la fecha.

b) Aplicar estos cambios en las comunicaciones que puedan afectar a
la seguridad de los buques en situaciones de emergencias.

ORDEN DE PRIORIDADES

REGLAMENTO DE RADIOCOMUNICACIONES ANTE EL MANUAL IAMSAR

Siempre debe primar el rango de las radiocomunicaciones del Reglamento UIT dirigidas a los buques en la mar, ante el lento proceder protocolario de planificación y coordinación de la respuesta y las absurdas fases de Incertidumbre, Alerta y Socorro del Manual IAMSAR.

DÉCIMO

MANUAL IAMSAR

REVISADO Y ACTUALIZADO POR OMI

El Manual IAMSAR ha sido objeto de revisión en el Subcomité de Radiocomunicaciones, Búsqueda y Salvamento ( COMSAR 12 ), clausurado el 11 de abril de 2008, en Londres.

Y ha sido objeto de revisión, precisamente, por las serias discrepancias en la adaptación del Sistema Mundial de Socorro a los protocolos de la Organización Internacional de Aviación Civil ( OACI ), Convenio SOLAS y SAR, en el seno de la Organización Marítima Internacional ( OMI ).

MANUAL IAMSAR

NO TIENE INTEGRADO EL SISTEMA MUNDIAL DE SOCORRO

El pretendido refundido de las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones ( CMR 07 ) en el Manual IAMSAR, tiene mucho que ver con las las enmiendas presentadas para su revisión.

Para que todos nos entendamos, el Manual IAMSAR, no tiene integrado el Sistema Mundial de Socorro y mucho menos armonizada la metedología a modo de formato para llamadas y alertas de socorro, urgencia y seguridad, caso de incidente o accidente en la mar.

Ya hace mucho tiempo que se ha reconocido la importancia que tiene lograr unas radiocomunicaciones marítimas eficaces así como unos servicios de navegación y seguridad de la vida humana en el mar eficientes y esta importancia ha sido reafirmada en conferencias precedentes.

CONFERENCIA MUNDIAL RADIOCOMUNICACIONES

REPERCUSION EN LAS RADIOCOMUNICACIONES, BUSQUEDA Y SALVAMENTO

Las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones (CMR) son el foro internacional donde los Estados Miembros de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), se reúnen para revisar un tratado internacional, el Reglamento de Radiocomunicaciones que, además de las atribuciones a más de 40 servicios de radiocomunicaciones, contiene también las condiciones técnicas, de explotación y de reglamentación para el empleo del espectro de frecuencias radioeléctricas y las órbitas de los satélites.

Estas Conferencias se celebran cada dos o tres años, según lo acordado en la Conferencia de Plenipotenciarios de Minneapolis en 1998, y tienen por objeto el consenso en la modificación del citado Reglamento.

Gestión del GMDSS .

Valoracion
Naufragio pesquero Novo Jundiña.

El mal encaminamiento de la Alerta de Socorro ralentizó el rescate.

Nuestro Grupo de Expertos, considera como » factor contribuyente de riesgo para la seguridad de la Vida Humana en la Mar » el mal encaminamiento de la Alerta de Socorro emitida desde el pesquero Novo Jundiña.

Fue Valentia Radio ( Irlanda ) quien recibió el Mayday, en 2.182 Khz a las 2100UTC/2200 hora española que lo transfirió a las 2206 hora española al CNCS de Madrid y este a su vez al CZCS de Finisterre.

La mala praxis del mando del buque pesquero puso en riesgo a su tripulación.

Desde 2013, la Red de Estaciones Costeras, no mantiene escucha permanente en la frecuencia de socorro de 2.182 Khz ( sistema analógico/voz ) debiendo todos los buques en la mar, activar sus Alertas de Socorro en la Llamada Selectiva Digital, sistema que no fue utilizado por el Novo Jundiña.

El sistema analógico – ralentiza – el rescate mientras que el sistema digital – minimiza – los tiempos de respuesta al recibirse de forma inmediata en los Centros de Comunicaciones Radio Marítimas ( Radio Costeras/CCR ).

Se confirma que la Alerta de Socorro no fue recibida en la costa gallega pero si en Irlanda con el consabido riesgo de la falta de propagación y dificultades de comunicación de la frecuencia de 2.182 Khz.

Urge la aplicación de medidas correctoras a través de la Comisión de Investigación de Siniestros Marítimos que está obligada a activar una Alerta Rápida al sector pesquero, administraciones marítimas, centros de formación, etc … advirtiendo del estricto cumplimiento del Reglamento de Radiocomunicaciones.

Nuestro Grupo, al amparo del Subcomité de Navegación, Radiocomunicaciones y Búsqueda y Salvamento de la Organización Marítima Internacional, hace pública la falta de familiarización de los buques de pesca y náutica de recreo tal y como se recoge en el Dictamen/2015 de la Comisión de Investigación de Siniestros Marítimos.

Nuevamente se demuestra la falta de familiarización del mando de un buque pesquero con la gestión del Sistema Mundial de Socorro.

Aún reconociendo el rigor profesional de la tripulación del Helicóptero de Salvamento, insta, a la Cooperativa de Armadores de Vigo, a que muestre su disconformidad con la eficacia del Sistema Mundial de Socorro a la vez que ruega exijan un esclarecimiento – sin demora – del encaminamiento de las comunicaciones del Novo Jundiña en aras a evitar males mayores en futuros siniestros marítimos.

Este Grupo de Expertos, comunicará a la Comisión de Investigación de Siniestros Marítimos ( CIAIM ) su obligación de cumplir con lo establecido en el Real Decreto que garantiza la elaboración de informes precisos acerca de las investigaciones de seguridad marítima, así como de propuestas de medidas correctoras en un plazo no superior a dos meses.

Puesto que SASEMAR y en su caso la Dirección General de la Marina Mercante, tienen el obligado cumplimiento de informar de inmediato y por vía telemática, a la Comisión Permanente de la CIAIM, de todos los accidentes e incidentes marítimos sujetos al ámbito de aplicación de este Real Decreto de los que tuviese conocimiento, bien directamente o a través de otras Administraciones públicas o como resultado del deber de informar a las autoridades marítimas que recae, en virtud de la normativa vigente, a los navieros, propietarios y capitanes de buques, urge la activación de un Criterio de Alta Prioridad para la correcta gestión de los Subsistemas y Métodos del Sistema Mundial de Socorro.

Habida cuenta de que desde el momento en que la Comisión de Investigación ( CIAIM ) es informada – de forma inmediata – de los informes de siniestros marítimos por parte de SASEMAR y DGMM está en condiciones de emitir una Alerta Rápida.

La Comisión de Investigación ( CIAIM ) dentro de las causas a investigar, contempla, las acciones, omisiones, eventos o condiciones existentes o preexistentes o una combinación de todo ello, que conduce al accidente o incidente.

La investigación de un accidente o incidente marítimo es un proceso llevado a cabo con el propósito de prevenir los accidentes, el cual incluye la recopilación de información y su análisis, la adopción de conclusiones, así como la determinación de las circunstancias, las causas y los factores contribuyentes y, en su caso, la formulación de recomendaciones sobre seguridad.

Por último, consideramos como » factor contribuyente de riesgo para la seguridad de la Vida Humana en la Mar » el mal encaminamiento de la Alerta de Socorro emitida desde el pesquero Nuevo Jundiña.

Naufragio pesquero Novo Jundiña.

Comportamientos de las tripulaciones en caso de naufragio y abandono de buque. Naufragio pesquero Novo Jundiña. Informe Final de la Ciaim (extracto 1)

Comportamientos de las tripulaciones en caso de naufragio y abandono de buque. Naufragio pesquero Novo Jundiña. Informe final de la Ciaim (extracto 2)

Comportamientos de las tripulaciones en caso de naufragio y abandono de buque. Naufragio pesquero Novo Jundiña. Informe final Ciaim (Extracto 3)

Los conceptos.

VISTO :

Que, » un coordinador SAR (Búsqueda y Rescate) , debe ser capaz de reconocer los problemas potenciales y planificar correctamente con distintas organizaciones el estricto cumplimiento de los protocolos establecidos, asegurándose, de que sólo las personas u organizaciones plenamente competentes se encargan de la respuesta, y que se ha llegado a un acuerdo sobre las prioridades a todos los niveles. «

Ante » la posible la participación de hecho de líderes políticos, que piensan que se les va a considerar responsables del éxito o el fallo de las operaciones de respuesta y/o el desacuerdo sobre la coordinación entre los diversos organismos y, lo que es de crucial importancia, qué organización debe encabezar la respuesta.»

El artículo 87.1 de la Ley de Puertos del Estado y Marina Mercante ( LPEMM ) establece que: ”el servicio público de Salvamento de la Vida Humana en la Mar y de la Lucha contra la Contaminación del Medio Marino se prestará por la Administración del Estado, así como por las restantes Administraciones Públicas competentes, de acuerdo con el principio de coordinación, instrumentado a través de los planes y programas correspondientes. «

A la vista de que » estos contemplarán de forma integrada las actuaciones de cada Administración, así como los medios para desarrollarlas con independencia de su titularidad, de su adscripción funcional o de su localización territorial”.

En base a que en dicho principio de coordinación se establecerá un MARCO DE RELACIÓN INSTITUCIONAL con otros Organismos, Instituciones y Administraciones, especialmente con las Comunidades Autónomas y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y la participación junto con los medios del Ministerio de Fomento en el desempeño de las actividades de búsqueda, rescate, salvamento marítimo y prevención y lucha contra la contaminación del medio marino.

Fdo

Antón Salgado/Luis Milian

Portavoces/Coordinadores

COMUNICADO

Finalizamos los envíos de notas de Prensa de nuestro Grupo de Expertos.

Hemos utilizado las redes sociales para hacer llegar a nuestros compañeros, amigos y ciudadanos, nuestra disconformidad con las noticias publicadas en los medios de comunicación consecuencia del naufragio del pesquero Villa de Pitanxo.

Nuestras notas de Prensa no han llegado a la opinión pública, nos han silenciado.

Bien, pues, será problema de quien ha cometido tamaña fechoría.

Desde hace pocas horas, contamos con web propia y desde ahí continuaremos nuestra labor formativa e informativa.

La implementación de nuevas tecnologías en el sector marítimo requieren una continua actualización y repaso, nuevas certificaciones en materia de especialidad que no están al alcance de cualquiera y muchos menos de aquellos que utilizan los siniestros marítimos con el oportuno y desafortunado morbo que a nada conduce.

Después de 40 años investigando y denunciando múltiples irregularidades en la Mar, Google lo demuestra, nuestra credibilidad ante los medios ,se ha visto anulada.

Nada ni nadie impedirá que, aunque por conductos más restringidos, continuemos desarrollando nuestros cometidos profesionales.

En La Coruña a 8 de febrero de 2024

Fdo

Antón Salgado/Luis Milian

Portavoces.

Grupo de Expertos no Gubernamentales del Sistema Mundial de Socorro

Villa de Pitanxo

El naufragio y sus consecuencias, fue advertido con todo lujo de detalles desde 2001.

Nada se corrigió ni mucho menos mejoró.

La ralentizacion de la recogida de náufragos del Villa de Pitanxo tuvo dos factores causales determinantes.

1
Distress Alert.
Diligente y eficaz.

2
Distress Call.
Inexistente porque al patrón no le dio tiempo a radiarlo.

Aunque en realidad existió al dar acuse de recibo el CCR de La Coruña a un supuesto y esperado «formato de mensaje de Socorro».

Estos son los programados errores en favor de la «economía frente a la eficacia».

Con esta metodología se anula la eficacia del trafico de Socorro y se activa la coordinación del Salvamento.

Esto significa que a sabiendas de que los buques pesqueros «pasan» del DSC se inician las llamadas a cofradías y armadores para certificar si el pesquero está en tierra o en la Mar.

Lo advertimos.

La economía y la eficacia se consiguen con sanciones ejemplares para los pesqueros que no den acuse de recibo a las Alertas de Socorro.

Justificacion

Galicia como punto de referencia de la siniestralidad marítima.

La inaplicación de medidas correctoras ha potenciado la pérdida de vidas humanas en la Mar

El 17 de septiembre de 2001, arrivaba a La Coruña, el Secretario General de la Organización Marítima Internacional ( OMI ) William O Neal.

El motivo no era otro que participar en unas Jornadas de Seguridad Marítima organizadas por la Dirección General de la Marina Mercante y la Xunta de Galicia.

Los Oficiales Radioelectrónicos de la Marina Mercante, alertaron a los medios de comunicación, advirtiéndoles de que en el programa de estas jornadas no se contemplaba el comportamiento del Sistema Mundial de Socorro y las posibles medidas correctoras que con caracter de urgencia reclamaba este colectivo, dada la poca fiabilidad del Sistema.

El objetivo, era denunciar el fraude a la Seguridad Marítima que significaba obviar el Sistema Mundial de Socorro y que la organización de estas jornadas vendió como algo infalible por su fiabilidad.

El objeto de este estudio no es otro que, demostrar con datos contrastados, que el Sistema Mundial de Socorro, significó y está significando un altísimo riesgo para la Seguridad de la Vida Humana en la Mar.

Fallan los Subsistemas, fallan los Métodos,fallan las intalaciones terrenas en países ricos y pobres,fallan los centros de salvamento, fallan las bases de datos, falla la formación, fallan los instructores, los formadores, los evaluadores… es decir, falló y continúa fallando el FACTOR HUMANO PERO EN TIERRA!… falló y falla quien programó un Sistema Mundial de Socorro imposible de asumir por el FACTOR HUMANO EN LA MAR.

La Organización Marítima Internacional ( OMI ) puso en marcha el Sistema Mundial de Socorro, de forma absolutamente parcial poniendo en riesgo la Seguridad de la Vida Humana en la Mar.

Basta ya de triunfalismos, basta ya de hablar de las 18.000 vidas salvadas por los Sistemas COSPAS-SARSAT, basta ya de infalibilidades…hablemos de los muertos, de los desaparecidos, hablemos de las investigaciones de accidentes, de las lecciones aprendidas, de las medidas correctoras, hablemos en definitiva de todos aquellos que sin ningún tipo de CUALIFICACION NI EXPERIENCIA DEL SISTEMA MUNDIAL DE SOCORRO, programan la formación del hombre de la mar y dirigen y coordinan los salvamentos.

Alguien tendrá que ser responsable de la muerte de mil seres humanos en aguas del Mar Rojo. Argelia avisó a Egipto de la activación de la Radio Baliza del ferry Al Salam Boccaccio 98 ,17 veces, siendo el Tiempo de Respuesta de 7 horas y 38 minutos!…

Quien vendió como infalibles los Subsistemas y Métodos del Sistema Mundial de Socorro, tiene un nombre : William O Neal, Secretario General de la Organización Marítima Internacional ( OMI ) el 1 de febrero de 1999, fecha de la entrada en funcionamiento del Sistema Mundial de Socorro.

He aquí, una muestra de todo lo que decimos…

LA VOZ DE GALICIA, 17 DE SEPTIEMBRE DE 2001. MARITIMA

«Los beneficios del sistema mundial de socorro son mayores que los problemas»

William O»Neill, secretario general de la Organización Marítima Internacional.

En los once años que lleva al frente de la Organización Marítima Internacional (OMI), organismo de la ONU responsable de mejorar la seguridad en el mar y luchar contra la contaminación, se ha convertido en toda una institución a nivel mundial. Ayer arribó a Santiago tras un duro viaje desde Hong Kong para participar en las jornadas sobre seguridad marítima que hoy comienzan en A Coruña.

«Estoy aquí para apoyar estas jornadas y para reconocer la contribución de España en la OMI». O»Neill afirma sin dudarlo que el principal objetivo en materia de seguridad para los próximos años será mejorar la formación de los marineros.

(MANUEL BLANCO A CORUÑA)

William O»Neill destacó ayer «el papel de España en el seno de la OMI.

Lo más fácil es quejarse sobre lo que pasa, pero lo que necesitamos, que es lo que está haciendo España, es implicarse y proponer soluciones a los problemas dentro de la organización».

Cuáles son los objetivos relacionados con la seguridad marítima en los que la OMI está poniendo especial dedicación en la actualidad?

-Estamos interesados en que se pongan en funcionamiento las normativas e instrumentos sobre seguridad marítima que hemos desarrollado. En primer lugar, el nuevo convenio de formación, titulación y guardia para la gente del mar, que comenzará a aplicarse en febrero próximo.

El segundo aspecto a implementar es el ISM, el código de seguridad marítima, toda vez que la mayoría de los accidentes se deben a errores humanos.

Intentamos que la combinación de ambos instrumentos se revele como un mecanismo eficaz para paliar los accidentes en el mar.

También hemos puesto mucho énfasis en aspectos relacionados con los temas de construcción naval y el equipamiento de los buques.

-La OMI se ha visto obligada a compaginar la entrada en vigor del nuevo sistema mundial de socorro con el tradicional debido a problemas como el de las falsas alertas. Se han resuelto ya? –

Hay que decir primero que la implementación del SMSSM ya no hay quien la pare.

No obstante, sí es cierto que existe un problema con las falsas alarmas en el que el comité de navegación de la OMI está trabajando en estos momentos.

Estos obstáculos técnicos se pueden deber a la mala formación del personal de a bordo o a fallos en los equipos, pero, en todo caso, se ha logrado reducir el número de avisos en falso.

No obstante, los beneficios que se derivan de la puesta en marcha de este nuevo sistema de socorro son mucho mayores que los problemas.

Con la formación adecuada, se trata de un sistema muy fiable.

LA VOZ DE GALICIA, 1 DE JULIO DE 2001.

El 76% de las alertas que movilizan a los equipos de salvamento son falsas.

Los oficiales de radio instan a la Administración a aplicar las leyes internacionales y penalizar el uso incorrecto del sistema de socorro.

De las 591 señales de alerta de radiobalizas, llamadas selectivas digitales o del satélite Inmarsat que los centros de salvamento marítimo españoles recibieron en el año 2000, 451 fueron falsas alarmas.

Ese porcentaje de errores se ha rebajado con respecto a anteriores ejercicios, pero no lo suficiente para otorgar al nuevo sistema mundial de socorro la fiabilidad que se merece.

Los profesionales de la comunicación marítima opinan que ha llegado la hora de poner remedio a ese caos que pone en serio riesgo la eficacia de los rescates y apuestan por penalizar las infracciones que se producen.

(ESPE ABUÍN A CORUÑA).

Decenas de muertos después, las administraciones marítimas se han sentado a estudiar las causas de los accidentes y, sobre todo, a buscar remedio a la siniestralidad en el mar.

Pero mientras las autoridades políticas eligen la vía de los trajes de supervivencia, los chalecos salvavidas y las revisiones de buques en activo, los oficiales de radio, los maquinistas y otros colectivos que enarbolan como aval la experiencia práctica aluden a que se está descuidando el primer eslabón de la seguridad marítima: la comunicación.

Y en este sentido, algo está fallando.

El 76% de las alertas de radiobalizas o llamadas selectivas digitales (LSD) recibidas en los centros de salvamento fueron falsas alarmas.

Al margen del alto coste que un despliegue de medios inútil lleva aparejado -unos diez millones de pesetas-, la propia Organización Marítima Internacional (OMI) reconoce que esas falsas alarmas menoscaban la credibilidad del sistema.

Recomendaciones

A juicio de los oficiales de radio y de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), el primer paso para remediar la situación es familiarizar a los patrones y capitanes con los equipos del sistema mundial de socorro.

Al mismo tiempo, obligar a los buques a navegar con el canal de 16 o el 2182-frecuencias internacionales de socorro. sintonizados, pues está comprobado que no siempre se hace.

Otra sugerencia es que se aplique el reglamento de la UIT, que recoge la conveniencia de formar al usuario en el manejo y mantenimiento de los equipos de socorro con la realización de pruebas periódicas.

«Sólo así se podrá determinar por qué falla el sistema», dicen.

El colectivo no exime a las autoridades de responsabilidad, pues, aparte de no tener conocimiento del sistema, «como quedó patente en la colisión del Zafir y el Espresso di Catania, permiten que las «falsas alarmas continúen impunes», señala Antón Salgado, ex-secretario general de la Asociación de Oficiales Radioelectrónicos de la Marina Mercante (Roia).

Salgado añade que esa solución ya se adoptó en Alaska, por ejemplo, donde las falsas alarmas están tipificadas como delito y se penalizan con penas de prisión y multas.

Los operadores de radio también ponen de relieve el desconocimiento del que hacen gala los responsables de la seguridad.

Así, sugieren que hagan un repaso del sistema mundial de socorro y sus subsistemas y descubrirán el transpondedor de radar, un aparato que debe ir incluido en las balsas salvavidas y constituye un método vital para la localización de embarcaciones en peligro.

Las radiobalizas personales son, por tanto, «redundantes».

LA VOZ DE GALICIA, 4 DE JUNIO DE 2002.

Critican al PP gallego por obviar el alto coste de las falsas alarmas (REDACCIÓN A CORUÑA).

Los oficiales radioelectrónicos criticaron duramente al Gobierno gallego por desentenderse del alto coste que ocasionan al erario público las falsas alarmas del sistema mundial de socorro y seguridad marítima

Los diputados del PP de la comisión de Pesca del Parlamento rechazaron la pasada semana una moción del BNG en la que se instaba al Ejecutivo a presionar a Marina Mercante para que se mantuviese la escucha continuada en las frecuencias de socorro después del 2005, fecha en la que está programada su supresión.

Ante la reacción del Ejecutivo gallego, los oficiales de radio expondrán sus quejas al delegado del Gobierno en Galicia, Arsenio Fernández de Mesa, al que trasladarán amplia información «que demuestra la ineficacia del sistema de socorro y su fracaso tanto en el plano organizativo como en el administrativo».

LA VOZ DE GALICIA, 17 DE FEBRERO DE 2002. PESCA.

Oficiales de radio dicen que el sistema de socorro no reconoce a los barcos gallegos.

El colectivo asegura que los retrasos en la actualización de los datos genera deficiencias que ponen en peligro a los tripulantes.

Oficiales radioelectrónicos de la Marina Mercante aseguran que hay barcos gallegos que, a pesar de estar dotados de la tecnología necesaria para operar en el Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM), no están dados de alta en las bases de datos correspondientes, de tal forma que, cuando lanzan un aviso de emergencia, lo único que reciben las radios costeras es el número de identificación del barco (MMSI), pero no el nombre para poder contactar con él y verificar si existe una emergencia.

A juicio de este colectivo de profesionales, esta circunstancia supone un serio peligro para los tripulantes de los buques.

(ESPE ABUÍN A CORUÑA).

El colectivo de oficiales radioelectrónicos de la Marina Mercante es tajante:

«El sistema mundial de socorro no sólo ha fallado técnicamente, sino también a nivel administrativo», sentencia.

Los profesionales aseguran que hay buques gallegos que faenan en aguas comunitarias que, pese a disponer de la tecnología adecuada para operar con el nuevo método de socorro, no están dados de alta en las bases de datos correspondientes, las del sistema mundial y las de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).

Citan como ejemplo el caso del Lembranza, un pesquero de A Coruña, del que no hay constancia en las radios costeras.

Como tampoco había del Kabou, el barco luso que el 30 de enero se incendió frente a A Coruña.

Y es que el problema no atañe sólo a España, sino que tiene implicaciones a nivel internacional:

«No existe una base de datos global, similar a la que permite y controla el uso de tarjetas de crédito en todo el mundo», dicen.

Los oficiales de radio aseguran que la flota pesquera que faena en el Gran Sol «corre un grave riesgo por la irresponsabilidad de la Administración marítima».

Y es que, según mantienen, la Dirección General de la Marina Mercante no ha actualizado los datos de los buques que disponen de la tecnología digital.

En este sentido, se remiten a lo ocurrido hace unos meses, cuando las radios costeras recibieron una llamada de alerta desde el puerto de Vigo que, según los archivos, correspondía al pesquero Bradomín, buque que no daba acuse de recibo.

Esto se debía a que, en realidad, el número de identificación estaba asignado al Sorolla, embarcación de Transmediterránea que estaba haciendo pruebas en el astillero de construcción.

Lentitud burocrática

El colectivo demanda una voluntad firme para poner fin a estos desmanes.

Apelan a la Administración para que mejore la formación de los usuarios del sistema mundial de socorro, que enmiende la lentitud burocrática y que institucionalice el hábito de que los barcos que disponen de los aparatos digitales comprueben a la salida de puerto si están incluidos o no en las bases de datos.

OCURRENCIAS Y REVÁLIDAS

La vara de medir

Las ocurrencias por parte del Gobierno español son contradictorias.

La ocurrencia de Fernández Trocóniz fue objeto de un debate y el diputado presentó su dimisión.

La del propio Gobierno al apoyar el Sistema Mundial de Socorro pasa desapercibido y sus asesores permanecen en sus puestos.

Para el Ejecutivo, el nuevo sistema es un perfeccionamiento de las comunicaciones marítimas que se está utilizando con eficacia hasta la fecha y no provoca muchas falsas alarmas.

Valoraciones de este tipo demuestran que la tecnología ha superado los conocimientos de los técnicos de la Dirección General y el ministro de Fomento debería tomar cartas en el tema.

El segundo aniversario del hundimiento del Zafir debe servir como referencia de análisis y ceses de altos cargos de las administraciones marítimas central y autonómica que, por lo demostrado, no han superado la reválida marítima.

Antón Salgado, exsecretario de la Asociación Internacional de Oficiales Radioelectrónicos.

LA VOZ DE GALICIA, 28 DE OCTUBRE DE 2001.

El rescate de un buque enfrenta a Salvamento con las radios costeras.

Los funcionarios que atienden las frecuencias de socorro afirman que fueron desplazados del operativo.

El operativo desarrollado la semana pasada para rescatar a un buque finlandés que se vio en apuros a causa de un corrimiento de carga a 333 millas de las costas gallegas -en área de responsabilidad portuguesa- ha desatado un enfrentamiento entre dos de los eslabones implicados en la salvaguarda de la vida humana en la mar: Salvamento Marítimo y las estaciones costeras de radio.

Según denuncian los funcionarios del segundo organismo, recibieron órdenes de abandonar el operativo cuando intentaban contactar con los barcos de los alrededores.

Salvamento niega que hubiese intención de apartarles.

(ESPE ABUÍN A CORUÑA).

Podría tratarse de un rifirrafe sin trascendencia si no se tratase de dos organismos vitales para la seguridad de la vida humana en la mar.

Fuentes de las estaciones costeras mantienen que los coordinadores del Centro de Salvamento de Madrid les dieron órdenes de abandonar las operaciones de rescate del buque finlandés Traden -que había remitido un socorro a la costera de A Coruña a causa de un corrimiento de carga-, después de comunicar la alerta y difundirla entre los barcos que se encontraban cerca del mercante.

Fuentes de Salvamento niegan la versión de la costera y afirman que no hubo prohibición alguna, sino que, en aras de una mayor eficacia, los portugueses delegaron la coordinación en favor de Salvamento español y el funcionario que estaba al frente «decidió qué medios eran los más adecuados y, en este caso, resultó ser la comunicación vía satélite» y la actuación del Ría de Vigo.

Los oficiales de radio de las costeras aducen que, según el pacto firmado entre Marina Mercante, la Sociedad Salvamento Marítimo Español (Sasemar) y Telefónica – adjudicataria del sistema móvil marítimo-, son las radios costeras las encargadas de dirigir el tráfico de socorro, por lo que entienden la orden de retirarse como «un atropello y un atentado brutal a la seguridad de la vida humana en la mar», explican los denunciantes.

Sasemar apunta que hay que «usar los mejores medios en cada momento y es el coordinador del operativo, en este caso el jefe de Salvamento, el que decide», sentencian fuentes del organismo de rescate.

Fallos en la coordinación

Aunque el Traden llegó a su destino sin pérdidas humanas ni materiales, el caso deja entrever que existe un problema de coordinación y que podría estar relacionado con la duplicidad de los canales de comunicación y la convivencia de los medios del convenio internacional para la seguridad de la vida humana en la mar (Solas) y los del nuevo Sistema Mundial de Socorro.

Según algunos profesionales hay una serie de lagunas que ponen en serio riesgo a los marineros.

Que no haya un órgano sancionador propicia que los errores queden impunes:

«Los siniestros en la mar no se investigan, los errores no se pagan, nadie dimite ni asume responsabilidades», sentencia Antón Salgado, ex-secretario general de la asociación de oficiales de radio (ROIA).

En La Coruña a 7 de febrero de 2024

Fdo :

Antón Salgado Clavo/Luis Milian Barrio

Portavoces

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Pregunta sobre los avisos de alerta rápida en salvamento marítimo

Competencia Competencias de la Cámara
Subcompetencia Control e información
Tipo Expediente 184-Pregunta al Gobierno con
respuesta escrita.

Fdo.: Néstor REGO CANDAMIL
Diputado

Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del
Congreso de los Diputados, el diputado del BLOQUE NACIONALISTA
GALEGO (BNG), Néstor Rego Candamil, adscrito al GRUPO PLURAL, formula
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno para su respuesta escrita.
El terrible suceso protagonizado por el buque gallego con base en Marín ‘Vila
de Pitanxo’ hace menos de un mes en Terranova trajo consigo, de nuevo,
mucho dolor y, a día de hoy, muchas preguntas sobre lo sucedido que no
tienen por ahora respuesta.

Desde que se tuvo conocimiento de este último naufragio, numerosos
profesionales manifestaron públicamente su preocupación por esta nueva
tragedia marítima y, al tiempo, fueron dejando sobre la mesa distintas
hipótesis sobre lo sucedido que sirven sin duda para la reflexión y, sobre todo,
para tratar de aportar conocimiento sobre distintas materias directamente
relacionadas con los buques pesqueros, como las condiciones de trabajo, los
dispositivos de seguridad, las comunicaciones, etc.

A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del
Congreso de los Diputados, el diputado del BLOQUE NACIONALISTA
GALEGO (BNG), Néstor Rego Candamil, adscrito al GRUPO PLURAL, formula
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno para su respuesta escrita.
El terrible suceso protagonizado por el buque gallego con base en Marín ‘Vila
de Pitanxo’ hace menos de un mes en Terranova trajo consigo, de nuevo,
mucho dolor y, a día de hoy, muchas preguntas sobre lo sucedido que no
tienen por ahora respuesta.
Desde que se tuvo conocimiento de este último naufragio, numerosos
profesionales manifestaron públicamente su preocupación por esta nueva
tragedia marítima y, al tiempo, fueron dejando sobre la mesa distintas
hipótesis sobre lo sucedido que sirven sin duda para la reflexión y, sobre todo,
para tratar de aportar conocimiento sobre distintas materias directamente
relacionadas con los buques pesqueros, como las condiciones de trabajo, los
dispositivos de seguridad, las comunicaciones, etc.
Las propias familias de los marineros fallecidos o desaparecidos reclamaron
recientemente en una reunión mantenida con el director general de la Marina
Mercante aclaración de distintos extremos relativos al naufragio, entre ellas la
“verificación del incumplimiento de varias medidas de seguridad”.
En esa reunión, el propio responsable de Salvamento Marítimo afirmó,
sorprendentemente, que “ni es habitual ni necesario transmitir el formateo del
mensaje de la alerta de socorro”, cuando el propio Reglamento por el que se
regulan las comunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles del
Estado español, aprobado mediante el RD 1185/2006, de 16 de octubre

establece: “5. A los efectos de este reglamento, se entiende por: a) “Alerta de
socorro”: Una llamada selectiva digital, con formato de llamada de socorro,
en las bandas empleadas para las comunicaciones terrenales o con formato
de mensaje de socorro, en cuyo caso se retransmite por medio de estaciones
espaciales. La transmisión de una alerta de socorro indica que una unidad
móvil o persona está en peligro y necesita auxilio inmediato. El formateo de las
llamadas de socorro y los mensajes de socorro se ajustará a lo dispuesto en el
Reglamento de Radiocomunicaciones y Recomendaciones del Sector de
Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT)”

Entre los expertos que se han pronunciado a este respeto, destacan la
‘Asociación de Ingenieros Radioelectrónicos (A.R.E.)’ y el ‘Grupo de Expertos
No Gubernamentales del Sistema Mundial de Socorro (GMDSS)’, que se han
dirigido a la Comisión Permanente de Investigación de Accidentes e Incidentes
Marítimos (CIAIM) para solicitar que tenga en cuenta su informe en la
investigación del accidente del pesquero ‘Vila de Pitanxo’, así como llevar a
cabo una recomendación a las autoridades marítimo pesqueras sobre el
necesario y estricto cumplimiento del Reglamento de Comunicaciones
Marítimas del año 2006.

En ese sentido, la propia CIAIM ya había recomendado en el año 2005, a raíz
del naufragio del pesquero ‘O Bahía’, en el entorno de las Illas Sisargas, en la
Costa da Morte, la “realización de una campaña de concienciación dirigida a
los patrones de buques de pesca sobre los peligros de navegación con mar de
popa o de aleta, incidiendo especialmente en los factores externos que originan
situaciones de reducción de la estabilidad, de aumento de la escora y de
acometidas de grandes olas”.
Es evidente que el objetivo de toda investigación de siniestros marítimos es
tratar de evitar siniestros análogos en el futuro y las distintas
administraciones deben ser las primeras en tomar buena nota, no solo de la
legislación y de su correcta aplicación, sino también de las recomendaciones
de los organismos investigadores.

En el mundo del mar, las comunicaciones pueden marcar la seguridad de un
buque, la de su carga y, lo que es más importante, la de sus tripulantes. A
pesar de esto, las comunicaciones en general, protocolos, sistemas, servicios,
actuaciones e incluso las responsabilidades, derechos y deberes son una
materia de la que, por distintas razones, no todos los profesionales hacen un
uso correcto y las propias administraciones deberían poner el máximo empeño
en el ejercicio de sus competencias precisamente para que esto deje de ser así.
Todo accidente marítimo lleva aparejado el riesgo de la pérdida de vidas
humanas y, por lo tanto, es razonable, necesario y urgente que se insista en
recordar las distintas normativas a los profesionales del mar.

Por los motivos expuestos, el BNG formula las siguientes preguntas al
Gobierno:

¿Adoptará el Gobierno del Estado las medidas necesarias para que la
Dirección General de la Marina Mercante elabore un mensaje (alerta
rápida) para ser radiada de forma continua como ‘aviso a los
navegantes’, en el que se recuerde el preceptivo cumplimiento del
Reglamento de Comunicaciones Marítimas del año 2006 para la
activación y emisión de las alertas de socorro en llamada selectiva
digital en función de la zona marítima en la que faenen o naveguen?

  1. ¿Pondrá en marcha una campaña de concienciación dirigida a los
    patrones y marineros de los buques gallegos, así como del resto del
    Estado, sobre los peligros de la navegación y su prevención?
  1. ¿Está teniendo en cuenta las citadas recomendaciones en los cursos y
    actividades formativas para el sector marítimo pesquero que llevan a
    cabo las entidades y organismos dependientes del Gobierno del Estado?
  2. ¿Considera el Gobierno del Estado que las campañas sobre seguridad
    en el mar son efectivas? ¿Cuántas campañas sobre esta materia se han

realizado desde el Gobierno del Estado en los últimos diez años? ¿se ha
evaluado los efectos entre los profesionales a los que se dirigen?

  1. ¿Qué acciones específicas se llevarán a cabo desde el Gobierno del
    Estado para reiterar a los profesionales del mar la necesidad del
    cumplimiento del Reglamento de Comunicación Marítimas del año
    2006? Madrid, a 9 de marzo de 2022.

El Grupo de Expertos no Gubernamentales de Socorro pide explicaciones sobre las alertas del ‘Vilaboa Uno’

El Grupo de Expertos no Gubernamentales Sistema Mundial de Socorro ha exigido una explicación oficial sobre los registros de las llamadas de alerta que habría emitido el pesquero ‘Vilaboa Uno’ antes de naufragar en la madrugada del lunes en aguas del Cantábrico.

El portavoz del Grupo, Antonio Salgado, señala que hubo dos alertas procedentes de esta embarcación y que, según las informaciones publicadas, la primera se hizo al pesquero ‘Siempre Nécora’ -el que rescató a los primeros marineros que salieron con vida- a las 2:10 y la segunda a Salvamento Marítimo de Santander a las 4:10, sin especificar si se trata de hora local o UTC.

Por otra parte, el colectivo apunta que los registros de la web especializada Marine Traffic indican que a las 2:13 hora local el ‘Vilaboa Uno’ ya estaba parado («stopped»).

A juicio del Grupo de Expertos no Gubernamentales, los contrastes de estas franjas horarias podrían esclarecer el «repentino» hundimiento consecuencia de una vía de agua. «Nuevamente la navegación electrónica y el Sistema Mundial de Socorro pueden despejar las dudas sobre este luctuoso naufragio», ha trasladado su portavoz en un comunicado. Salgado ha asegurado que no pretende profundizar en asuntos confidenciales, pero sí exige «sin demora una explicación oficial» sobre los registros del AIS (Sistema de Identificación Automática) y las comunicaciones emitidas desde el Vilaboa Uno.

Fuente: El diario Cantabria.

Fuente foto: JUANMA

Grupo de Expertos no Gubernamentales Sistema Mundial de Socorro

Nota de Prensa

La Voz de Galicia anunciaba hoy que «más de 300 pesqueros mayores de 24 metros de eslora serán investigados para saber cómo tratan a sus tripulantes».

Nuestra respuesta

Villa de Pitanxo

El luctuoso naufragio del Villa de Pitanxo, obliga a hacer público el derecho de los trabajadores del sector pesquero en aras a respetar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, la Seguridad Marítima y la Seguridad de la Vida Humana en la Mar.

CONVENIO OIT/ILO SOBRE TRABAJO MARITIMO 2006

El Real Decreto 357/2015, de 8 de mayo, sobre cumplimiento y control de la aplicación del Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006, de la Organización Internacional del Trabajo, en buques españoles, establece el procedimiento de tramitación de quejas y medidas correctivas en lo que se refiere al Convenio.

Procedimientos de tramitación de quejas y medidas correctivas.

  1. Procedimiento de tramitación de quejas a bordo La gente de mar podrá presentar quejas a bordo del buque donde esté trabajando, respecto a posibles vulneraciones de las disposiciones contenidas en el CTM 2006, sin que sea hostigada en ningún momento por ello.

El armador garantizará la existencia en el buque de un procedimiento de quejas a bordo, que deberá respetar, al menos, las siguientes pautas:

a) La remisión de las quejas se efectuará, en primer lugar, al jefe de servicio u oficial superior del reclamante, el cual tratará de resolver el asunto. Si la queja no puede resolverse a bordo, el reclamante o, a petición suya, el capitán del buque podrá remitir la queja al armador, para su resolución.
No obstante lo anterior, la gente de mar podrá presentar sus quejas directamente al capitán, o en tierra, ante la capitanía marítima, de acuerdo con el procedimiento establecido en el apartado 2.

b) Durante todo el procedimiento de tramitación de la queja, la gente de mar tendrá derecho a hacerse acompañar y representar por otro marino de su elección a bordo, y tendrá derecho a protección frente a todo hostigamiento que pueda sufrir por el hecho de la presentación de una queja que no sea manifiestamente abusiva ni malintencionada.

c) Las quejas y las decisiones que se adopten serán registradas, proporcionándose una copia al reclamante

El armador proporcionará a toda la gente de mar a bordo del buque una copia del procedimiento de tramitación de quejas a bordo, incluyendo asimismo, al menos, la siguiente información:

1.º La identificación de la persona o personas a bordo, designadas para ofrecer al reclamante asesoramiento imparcial y de forma confidencial sobre la queja y su tramitación.

2.º La información sobre cómo tomar contacto con las capitanías marítimas españolas o, en el caso de que el país de residencia del reclamante no sea España, con la autoridad competente del citado país.

  1. Procedimiento de tramitación de quejas en tierra.

Sin perjuicio del procedimiento de tramitación de quejas a bordo, se podrán presentar quejas en tierra respecto a posibles vulneraciones de las disposiciones contenidas en el CTM 2006, por parte de la gente de mar, una organización profesional, una asociación, un sindicato o, en general, por cualquier persona a quien concierna la seguridad de un buque, así como en relación con los riesgos que puedan existir para la seguridad o la salud de la gente de mar a bordo.

Las capitanías marítimas serán competentes para la recepción de las quejas en tierra que se formulen respecto a buques de bandera española. Las quejas se cumplimentarán conforme al formulario establecido en el anexo II.

Cuando la capitanía marítima recibiera una queja que no considere manifiestamente infundada, o tuviera indicios de que un buque español incumple las reglas de las partes pertinentes del CTM 2006, o de que sus medidas de aplicación presentan deficiencias graves, llevará a cabo las investigaciones oportunas y emprenderá, en su caso, las actuaciones necesarias para subsanar la deficiencia detectada.

Si el contenido de la queja se refiere a materias cuyo control y supervisión corresponda a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social o al Instituto Social de la Marina, la capitanía marítima dará traslado de la misma para su investigación y resolución.

En todo caso, el personal que tramite las quejas o tenga conocimiento de su existencia mantendrá la confidencialidad de la fuente de la reclamación o queja que denuncie un peligro o deficiencia en relación con las condiciones de vida y de trabajo de la gente de mar o una infracción de la legislación y se abstendrá de indicar al armador, a su representante o al operador del buque, que se ha llevado a cabo una inspección como consecuencia de dicha reclamación o queja.

Las quejas relativas a buques extranjeros que recalen en puertos españoles, serán tramitadas por los inspectores habilitados de la Dirección General de la Marina Mercante y se seguirá el procedimiento establecido en la regla 5.2.2, norma A5.2. y demás normas establecidas por el Memorando de París (Memorandum of Understanding).

Las quejas relativas a buques españoles que realizan navegación internacional, que no retornan a puerto español en periodos de tiempo largos o no retornan a puertos españoles por tener sus tráficos o bases de operaciones en otros países, podrán presentarse al funcionario habilitado a tal efecto en el puerto en que haya hecho escala la gente de mar, o en las Embajadas o Consulados de España. En caso de no existir Embajada o Consulado español en el puerto de que se trate, estas quejas se podrán presentar en la Embajada o Consulado Decano.
En este último supuesto, las quejas se remitirán al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, que a su vez las enviará a la Dirección General de la Marina Mercante, que las distribuirá a los restantes organismos según las áreas que sean de su competencia.

  1. Confidencialidad.

El personal que tramite las quejas o tenga conocimiento de su existencia mantendrá la confidencialidad de la fuente de la reclamación o queja que denuncie un peligro o deficiencia en relación con las condiciones de vida y de trabajo de la gente de mar o una infracción de la legislación, y se abstendrá de indicar al armador, a su representante o al operador del buque que se ha llevado a cabo una inspección como consecuencia de dicha reclamación o queja.

En La Coruña, 6 de marzo de 2024

Fdo

Antón Salgado Luis Milián

Portavoces

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